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N° 27912/15 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 24 de abril de 2015

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa., el Señor Juez

de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal

Federal de Corrientes, Dr. FERMIN AMADO

CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el

Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días de

lo dispuesto en la Sentencia Nº 02 de fecha 13

de Abril de 2011, en la causa caratulada: “VAL-

DIVIA, Jesús Antonio- ALVARO Miguel Eduardo

y VARO PEREIRA, Leonardo Ricardo p/Sup. Inf.

Ley 23.737”, Expediente FCT Nº 12000303/2009,

respecto a LEONARDO RICARDO VARO PEREI-

RA, DNI. Nº 22.823.636, nacido el 23/06/1972 en

Capital Federal, hijo de Ricardo Varo y de Luz

María Nelly Pereira, de estado civil soltero, de

ocupación chofer, domiciliado en Barrio Cacique

Guaymallen, Manzana C, Casa 21 de la ciudad

de Guaymallen, provincia de Mendoza; la que

dispone: “SENTENCIA Nº 02 CORRIENTES, 13

de Abril de 2011.- Y VISTOS: Por los fundamentos

que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUEL-

VE: 1º) … 2º) … 3º) CONDENAR a LEONARDO

RICARDO VARO PEREIRA, DNI. Nº 22.823.636,

ya filiado en autos, a la pena de siete (7) años de

prisión y multa de pesos doscientos veinticinco

($ 225,00) la que deberá hacerse efectiva dentro

de los treinta (30) días de quedar firme la presen-

te, como coautor penalmente responsable del

delito de transporte de estupefacientes, previsto y

reprimido por el art. 5 inc. c) con la agravante pre-

vista en el art. 11 inc. c), ambos de la Ley 23.737,

mas accesorias y costas legales (Arts.12, 40, y 41

del Código Penal, y articulo 530 del C.P.P.N). 4º)

… 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º) … 10) … 11º) RE-

GISTRAR, agregar el original al expediente, copia

testimoniada al Protocolo respectivo; cursar las

demás comunicaciones correspondientes y una

vez firme la presente, practicar por secretaría el

cómputo de pena fijando su fecha de vencimiento

(Art. 493 del C.P.P.N.) y oportunamente archivar.-

FDO.: Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE BADARÓ

- Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO - Dr. FERMIN

AMADO CEROLENI - Jueces de Cámara. Ante

mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS - Secretaria

– Tribunal Oral en lo Criminal Federal – Corrien-

tes”.- Sentencia Nº 23.696. Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, Capital de la República Argentina,

a los 04 días de Junio de 2.014,... RESULTA...

Por ello, el Tribunal RESUELVE: 1) … 2) … 3) Por

aplicación del art, 441 CPPN, dejar sin efecto la

sanción impuesta a Leonardo Ricardo Varo Pe-

reira y condenarlo, en definitiva, a la pena de seis

(6) años y seis (6) meses de prisión, accesorias

legales y costas. 4) … Regístrese, notifíquese….

FDO: Dra. ANA MARIA FIGUEROA - Dr. LUIS

MARIA CABRAL - Dr. JUAN. CARLOS GEMIG-

NANI—Jueces de Cámara. Ante mí: Dr. JAVIER

E. REYNA DE ALLENDE - Secretario de Cámara

- Cámara Nacional de Casación Penal.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Fermin Amado Ceroleni, juez.

Sebastian Avila, secretario de ejecución penal.

e. 22/04/2015 Nº 27912/15 v. 28/04/2015