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N° 27990/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº 1

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES lunes, 27 de abril de 2015

Texto del aviso

JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº 1

DEPARTAMENTO JUDICIAL

DOLORES

Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 Depar-

tamento Judicial de Dolores, a cargo de la

Dra. Maria Fernanda Hachmann sito en calle

Pellegrini Nº 19 de esta localidad, Secretaría

Única de la Dra. Agustina Franco, en autos

caratulados “CORVALAN GIULIANA NAHIR

s/ROBO” corresponde a la carpeta de causa

Nº 03689-14 de trámite por ante este juzgado,

NOTIFICA A CORVALAN GIULIANA NAHIR,

con fecha de nacimiento el día 24 de agosto de

1998 en la localidad de Villa Diamante, argenti-

na, con DNI 41.473.815, hija de Mariana Corva-

lan, con último domicilio en calle 4 n 6046 e/60

y 61 de la localidad de Mar del Tuyú, Pdo. de

la Costa, que en fecha 26 de febrero del 2015

V.S. ha dispuesto... “RESUELVO: RESUELVO:

1º).- DECLARAR A LA MENOR Giuliana Na-

hir Corvalán, nacida el 24 de Agosto de 1998

en la localidad de Villa Diamante - Pdo. de

Lanús, hija de Mariana Corvalán, Documento

de Identidad Nº 41.473.815, con domicilio en

calle 4 Nº 6046 e/60 y 61 de Mar del Tuyú, NO

PUNIBLE POR EDAD, SOBRESEYÉNDOLA

DEFINITIVAMENTE en la Causa Nº 3689-14,

Caratulada “Corvalán, Giuliana Nahir s/Robo”,

de trámite ante este Juzgado de Garantías del

Joven Nº 1 Departamento Judicial Dolores,

NO SOMETIENDO A LA MISMA A PROCESO

PENAL.- 2º).- Declarar que la formación de la

presente causa, NO AFECTA SU BUEN NOM-

BRE.- 3º).- Encontrándose la menor ante una

eventual situación de vulneración de derechos

y de conformidad con lo expresamente norma-

do por el Art. 3º de la Ley Nº 13.298, Art. 7

de la Ley Nº 26.061 y Decreto Reglamentario

415/06, siendo los principios rectores del pro-

ceso penal la protección integral de los dere-

chos del niño, reintegración a la familia y a la

comunidad, mínima intervención y que el niño

asuma una actitud constructiva y responsable

ante la sociedad, adquiriendo respeto por los

derechos humanos y las libertades funda-

mentales de todas las personas, entre otros,

CORRESPONDE Y ASÍ RESUELVO, DAR IN-

TERVENCIÓN a los organismos de aplicación

ANTERIORES

EN LO CIVIL

Nº 41/74 C.S.J.N.)

y acreedores de los causantes que más abajo

con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo

Asunto

RICARDO RUBEN

OSCAR HECTOR

68 OFICIAL Nº 33.117

establecidos en la Ley Nº 13.298, todo ello a

la luz del interés Superior del niño, principio

que forma parte del bloque constitucional (Art.

3, apartado 1 de la Convención Internacional

de los Derechos del Niño y Art. 75 Inc. 22

de la Constitución Nacional), ante la posible

vulneración de derechos que pudiera sufrir

Giuliana Nahir Corvalán.- NOTIFÍQUESE A LA

MENOR, SUS REPRESENTANTES LEGALES O

EN SU DEFECTO AL ASESOR DE MENORES;

AL SEÑOR AGENTE FISCAL Y DEFENSOR.-

OFÍCIESE AL SERVICIO LOCAL DE PROTEC-

CIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO QUE

CORRESPONDA SEGÚN EL DOMICILIO DEL

MENOR.- REGÍSTRESE.- FECHO, ARCHÍVESE

LA CAUSA SIN MÁS TRÁMITE.- DEVUÉLVASE

LA IPP ANTE EL SR. AGENTE FISCAL CON

COPIA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN A

SUS EFECTOS.

María Fernanda Hachmann, juez de garantías

del joven N° 1.

Ante mí. Luciana Pérez Zamora, auxiliar letrada,

juzgado de garantías del joven nº 1, dpto. judi-

cial Dolores.

e. 23/04/2015 Nº 27990/15 v. 29/04/2015