N° 27990/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº 1
Texto del aviso
JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº 1
DEPARTAMENTO JUDICIAL
DOLORES
Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 Depar-
tamento Judicial de Dolores, a cargo de la
Dra. Maria Fernanda Hachmann sito en calle
Pellegrini Nº 19 de esta localidad, Secretaría
Única de la Dra. Agustina Franco, en autos
caratulados “CORVALAN GIULIANA NAHIR
s/ROBO” corresponde a la carpeta de causa
Nº 03689-14 de trámite por ante este juzgado,
NOTIFICA A CORVALAN GIULIANA NAHIR,
con fecha de nacimiento el día 24 de agosto de
1998 en la localidad de Villa Diamante, argenti-
na, con DNI 41.473.815, hija de Mariana Corva-
lan, con último domicilio en calle 4 n 6046 e/60
y 61 de la localidad de Mar del Tuyú, Pdo. de
la Costa, que en fecha 26 de febrero del 2015
V.S. ha dispuesto... “RESUELVO: RESUELVO:
1º).- DECLARAR A LA MENOR Giuliana Na-
hir Corvalán, nacida el 24 de Agosto de 1998
en la localidad de Villa Diamante - Pdo. de
Lanús, hija de Mariana Corvalán, Documento
de Identidad Nº 41.473.815, con domicilio en
calle 4 Nº 6046 e/60 y 61 de Mar del Tuyú, NO
PUNIBLE POR EDAD, SOBRESEYÉNDOLA
DEFINITIVAMENTE en la Causa Nº 3689-14,
Caratulada “Corvalán, Giuliana Nahir s/Robo”,
de trámite ante este Juzgado de Garantías del
Joven Nº 1 Departamento Judicial Dolores,
NO SOMETIENDO A LA MISMA A PROCESO
PENAL.- 2º).- Declarar que la formación de la
presente causa, NO AFECTA SU BUEN NOM-
BRE.- 3º).- Encontrándose la menor ante una
eventual situación de vulneración de derechos
y de conformidad con lo expresamente norma-
do por el Art. 3º de la Ley Nº 13.298, Art. 7
de la Ley Nº 26.061 y Decreto Reglamentario
415/06, siendo los principios rectores del pro-
ceso penal la protección integral de los dere-
chos del niño, reintegración a la familia y a la
comunidad, mínima intervención y que el niño
asuma una actitud constructiva y responsable
ante la sociedad, adquiriendo respeto por los
derechos humanos y las libertades funda-
mentales de todas las personas, entre otros,
CORRESPONDE Y ASÍ RESUELVO, DAR IN-
TERVENCIÓN a los organismos de aplicación
ANTERIORES
EN LO CIVIL
Nº 41/74 C.S.J.N.)
y acreedores de los causantes que más abajo
con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo
Asunto
RICARDO RUBEN
OSCAR HECTOR
68 OFICIAL Nº 33.117
establecidos en la Ley Nº 13.298, todo ello a
la luz del interés Superior del niño, principio
que forma parte del bloque constitucional (Art.
3, apartado 1 de la Convención Internacional
de los Derechos del Niño y Art. 75 Inc. 22
de la Constitución Nacional), ante la posible
vulneración de derechos que pudiera sufrir
Giuliana Nahir Corvalán.- NOTIFÍQUESE A LA
MENOR, SUS REPRESENTANTES LEGALES O
EN SU DEFECTO AL ASESOR DE MENORES;
AL SEÑOR AGENTE FISCAL Y DEFENSOR.-
OFÍCIESE AL SERVICIO LOCAL DE PROTEC-
CIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO QUE
CORRESPONDA SEGÚN EL DOMICILIO DEL
MENOR.- REGÍSTRESE.- FECHO, ARCHÍVESE
LA CAUSA SIN MÁS TRÁMITE.- DEVUÉLVASE
LA IPP ANTE EL SR. AGENTE FISCAL CON
COPIA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN A
SUS EFECTOS.
María Fernanda Hachmann, juez de garantías
del joven N° 1.
Ante mí. Luciana Pérez Zamora, auxiliar letrada,
juzgado de garantías del joven nº 1, dpto. judi-
cial Dolores.
e. 23/04/2015 Nº 27990/15 v. 29/04/2015