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N° 27990/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº 1

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES martes, 28 de abril de 2015

Texto del aviso

JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº 1

DEPARTAMENTO JUDICIAL

DOLORES

Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 Departa-

mento Judicial de Dolores, a cargo de la Dra.

Maria Fernanda Hachmann sito en calle Pelle-

grini Nº 19 de esta localidad, Secretaría Única

de la Dra. Agustina Franco, en autos caratulados

“CORVALAN GIULIANA NAHIR s/ROBO” co-

rresponde a la carpeta de causa Nº 03689-14

de trámite por ante este juzgado, NOTIFICA A

CORVALAN GIULIANA NAHIR, con fecha de

nacimiento el día 24 de agosto de 1998 en la

localidad de Villa Diamante, argentina, con DNI

41.473.815, hija de Mariana Corvalan, con último

domicilio en calle 4 n 6046 e/60 y 61 de la loca-

lidad de Mar del Tuyú, Pdo. de la Costa, que en

fecha 26 de febrero del 2015 V.S. ha dispuesto...

“RESUELVO: RESUELVO: 1º).- DECLARAR A LA

MENOR Giuliana Nahir Corvalán, nacida el 24 de

Agosto de 1998 en la localidad de Villa Diamante

- Pdo. de Lanús, hija de Mariana Corvalán, Do-

3.2. Sucesiones

JUZGADOS NACIONALES

Publicación extractada (Acordada

partir de la fecha de primera publicación a herederos

días comparezcan a estar a derecho conforme

Fecha Edicto

16/04/2015 URIO ESTHER

13/03/2015 VICENTE

25/03/2015 JORGE

17/04/2015 HOURTEILLAN

13/04/2015 GUARRACINO

03/03/2015 MELIS ISABEL

16/04/2015 SAHAGIAN

15/04/2015 PONCE

08/04/2015 DEL RIO

25/02/2015 LOCATELLI

Sección

BOLETIN

cumento de Identidad Nº 41.473.815, con domi-

cilio en calle 4 Nº 6046 e/60 y 61 de Mar del Tuyú,

NO PUNIBLE POR EDAD, SOBRESEYÉNDOLA

DEFINITIVAMENTE en la Causa Nº 3689-14,

Caratulada “Corvalán, Giuliana Nahir s/Robo”,

de trámite ante este Juzgado de Garantías del

Joven Nº 1 Departamento Judicial Dolores,

NO SOMETIENDO A LA MISMA A PROCESO

PENAL.- 2º).- Declarar que la formación de la

presente causa, NO AFECTA SU BUEN NOM-

BRE.- 3º).- Encontrándose la menor ante una

eventual situación de vulneración de derechos y

de conformidad con lo expresamente normado

por el Art. 3º de la Ley Nº 13.298, Art. 7 de la

Ley Nº 26.061 y Decreto Reglamentario 415/06,

siendo los principios rectores del proceso penal

la protección integral de los derechos del niño,

reintegración a la familia y a la comunidad, míni-

ma intervención y que el niño asuma una actitud

constructiva y responsable ante la sociedad,

adquiriendo respeto por los derechos humanos

y las libertades fundamentales de todas las per-

sonas, entre otros, CORRESPONDE Y ASÍ RE-

SUELVO, DAR INTERVENCIÓN a los organismos

de aplicación establecidos en la Ley Nº 13.298,

todo ello a la luz del interés Superior del niño,

principio que forma parte del bloque constitucio-

nal (Art. 3, apartado 1 de la Convención Interna-

cional de los Derechos del Niño y Art. 75 Inc. 22

de la Constitución Nacional), ante la posible vul-

neración de derechos que pudiera sufrir Giuliana

Nahir Corvalán.- NOTIFÍQUESE A LA MENOR,

SUS REPRESENTANTES LEGALES O EN SU

DEFECTO AL ASESOR DE MENORES; AL SE-

ÑOR AGENTE FISCAL Y DEFENSOR.- OFÍCIESE

AL SERVICIO LOCAL DE PROTECCIÓN DE LOS

DERECHOS DEL NIÑO QUE CORRESPONDA

SEGÚN EL DOMICILIO DEL MENOR.- REGÍS-

TRESE.- FECHO, ARCHÍVESE LA CAUSA SIN

MÁS TRÁMITE.- DEVUÉLVASE LA IPP ANTE EL

SR. AGENTE FISCAL CON COPIA DE LA PRE-

SENTE RESOLUCIÓN A SUS EFECTOS.

María Fernanda Hachmann, juez de garantías

del joven N° 1.

Ante mí. Luciana Pérez Zamora, auxiliar letrada,

juzgado de garantías del joven nº 1, dpto. judi-

cial Dolores.

e. 23/04/2015 Nº 27990/15 v. 29/04/2015