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N° 27986/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº 1

Edictos Judiciales SUCESIONES martes, 28 de abril de 2015

Texto del aviso

JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN Nº 1

DEPARTAMENTO JUDICIAL

DOLORES

Juzgado de Garantías del Joven Nº 1, Depar-

tamento Judicial de Dolores, a cargo de la Dra.

María Fernanda Hachmann sito en Calle Pelle-

grini Nº 19 de esta localidad, Secretaria Única

de la Dra. Agustina Franco, en autos caratulados

“Suarez, Ariel Matías s/Daño” correspondiente

a la Carpeta de Causa Nº 01335-11 de trámite

por ante este Juzgado, NOTIFICA a Suarez Ariel

ANTERIORES

EN LO CIVIL

Nº 41/74 C.S.J.N.)

y acreedores de los causantes que más abajo

con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo

Asunto

ANGELA Y FAVALE JUAN JORGE

ADORACION

EDUARDO COLOMBO

JOSE

LUIS

ELVIRA

MURAD

GLORIA ELIZABETH Y EDUARDO ANTONIO SASSONE

ALBERTO OMAR

SOFIA ROSA

43 OFICIAL Nº 33.118

Matías nacido el día 18 de Marzo de 1993 con

DNI Nº 37.376.084 y PERSONA MAYOR RES-

PONSABLE con último domicilio en la Calle

Bernet Nº 333 Dpto. 3 de Capital Federal que

en fecha 4 de Marzo de 2011 V.S. ha dispues-

to “Dolores, 04 de marzo de 2011.- AUTOS Y

VISTOS:... CONSIDERANDO:...RESUELVO:

1º).- DECLARAR AL MENOR SUÁREZ, ARIEL

MATÍAS nacido el día 18 de marzo de 1993, Ar-

gentino, con DNI Nº 37.376.084, hijo de Nestor

Alberto Suárez y de María Cristina Beget, con

domicilio en Calle Bernet 333 - Dpto. 3 de la

localidad de Capital Federal, NO PUNIBLE POR

LA EDAD Y POR EL HECHO SOBRESEYÉN-

DOLO DEFINITIVAMENTE en virtud del delito

de: Daños en la presente causa Nº 01335-11,

Caratulada “SUÁREZ, Ariel Matías s/Daños”,

de trámite ante este Juzgado de Garantías del

Joven Nº 1 del Departamento Judicial Dolores,

no sometiendo al mismo a proceso penal.- 2º).-

Declarar que la formación de la presente causa

no afecta su buen nombre.- 3º).- Encontrándo-

se el menor bajo responsabilidad de persona

mayor responsable y no siendo del caso dar

intervención a los organismos de aplicación

establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo

decreto reglamentario, por no registrar el menor

antecedentes penales, cesar definitivamente la

intervención del juzgado en el marco de la pre-

sente causa”.

María Fernanda Hachmann, juez de garantías

del joven Nº 1.

Ante mí. Luciana Pérez Zamora, auxiliar letrada,

juzgado de garantías del joven Nº 1, depto. ju-

dicial Dolores.

e. 23/04/2015 Nº 27986/15 v. 29/04/2015