W20 Argentina W20Argentina

N° 28309/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 2

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS martes, 28 de abril de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 2

SECRETARÍA N° 4

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 2, a cargo del Dr. Fernando

Martín Pennacca, Secretaría Nº 4 a cargo de la

Dr. Héctor Luis Romero, sito en Marcelo T. de

Alvear 1840 PB (Edificio Anexo) de esta Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco

días que en las actuaciones caratuladas SER-

PICO S.A. s/QUIEBRA, expte. nro. 13104/2014

con fecha 31.03.2015, se decretó la quiebra de

SERPICO S.A., CUIT. NRO. 30-69649569-2,

en la que se designó síndico a la contadora

ADRIANA BEATRIZ BENZER, con domicilio en

la calle Jorge Newbery 3618, CABA, ante quien

los acreedores deberán presentar las peticio-

nes de verificación y los títulos justificativos de

sus créditos hasta el día 23.06.2015. El síndico

presentará los informes previstos en los arts.

35 y 39 LCQ los días 28.08.2015 y 19.10.2015,

respectivamente. Se intima al deudor para que

cumplimente los siguientes recaudos: a) Se in-

tima a la fallida y a los terceros a que entreguen

al síndico los bienes que tengan en su poder, al

igual que los libros de comercio y demás do-

cumentación relacionada con su contabilidad,

previniéndoles a los terceros la prohibición de

hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de

considerarlos ineficaces; b) Se intima a la fallida

para que dentro de las 48 horas de notificado

constituya domicilio en el lugar de tramitación

bajo apercibimiento de tenerla por constituída

en los estrados del Juzgado. El auto que ordena

el presente dice: “Buenos Aires, 31 de marzo de

2015.- CE …Publíquense edictos por cinco (5)

días, a fin de hacer saber el decreto de quiebra

por Secretaría en el Boletín Oficial...Fdo. Dr.

Fernando Martín Pennacca. Juez.”

Buenos Aires, 17 de marzo de 2015.

Fernando Martin Pennacca, juez.

Héctor Luis Romero, secretario.

e. 23/04/2015 Nº 28309/15 v. 29/04/2015