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N° 21273/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 21

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES martes, 28 de abril de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 21

SECRETARÍA N° 41

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 21 a cargo del Dr. German

Paez Castañeda, Secretaria 41 a cargo de la

Dra Andrea Rey, sito en la calle Marcelo T de

Alvear 1840, piso 3º, de esta Capital Federal,

hace saber que en los autos “CONSUMIDORES

FINANCIEROS ASOCIACION CIVIL PARA SU

DEFENSA C/LIBERTY SEGUROS ARGENTINA

SA S/ORDINARIO”, se ha ordenado publicar

lo siguiente: “Integrity Seguros Argentina S.A

informa a los asegurados personas físicas con

condición fiscal de Consumidor Final y que

reúnan todas las siguientes condiciones: (a) se

les haya liquidado el pago de un siniestro total

que se haya producido con posterioridad al

11.03.2008, (b) se trate de una póliza cuya prima

sea pagadera en cuotas que incluya “Recargo

Financiero” y (c) que al momento de la liqui-

dación hubieran quedado pendientes de pago

cuotas que se compensaran con el monto a li-

quidar: que se devolverá el monto por “Recargo

Financiero” contenido en aquellas cuotas que

se hubieran compensado con el monto de la

liquidación de un siniestro total, con mas un in-

terés del 20% anual desde la fecha de pago del

mismo hasta el dia 16-12-2014. La devolución

se hará dentro de los 30 dias hábiles contados

desde el dia 16-12-2014 mediante compen-

sación con las sumas pendientes de pago de

aquellos asegurados que posean vigente cual-

quier tipo de seguro en el que quede pendiente

de pago alguna cuota. Aquellas personas que

no posean vigente en la actualidad algún tipo

de seguro en el que quede pendiente de pago

alguna cuota podrán comunicarse al 0800-

222-3033 donde se les indicará cómo percibir

el monto que eventualmente les corresponda.

En caso de que dentro de los 30 dias hábiles

de publicado este aviso dichas personas no se

comuniquen a efectos de reclamar el pago, el

dinero será depositado en una cuenta abierta

a nombre del juzgado que mas adelante se

informa, a efectos de que el juez interviniente

decida su destino. La devolución se realizará

en cumplimiento de lo acordado en el marco

del expediente Nº 056465 –hoy 5879/2011- que

tramita por ante el Juzgado Comercial Nro 21

Secretaria Nº 41 de la Ciudad de Buenos Aires a

cargo del Dr. German Paez Castañeda”. Aque-

llas personas que deseen apartarse de los tér-

minos y condiciones del acuerdo, conservarán

el derecho de iniciar las acciones individuales

que consideren pertinentes, pudiendo esta

Compañía ejercer todas las defensas que con-

sidere aplicables sin que el acuerdo pueda ser

interpretado como algún tipo de reconocimien-

to o renuncia a las mismas” Publíquese por el

término de un dia.

Buenos Aires, 20 de marzo de 2015.-

German Paez Castañeda, juez.

Andrea Rey, secretaria.

e. 28/04/2015 Nº 21273/15 v. 28/04/2015