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N° 28943/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 22

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES martes, 28 de abril de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 22

SECRETARÍA N° 44

En los autos caratulados “PROCONSUMER C/

O.S.D.E. (Organización de Servicios Directos

Empresarios) Asociación Civil S/ SUMARÍSI-

MO” (Expediente Nº 16637/2010), iniciados

con fecha 13 de mayo de 2010, en trámite por

ante el Juzgado Nacional de Primera Instan-

cia en lo Comercial Nº 22, a cargo de la Dra.

Margarita R. Braga, Secretaría Nº 44, a cargo

del Dr. Pablo Caro, sito en la calle Marcelo T.

de Alvear 1840, piso 3º, de esta Ciudad Au-

tónoma de Buenos Aires, se ha resuelto co-

municar, mediante la publicación del presente

edicto en el Boletín Oficial por el plazo de 5

(cinco) días, la existencia de la presente acción

colectiva a todos los consumidores afiliados

y ex afiliados de O.S.D.E. (Organización de

Servicios Directos Empresarios) Asociación

Civil que hayan sufrido aumentos aplicados a

las cuotas mensuales a fines del año 2009 y

comienzos del año 2010 del orden del 12% y

7% respectivamente. La presente se emite a

los efectos de evitar multiplicidad de acciones

de clase con idéntico objeto, y con el fin de

que aquellos afiliados de O.S.D.E. (Organi-

zación de Servicios Directos Empresarios)

Asociación Civil que se consideren afectados

comparezcan a la causa -la que ya se encuen-

tra en condiciones de dictarse sentencia en el

Juzgado de referencia- a ejercer el derecho de

exclusión previsto en el art. 54 de la ley 24.240

(2º párrafo) dentro del plazo de treinta días en

el caso de afiliados y cuarenta días en el caso

de ex afiliados. La oposición se podrá comu-

nicar por carta simple dirigida al tribunal y el

silencio será interpretado como manifestación

de voluntad de atenerse a la cosa juzgada

que resulte de la sentencia a dictarse en este

expediente. La parte actora en las presentes

actuaciones es la “Asociación de Protección

de los Consumidores del Mercado Común del

Sur” -Proconsumer-, con sede en Viamonte

885, 2º piso, CABA (Horario de atención es-

pecial: de 12 a 16 hs.; teléfono: 4322-4092;

e-mail: consultas@proconsumer.org.ar). La

parte demandada es la empresa de medicina

prepaga O.S.D.E. (Organización de Servicios

Directos Empresarios) Asociación Civil, con

domicilio en Av. Leandro N. Alem 1067, CABA;

teléfono 0810-555-6733. El objeto de la acción

es el siguiente: se persigue la devolución de

los importes dinerarios cobrados a los clientes

consumidores del servicio de medicina pre-

paga ofrecido por OSDE Asociación Civil, en

concepto de aumentos aplicados a las cuotas

mensuales, unilaterales e inconsultos, a fines

del año 2009 y comienzos del año 2010, con

más sus intereses, calculados a las tasas ac-

tivas Poder Judicial de la Nación. JUZGADO

COMERCIAL 22 - SECRETARIA Nº 44 COM

16637/2010 PROCONSUMER c/ O.S.D.E.

(ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS

EMPRESARIOS) s/SUMARISIMO percibidas

por el Banco de la Nación Argentina para sus

operaciones de descuentos de documentos

de terceros de sus clientes, debiendo sus-

pender, además, la facturación a sus afiliados

de dicha tarifa incrementada hasta tanto se

de cabal cumplimiento con las disposiciones

legales vigentes en materia de modificación

de contratos de consumo que tengan por

Sección

BOLETIN

objeto la prestación de servicios de medicina

prepaga. Particularmente, se persigue la devo-

lución de las diferencias dinerarias resultantes

de los predichos aumentos sufridos por las

cuotas mensuales del 12% (diciembre 2009/

enero2010) y 7% (marzo 2010), abonadas por

los afiliados de OSDE Asociación Civil. Adi-

cionalmente, se solicita que, por aplicación

del art. 52 bis LDC, se aplique en contra de

la demandada la multa civil establecida en

dicha norma, imponiéndose el máximo de la

sanción prevista en el art. 47, inciso b) del mis-

mo cuerpo legal, que asciende a la suma de

pesos cinco millones ($ 5.000.000), o lo que

se estime pertinente de acuerdo a la gravedad

del hecho denunciado y demás circunstancias

del caso. Se deja constancia que el presente

edicto deberá ser publicado sin previo pago y

por el plazo de cinco días.

Margarita R. Braga, juez.

Pablo Caro, secretario.

e. 24/04/2015 Nº 28943/15 v. 30/04/2015