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N° 28943/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 22

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 29 de abril de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 22

SECRETARÍA Nº 44

En los autos caratulados “PROCONSUMER C/

O.S.D.E. (Organización de Servicios Directos

Empresarios) Asociación Civil S/ SUMARÍSIMO”

(Expediente Nº 16637/2010), iniciados con fecha

13 de mayo de 2010, en trámite por ante el Juzga-

do Nacional de Primera Instancia en lo Comercial

Nº 22, a cargo de la Dra. Margarita R. Braga, Se-

cretaría Nº 44, a cargo del Dr. Pablo Caro, sito en

la calle Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3º, de esta

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha resuelto

comunicar, mediante la publicación del presente

edicto en el Boletín Oficial por el plazo de 5 (cinco)

días, la existencia de la presente acción colectiva

a todos los consumidores afiliados y ex afiliados

de O.S.D.E. (Organización de Servicios Directos

Empresarios) Asociación Civil que hayan sufrido

aumentos aplicados a las cuotas mensuales a

fines del año 2009 y comienzos del año 2010 del

orden del 12% y 7% respectivamente. La presente

se emite a los efectos de evitar multiplicidad de ac-

ciones de clase con idéntico objeto, y con el fin de

que aquellos afiliados de O.S.D.E. (Organización

de Servicios Directos Empresarios) Asociación

Civil que se consideren afectados comparezcan a

la causa -la que ya se encuentra en condiciones de

dictarse sentencia en el Juzgado de referencia- a

ejercer el derecho de exclusión previsto en el art.

54 de la ley 24.240 (2º párrafo) dentro del plazo de

treinta días en el caso de afiliados y cuarenta días

en el caso de ex afiliados. La oposición se podrá

comunicar por carta simple dirigida al tribunal y el

silencio será interpretado como manifestación de

voluntad de atenerse a la cosa juzgada que resulte

de la sentencia a dictarse en este expediente. La

parte actora en las presentes actuaciones es la

“Asociación de Protección de los Consumidores

del Mercado Común del Sur” -Proconsumer-, con

sede en Viamonte 885, 2º piso, CABA (Horario de

atención especial: de 12 a 16 hs.; teléfono: 4322-

4092; e-mail: consultas@proconsumer.org.ar). La

parte demandada es la empresa de medicina pre-

paga O.S.D.E. (Organización de Servicios Directos

Empresarios) Asociación Civil, con domicilio en

Av. Leandro N. Alem 1067, CABA; teléfono 0810-

555-6733. El objeto de la acción es el siguiente: se

persigue la devolución de los importes dinerarios

cobrados a los clientes consumidores del servicio

de medicina prepaga ofrecido por OSDE Asocia-

ción Civil, en concepto de aumentos aplicados a

las cuotas mensuales, unilaterales e inconsultos, a

fines del año 2009 y comienzos del año 2010, con

más sus intereses, calculados a las tasas activas

Poder Judicial de la Nación. JUZGADO COMER-

CIAL 22 - SECRETARIA Nº 44 COM 16637/2010

PROCONSUMER c/ O.S.D.E. (ORGANIZACION

DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS) s/SU-

MARISIMO percibidas por el Banco de la Nación

Argentina para sus operaciones de descuentos de

documentos de terceros de sus clientes, debiendo

suspender, además, la facturación a sus afiliados

de dicha tarifa incrementada hasta tanto se dé ca-

bal cumplimiento con las disposiciones legales vi-

gentes en materia de modificación de contratos de

consumo que tengan por objeto la prestación de

servicios de medicina prepaga. Particularmente,

se persigue la devolución de las diferencias dine-

rarias resultantes de los predichos aumentos sufri-

dos por las cuotas mensuales del 12% (diciembre

2009/enero2010) y 7% (marzo 2010), abonadas por

los afiliados de OSDE Asociación Civil. Adicional-

mente, se solicita que, por aplicación del art. 52

bis LDC, se aplique en contra de la demandada la

multa civil establecida en dicha norma, imponién-

dose el máximo de la sanción prevista en el art. 47,

inciso b) del mismo cuerpo legal, que asciende a la

suma de pesos cinco millones ($ 5.000.000), o lo

que se estime pertinente de acuerdo a la gravedad

del hecho denunciado y demás circunstancias del

Miércoles 29 de abril de 2015

caso. Se deja constancia que el presente edicto

deberá ser publicado sin previo pago y por el plazo

de cinco días.

Margarita R. Braga, juez.

Pablo Caro, secretario.

e. 24/04/2015 Nº 28943/15 v. 30/04/2015