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N° 29212/15 Aviso del Boletín Oficial

Será llevado por el Tribunal Electoral Partidario. pios, las Bases de Acción Política y esta Carta Or

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 29 de abril de 2015

Texto del aviso

Será llevado por el Tribunal Electoral Partidario. pios, las Bases de Acción Política y esta Carta Or-

UNIÓN DE LOS NEUQUINOS

gánica con el voto afirmativo de 3/4 (tres cuartos)

Los padrones de afiliados que se utilizaran para las de sus miembros totales.

Distrito Neuquén

elecciones de renovación de autoridades internas,

u otras actividades afines, se elaboraran en fun- 4. Aprobar o Rechazar acuerdos y/o alianzas con

El Juzgado Federal N° 1 con Competencia Electo- ción del Registro de Afiliados que lleva el juzgado partidos políticos, ONGs y actores de la sociedad

ral del Neuquén, a cargo de la Dra. María Carolina Federal con competencia electoral del distrito y el civil en general celebrados por el Comité Ejecutivo.

PANDOLFI, Secretaría Electoral a cargo del Dr. Juan propio.

Carlos Fernández, sita en calle Santa Fe N° 318 1er.

5. Aprobar las listas de candidatos a cargos electi-

piso de la Ciudad de Neuquén hace saber, en cum- Para la participación en las elecciones de la autori- vos de afiliados y extrapartidarios.

plimiento de lo establecido en el art. 63 de la Ley dades del Partido, se requerirá una antigüedad en

Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298 y Art. la afiliación mayor a 60 (sesenta) días previos a las 6. Solicitar informes y fiscalizar a los demás órga-

14 del Decreto 937/2010, que en los autos: “UNION mismas.

nos del Partido.

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Segunda Sección

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7. Aprobar el Presupuesto, la Memoria y el Balance. vencimiento de los mandatos y cuando existan En caso de pedido de licencia, renuncia o remo- simultáneas y obligatorias por lista completa para

cargos vacantes en alguno de los órganos del ción por cualquier causa del Vocal, su cargo será estos cargos.

8. Reunirse, como mínimo, cuatrimestralmente en Partido.

ocupado temporaria o definitivamente, por el si-

fechas establecidas con 60 días de anticipación;

guiente candidato de la lista que integro.

Artículo 17. Distribución de Aportes Públicos

o cuando lo solicite su Presidente, el 50% de sus 2. Convocar a elecciones para designación de can-

miembros; o el Comité Ejecutivo.

didatos cuando los órganos del partido resuelvan Artículo 14. DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

Los aportes públicos para campaña e impresión

participar de elecciones nacionales, provinciales o

de boletas, así como los espacios de publicidad

9. Resolver la extinción del Partido.

municipales.

Está compuesto por 1 Presidente, 1 Secretario, 1 electoral serán distribuidas en partes iguales entre

Vocal.

todas las listas de precandidatos oficializadas por

10. Vetar los Reglamentos de los distintos Órganos 3. Aprobar las listas de candidatos y boletas.

el Tribunal Electoral Partidario.

por mayoría simple.

El quórum para funcionar es de 2 miembros.

4. Designar autoridades para las elecciones

Artículo 18. Gobernador y Vice Gobernador

11. Entender y resolver las apelaciones de las me- internas.

Son sus deberes:

didas disciplinarias dispuestas por el Tribunal de

Los candidatos a Gobernador y Vice Gobernador

Ética partidario.

5. Llevar a cabo los escrutinios y proclamar a los 1. Fiscalización contable.

se elegirán con una antelación no menor a 2 meses

candidatos electos.

de la fecha de cierre de inscripción y/o presenta-

Artículo 10. DEL COMITÉ EJECUTIVO

2. Velar por la manutención del patrimonio del ción de candidaturas para ese cargo para las elec-

Partido.

ciones generales. 6. Efectuar todos los demás actos necesarios para

Está compuesto por 1 Presidente, 1 Secretario, 1 el desarrollo de las elecciones internas.

Tesorero Titular y 1 Tesorero Suplente; y se reúne

Se elegirán por elecciones internas partidarias o de 3. Pedir informes contables al Comité Ejecutivo y

—como mínimo— mensualmente.

7. Llevar los padrones y las fichas de afiliación. seguir su marcha contable y financiera.

la forma en que lo exija la ley y por lista completa

para estos cargos.

Ei quórum para funcionar es de 3 miembros.

4. Dictaminar sobre el Balance, la Memoria y el La designación de los miembros será por voto

Presupuesto presentados por el Comité Ejecutivo. La provincia será Distrito Único y aquellos afiliados directo de los afiliados y la provincia del Neuquén

Artículo 11. Son sus funciones y facultades del

La designación de los miembros será por voto que acompañen firmas del 5% del padrón partida- será Distrito Único. Sus miembros deben ser ma-

Comité Ejecutivo:

yores de edad y con 3 años de antigüedad en el directo de los afiliados y la provincia del Neuquén rio en apoyo a su candidatura podrán presentarse

será Distrito Único. Sus miembros deben ser ma- como candidatos. Partido.

1. Representar al Partido mediante su Presidente.

yores de edad y con 3 años de antigüedad en el

Partido.

Artículo 19. Diputador Provinciales Se votará por lista completa, especificando los

2. Administrar el Partido, preparar y elevar el Presu- cargos: Presidente, Secretario y Vocal y dos su-

puesto, y disponer de los fondos.

Se votará por lista completa, especificando los Los candidatos a Diputados Provinciales se elegi- plentes. Las listas deben ser avaladas por el 5%

cargos: Presidente, Secretario y Vocal y dos su- rán con una antelación no menor a 2 meses de la de los afiliados, como mínimo.

3. Implementar las resoluciones del Congreso.

plentes. Las listas deben ser avaladas por el 5% fecha de cierre de inscripción y/o presentación de

de los afiliados, como mínimo.

candidaturas para esos cargos para las elecciones Los cargos de Presidente y Secretario y el primer

4. Llevar los Libros del Partido en debida forma.

generales. suplente serán asignados a la lista que obtenga

Los dos primeros cargos (Presidente y Secretario) más votos y el cargo de Vocal y segundo suplente

5. Rendir cuentas de sus funciones al Congreso.

Se elegirán por elecciones internas partidarias o de serán asignados a la lista que obtenga más votos, serán asignados a la lista que obtenga el segundo

y el cargo de Vocal será asignado a la lista que ob- la forma en que lo exija la ley y por lista completa lugar, siempre que supere el 33% de los votos vá-

6. Designar a los apoderados del Partido.

tenga el segundo lugar, siempre que supere el 33% para estos cargos. lidos emitidos.

de los votos válidos emitidos.

7. Crear Comisiones de Trabajo sobre temas de la

La provincia será Distrito Único y aquellos afiliados En caso de pedido de licencia, renuncia o remo-

Ciudad, la Provincia y la Nación.

En caso de pedido de licencia, renuncia o remo- que acompañen firmas del 5% del padrón partida- ción por cualquier causa del Presidente, su cargo

ción por cualquier causa del Presidente, su cargo rio en apoyo a sus candidaturas podrán presentar será ocupado, temporaria o definitivamente, por el

8. Realizar acuerdos y/o alianzas con partidos polí-

será ocupado, temporaria o definitivamente, por el sus candidatos, respetando la ley de cupos. Secretario.

ticos y organizaciones de la sociedad civil.

Secretario.

Artículo 20. Intendentes y Vice Intendente En caso de pedido de licencia, renuncia o remo-

9 Designar a los dos (2) responsables económico-

En caso de pedido de licencia, renuncia o remo- ción por cualquier causa del Secretario, su cargo

financieros de campaña para las elecciones nacio-

ción por cualquier causa del Secretario, su cargo Los candidatos a Intendente y Vice Intendente se será ocupado, temporaria o definitivamente, por el

nales en que el partido decida participar.

será ocupado, temporaria o definitivamente, por el elegirán con una antelación no menor a 2 meses Vocal.

siguiente candidato de la lista que integro.

de la fecha de cierre de la inscripción y/o presen-

10. Efectuar todos los actos y gestiones que le

tación de candidaturas para ese cargo para las

En caso de pedido de licencia, renuncia o remo-

ordene el Congreso del Partido.

En caso de pedido de licencia, renuncia o remo- elecciones generales.

ción por cualquier causa del Vocal, su cargo será

ción por cualquier causa del Vocal, su cargo será

ocupado, temporaria o definitivamente, por el pri-

La designación de sus miembros será por voto

ocupado, temporaria o definitivamente, por el si- Se elegirán por elecciones internas partidarias o de

mer Suplente.

directo de los afiliados y la provincia del Neuquén

guiente candidato de la lista que integro.

la forma en que lo exija la ley y por lista completa

será Distrito Único.

para estos cargos.

Cuando el primer Suplente asuma otro cargo del

CAPITULO IV - RÉGIMEN ELECTORAL

Comité, el segundo suplente pasará a ser primer

Se votará por lista completa, especificando los

Cada Ciudad será Distrito Único y aquellas listas

suplente.

cargos: Presidente, Secretario y Tesorero y Teso-

Artículo 15. Internas

que acompañen firmas del 5% del padrón parti-

rero Suplente y hasta tres suplentes. Las listas de-

dario de la localidad en apoyo a sus candidaturas

Artículo 13. DEL TRIBUNAL DE ÉTICA

ben ser avaladas por el 5% de los afiliados, como

Las internas partidarias serán abiertas para los podrán presentar sus candidatos.

mínimo. Para ser candidato se deberá contar con

afiliados al UNE y ciudadanos no afiliados a otros

Está compuesto por 1 Presidente, 1 Secretario, 1 una antigüedad mínima de 2 años.

partidos políticos para el caso que la ley así lo Artículo 21. Concejales

Vocal.

determine. Todas las elecciones del Partido, tanto

Los cargos de Presidente, Secretario y Tesorero y

para cargos partidarios como para candidaturas a Los candidatos a Concejales se elegirán con una

El quórum para funcionar es de 2 miembros. los dos primeros suplentes serán asignados a la

cargos públicos son por voto directo. Los comicios antelación no menor a 2 meses de la fecha de cierre

lista que obtenga más votos, y el cargo de Tesorero

para designar candidatos a los distintos cargos se de la inscripción y/o presentación de candidaturas

Son sus Funciones: Suplente y el tercer suplente serán asignados a la

llevarán a cabo en el mismo acto pero con boletas para ese cargo para las elecciones generales.

lista que obtenga el segundo lugar, siempre que

de distintos colores.

1. Entiende en casos de suspensión o expulsión de supere el 25% de los votos válidos emitidos. En

Se elegirán por elecciones internas partidarias o de

caso de pedido de licencia, renuncia o remoción los afiliados del Partido.

La convocatoria a elecciones internas, tanto para la forma en que lo exija la ley y por lista completa

por cualquier causa del Presidente, su cargo será

cargos partidarios como para candidaturas a car- para estos cargos.

2. Considera las solicitudes de afiliación. ocupado, temporaria o definitivamente, por el

gos públicos deberá publicarse en el Boletín Oficial

Secretario.

o en un diario de circulación regional.

Cada Ciudad será Distrito Único y aquellas listas

3. Constata el domicilio real de los candidatos a

que acompañen firmas del 5% del padrón parti-

En caso de pedido de licencia, renuncia o remo- cargos partidarios.

En el caso de la oficialización de una sola lista tanto dario de la localidad en apoyo a sus candidaturas

ción por cualquier causa del Secretario o del Teso-

podrán presentar sus candidatos, respetando la en los cargos partidarios como los cargos electi-

La designación de los miembros será por voto rero Suplente, su cargo será ocupado, temporaria

vos provinciales, el Tribunal Electoral Partidario ley de cupos.

directo de los afiliados y la provincia del Neuquén o definitivamente, por el primer suplente.

procederá a sus proclamación.

será Distrito Único. Sus miembros deben ser ma-

CAPITULO V - DEL PATRIMONIO

En caso de pedido de licencia, renuncia o remo- yores de edad y con 3 años de antigüedad en el El Congreso partidario podrá autorizar que los

ción por cualquier causa del tesorero, su cargo Partido.

candidatos a cargos electivos sean ocupados por Artículo 22. El Patrimonio del Partido se formará a

será ocupado, temporaria o definitivamente, por el

extra partidarios.

partir de:

Se votará por lista completa, especificando los Tesorero Suplente.

cargos: Presidente, Secretario y Vocal y dos su- En caso de que en algunas de las listas de can- 1. Los aportes voluntarios de los afiliados y no-

Cuando el primer Suplente asuma otro cargo del plentes. Las listas deben ser avaladas por el 5% didatos electos proclamados por la Tribunal afiliados (sean estos personas físicas o jurídicas).

Comité, el segundo suplente pasará a ser primer de los afiliados, como mínimo.

Electoral, fuese necesario completar algún cargo, Dichas donaciones deberán ser aceptadas por el

suplente.

el Congreso procederá a la integración de la lista Comité Ejecutivo.

Los dos primeros cargos (Presidente y Secretario) definitiva.

Artículo 12. DEL TRIBUNAL ELECTORAL serán asignados a la lista que obtenga más votos,

2. El 5% de los sueldos de los afiliados con cargos

PARTIDARIO

y el cargo de Vocal será asignado a la lista que ob- Si en alguna elección convocada para designar públicos de los denominados “políticos”.

tenga el segundo lugar, siempre que supere el 33% candidatos partidarios para una elección nacional,

Está compuesto por 1 Presidente, 1 Secretario, 1 de los votos válidos emitidos.

provincial o municipal, no se oficializara ninguna 3. La recaudación por la venta de publicaciones

Vocal.

lista, o mediaren impedimentos para la convoca- propias.

En caso de pedido de licencia, renuncia o remo- toria a esas elecciones internas, los candidatos

El quórum para funcionar es de 2 miembros.

ción por cualquier causa del Presidente, su cargo que sostendrá el Partido serán designados por 4. Los recursos previstos por la Ley N° 26.215 de

será ocupado, temporaria o definitivamente, por el Congreso del partido.

financiamiento de los partidos políticos.

Lleva el control de legalidad interno de los actos Secretario.

eleccionarios. A estos efectos son sus deberes y

Artículo 16. Senadores y Diputados Nacionales 5. Todos los demás recursos que sean obtenidos

funciones:

En caso de pedido de licencia, renuncia o remo-

por medios lícitos y éticos.

ción por cualquier causa del Secretario, su cargo Los candidatos a senadores y diputados nacio-

1. Convocar a elecciones para renovación de au- será ocupado, temporaria o definitivamente, por el nales se elegirán de acuerdo a lo establecido en Los fondos estarán en una cuenta a nombre del

toridades partidarias, al menos un mes antes del siguiente candidato de la lista que integro.

la Ley N° 26.571 de elecciones primarias abiertas, Partido con firma autorizada del Presidente y Teso-

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rero en el Banco de la Nación Argentina- sucursal de los artículos arts. 6, 11, 12, 13, 14, 16 y 17; ha- del Acta N° 50 del Congreso partidario de fecha registrar a los compradores de la publicación,

ciudad de Neuquén.

ciéndole saber a la agrupación política de autos, 9 de Marzo de 2013 —obrante a fs. 1056/1058— que serán considerados donantes o aportantes,

mediante el punto III de la parte dispositiva de la surge que dicha reunión —donde entre otros contribuciones que en tal caso, no podrán superar

El Comité Ejecutivo deberá presentar al Tribunal referida resolución, que debía presentar una nueva asuntos se reformó la carta orgánica— contó con el tope máximo admitido por el art. 16 de la ley

de Cuentas y al Congreso informes semestrales y carta orgánica incorporando la previsiones seña- la presencia de 12, de los 16 congresales que inte- 26.215.

anuales con el origen y la aplicación de los fondos ladas y subsanando las observaciones realizadas, gran dicho organismo, aprobándose la reforma por

del Partido, con fecha de cierre del mismo al 31 de adecuando el texto de la misma a las disposicio- unanimidad de los presentes, estimo que se han Además, se incorporó —en el art. 15 del estatuto

diciembre de cada año.

nes de la ley 23.298, sus modificatorias y a las cumplido los requisitos formales de la normativa interno— la previsión de que la convocatoria a

leyes 26.215 y 26.571.

interna.

elecciones internas de autoridades partidarias o

CAPITULO VI - CORRIENTES DE OPINIÓN

cargos públicos, se dará a conocer mediante la

A fs. 1279 compareció la Apodera partidaria acom- Sentado ello, en primer lugar cabe destacar, que publicación en el Boletín Oficial o en un diario de

Artículo 23. En el seno del UNE está permitido el pañando el texto ordenado de la carta orgánica — este Tribunal no entrará a considerar los artícu- circulación regional; se estableció —en el nuevo

funcionamiento de las corrientes de opinión inter- obrante a fs. 1271/1278— y manifestado que en di- los que se refieren a la elección de candidatos a art. 17— que los aportes públicos para campaña

nas. Las mismas comunicarán su constitución al cho texto se incluían las modificaciones aprobadas cargos provinciales y/o municipales, o decisiones e impresión de boleta, como así los espacios de

Comité Ejecutivo.

por el Congreso partidario en su reunión del 9 de partidarias respecto a comicios en el orden pro- publicidad electoral serán distribuidos en partes

marzo de 2013, solicitando se apruebe el mismo. vincial o municipal, por no resultar de competencia iguales entre las listas de precandidatos oficia-

Las corrientes de opinión no podrán atribuirse o

de este Tribunal el control de legalidad sobre los lizadas por la junta electoral del partido en las

ejercer funciones propias de los organismos de Que, a fs. 1056/1058 corre agregada el Acta N° 50 mismos.

elecciones PASO; se incorporó dentro de las fun-

conducción del Partido.

del Congreso partidario de fecha 9 de Marzo de

ciones y facultades del Comité Ejecutivo —inc. 9

2013 de la cual surge que en la referida reunión Que, entrando al análisis acerca del cumplimien- art. 11—, la de designar a los dos (2) responsables

se introdujeron modificaciones a la carta orgánica Artículo 24. Bajo la dirección política y reglamenta-

to por parte del partido de las adecuaciones al económicos-financieros de campaña; se agregó

ción del Comité Ejecutivo, funcionará una Escuela partidaria.

texto de la carta orgánica exigidas por el Tribunal —en la parte final del art. 22— la fecha adoptada

de Educación Política destinada a la capacitación

mediante la resolución registrada bajo el N° 1686, para el cierre de los ejercicios contables anuales;

de los cuadros partidarios en la problemática na- Que a fs. 1286, previo a remitir al Ministerio Público como se dijo, en aquella resolución judicial se cumpliendo con ello con las demás observaciones

cional, provincial, regional y municipal. Un Director Fiscal las presentes actuaciones a los fines de que objetaron los artículos 16 y 17, dado que los formuladas por el Tribunal mediante la resolución

designado al efecto por el Comité Ejecutivo será se expida acerca de las modificaciones del estatu- mismos fijaban un número de firmas de apoyo o obrante a fs. 758/762.

el responsable académico que formulará los dis- to interno, se dispuso que por Secretaría se proce- adhesiones necesarias para la postulación de los

tintos niveles de capacitación. Del dictado de sus da al control del Acta del Congreso partidario de precandidatos a senadores y diputados naciona-

Que, por otro lado, dentro de las modificaciones

cursos podrán participar todos los afiliados en fecha 9 de Marzo de 2013 obrante a fs. 1056/1058, les, respectivamente, en las elecciones primarias,

realizadas por el Congreso partidario mediante su

igualdad de condiciones con el único requisito de con el texto ordenado de la carta orgánica de fs. abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) que no

acta N° 50 se encuentra la incorporación de la parte

su inscripción en los cursos. Se entregarán certifi- 1271/1278, así como con el texto actualmente vi- se ajustaba a lo previsto en la legislación vigente.

final del art. 15 que establece que “En caso de que

cados de asistencia.

gente respecto a los artículos no modificados. Esa falta de adecuación a la legislación vigente

alguna de las listas de candidatos electos procla-

se corrigió con la modificación introducida por el

mados por [el] Tribunal Electoral, fuese necesario

CAPITULO VII - RÉGIMEN DE DISCIPLINA

A fs. 1287/1288 obra el informe Actuarial en el cual Congreso, al establecer en el nuevo art. 16 que

completar algún cargo, el Congreso procederá a

se efectuaron observaciones a varios artículos los senadores y diputados nacionales se elegirán

la integración de la lista definitiva”, agregando que

Artículo 25. Todos los afiliados tienen el derecho y modificados que presentaban errores de trans- de acuerdo a la ley 26.571, sin especificar número

“Si en alguna elección convocada para designar

la obligación de velar por la buena organización y cripción o tipeo; motivo por el cual mediante provi- alguno de adhesiones necesarias para la postula-

candidatos partidarios para una elección nacional,

administración del Partido.

dencia obrante a fs. 1288 vta. se requirió al partido ción de precandidaturas.

provincial o municipal, no se oficializara ninguna

que presentara un nuevo texto de la carta orgánica

lista, o mediare impedimento para la convocatoria

Deben acatamiento a la Declaración de Principios, subsanando la observaciones realizadas.

Por otra parte, mediante aquella resolución se a esas elecciones internas, los candidatos que

a la Carta Orgánica y Reglamentos que se dicten

requirió a la agrupación de autos que incorporara sostendrá el Partido serán designados por el Con-

en consecuencia: a las resoluciones de los Con- Que, a fs. 1300 compareció la Sra. Apoderada par- al art. 6 de su carta orgánica la previsión de que greso del partido”. Dicha incorporación no se en-

gresos y de los cuerpos directivos; al método de tidaria acompañando el nuevo texto ordenado de los padrones de afiliados que utilizará el partido cuentra en concordancia con lo dispuesto en el art.

acción, al programa; a la plataforma electoral; a las la Carta Orgánica, que se agregó a fs. 1293/1299. para la elecciones de renovación de autoridades 29 de la ley 23.298 —cuyo texto fue modificado por

bases de acción política y a los fallos de la Junta

internas, u otras actividades afines, se elaborarán el art. 14 de la ley 26.571—, en cuanto dispone que

de Disciplina.

Que, a fs. 1301 se dispuso que por Secretaría se en función del registro de afiliados que lleva el para la elección de candidatos a cargos electivos

procediera al control del nuevo texto de la Carta Juzgado Federal con competencia electoral del nacionales se aplicará el sistema de elecciones

Artículo 26. Los afiliados responsables de incon- Orgánica presentado a los fines de determinar si distrito y no el propio. El partido modificó el referido primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, en

ducta partidaria serán pasibles, de acuerdo a se subsanaron las observaciones detalladas en el art. 6 del estatuto interno pero en la parte final del todo el territorio de la Nación, para un mismo día y

la importancia y gravedad de la falta cometida y informe Actuarial de fs. 1287/1288.

mismo agregó que la elecciones de renovación de para todos los partidos políticos, de conformidad

antecedentes del infractor, de las siguientes san-

autoridades internas, u otras actividades afines, se con lo establecido en la ley respectiva, aclarando

ciones disciplinarias: amonestaciones; suspensión A fs. 1302 obra el informe actuarial del que se realizarían con el padrón de afiliados provisto por esta última (ley 26.571) en su art. 19, que aquél

hasta de un año; separación del cargo partidario desprende que el texto ordenado de la carta or- el Juzgado Federal con competencia electoral del sistema rige aún en aquellos casos en que se pre-

que ocupe y exclusión del Partido.

gánica presentado se encuentra en un todo de distrito y también con el propio. Es decir, el padrón sentare una sola lista (art. 19 ley 26.571). Por ello,

acuerdo con las modificaciones introducidas por será elaborado no sólo en base a la base elabora- la agrupación política deberá adecuar la parte final

Artículo 27. Serán consideradas faltas graves, cau- el Congreso partidario y no presenta errores de da por la justicia federal con competencia electoral del art. 15 a las disposiciones legales vigentes.

sales de expulsión: la militancia, afiliación o identifi- transcripción o tipeo con el texto oportunamente sino también con datos propios que pueden con-

cación pública con otro partido político constituido aprobado por el Tribunal, respecto de los artículos tradecir o producir inconsistencias con el otro. Esta

De similar defecto adolece el art. 9 inc. 5 de la car- o en constitución; la aceptación de candidaturas no modificados.

disposición no podrá ser aprobada con la redac-

ta orgánica, al disponer que resulta una facultad por otras fuerzas políticas no aliadas al Partido;

ción actual, debiendo el partido adecuar la norma,

todo intento de dividir al Partido; asignarse cargos

del Congreso “Aprobar las listas de candidatos a Que, a fs. 1302 in fine se ordenó remitir las actua- ya que como se hizo saber en la anterior resolución

cargos electivos de afiliados y extrapartidarios”. para los cuales no ha sido elegido.

ciones al Ministerio Público Fiscal a los fines de los partidos carecen de la información necesaria

Siendo ello contrario a las disposiciones legales que se expidiera acerca de las modificaciones del para tener actualizados sus registros (v.gr. las bajas

vigentes (arts. 29 de la ley 23.298 y 19 de la ley Artículo 28. Las resoluciones que en materia de estatuto interno.

de los ciudadanos del registro por cambio de do-

26.571), el partido de autos deberá proceder a la disciplina adopta el Comité Ejecutivo, son apela-

micilio a otro distrito, fallecimiento, inhabilitación,

adecuación de la norma. bles ante el primer congreso partidario.

etc.) y consecuentemente sus padrones. A fs. 1303 y vta. obra el dictamen del Sr. Fiscal Fe-

deral, quien sostuvo que consideraba cumplidas

CAPITULO VIII - DISPOSICIONES GENERALES las exigencias estatutarias respecto al organismo A su vez se requirió al partido que incorpore en la Finalmente, si bien el resto de las disposicio-

partidario, el quórum y validez de la decisión de carta orgánica la previsión del quórum necesario nes contenidas en el texto de la carta orgánica

Artículo 29.

reformar la carta orgánica. Agregó que “En cuanto para que sesione el Comité Ejecutivo, al igual que obrante a fs. 1293/1299 no han sido objeto en la

a la cuestión de fondo de la reforma de la Carta el mecanismo que garantice la representación de ocasión de reformas y ya han sido aprobadas por

Las Autoridades partidarias deben presentar su

el Tribunal y como tales continúan siendo operati- Orgánica partidaria, observo que no existe obje- las minorías tanto en el Comité Ejecutivo como

vos y aplicables, un nuevo análisis y control de le- declaración jurada patrimonial una vez por año ción alguna que formular, toda vez que las mismas dentro del Tribunal Electoral Partidario, Tribunal

hasta un año luego de haber finalizado su mandato. se adecuan a la normativa vigente y al auto inter- de Ética y Tribunal de Cuentas. Dichas previsiones galidad sobre el texto de la carta orgánica permite

locutorio de fs. 758/762”. Concluyó su dictamen con las modificaciones realizadas por el Congreso advertir como conveniente sugerir al partido que,

Los afiliados podrán postularse para hasta 2 aconsejando la aprobación de las reformas intro- mediante el Acta N° 50 fueron incorporadas, sub- modifique las siguientes disposiciones. Dentro

cargos partidarios, debiendo renunciar a uno de ducidas a la carta orgánica partidaria.

sanándose las observaciones formuladas.

del Capítulo VII - REGIMEN DE DISCPLINA, el

ellos en caso de ser electo en más de un cargo.

art. 28 establece que “Las resoluciones que en

materia de disciplina adopta el Comité Ejecutivo, Dicha renuncia deberá notificarse al Tribunal Elec- Que, a fs. 1305 se tuvo presente lo dictaminado Además, en cumplimiento de la resolución de fecha

son apelables ante el primer congreso partidario”, toral Partidario dentro de las 24 hs. posteriores al por el representante del Ministerio Público Fiscal; 25 de febrero de 2011 el partido modificó el art. 13,

mientras que el art. 9 —que establece las funcio- escrutinio.

llegando así los autos a despacho para resolver, y eliminando —dentro de las funciones del Tribunal

de Ética— la de considerar, y vetar en su caso, las nes y facultades del Congreso—, en su inciso 11

El Congreso partidario resolverá en todo lo que

determina que corresponde a dicho órgano “En- CONSIDERANDO:

donaciones que recibe el partido. De tal modo, se

tender y resolver las apelaciones de las medidas no esté expresamente previsto en esta CARTA

subsanó la superposición que existía respecto de

disciplinarias dispuestas por el Tribunal de Ética ORGÁNICA.

Que, corresponde al Tribunal verificar si el texto los organismos encargados de verificar la legalidad

partidaria”, sin que resulte con claridad cuál es el de la carta orgánica obrante a fs. 1293/1299 se de las donaciones que recibe el partido, quedando

organismo encargado de aplicar las sanciones NEUQUEN, 20 de Marzo de 2015.

encuentra adecuado a la ley 23.298, sus modifica- esa facultad reservada al Comité Ejecutivo. Pues,

torias y a las leyes 26.215 y 26.571, así como si se de acuerdo al art. 22 las “donaciones deberán ser disciplinarias —si el Comité Ejecutivo o el Tribunal

AUTOS Y VISTOS:

de Ética—; lo que se recomienda ser corregido. subsanaron las observaciones realizadas median- aceptadas por el Comité Ejecutivo”.

Pero además, en ambos casos —art. 28 y art. 9 te la Resolución obrante a fs. 758/762. Asimismo,

inc. 11— no se hace mención del plazo ni orga- Para resolver en estas actuaciones “UNION DE corresponde verificar si las reformas introducidas Que, el referido art. 22 de la carta orgánica no fue

nismo partidario ante el cual se debe interponer LOS NEUQUINOS s/Reconocimiento definitivo de fueron realizadas de conformidad al procedimiento objeto de reforma, manteniendo la previsión de

el recurso respectivo; por ello, a fin de evitar po- personalidad jurídico política (art. 7 bis)” (Expte. previsto en el estatuto partidario.

que el patrimonio del partido se formará a partir

N° CNE 15000154/2005, sobre las reformas in-

sibles confusiones en el futuro o interpretaciones de “la recaudación por la venta de publicaciones

diversas sobre la aplicación de las disposiciones troducidas a la carta orgánica de esta agrupación Que respecto a este último punto, tenemos que de propias”. Sobre el punto, es menester exigir al

analizadas, se aconseja establecer con precisión política; y

acuerdo al art. 8 de la carta orgánica vigente, el partido —conforme lo ha señalado la Alzada, en su

los extremos apuntados. quórum necesario para que el Congreso pueda se- Fallo N° 4269/2009, y del mismo modo que si hizo

RESULTANDO:

sionar se obtiene con la presencia de las tres cuar- en la anterior resolución referida a la carta orgánica

tas (3/4) partes de sus miembros totales, mientras donde se analizó este mismo artículo— que prevea Por lo demás, entiendo que el resto del articulado

Que, por Resolución registrada bajo el N° 1686 de

propuesto del estatuto interno, armoniza con las que conforme al art. 9 el Congreso posee facul- una contabilidad diferenciada para el desarrollo de

fecha 25 de Febrero de 2011 obrante a fs. 758/762 tades para reformar el estatuto interno por el voto la actividad de publicaciones apuntada, que debe- disposiciones legales vigentes; por tal motivo, con-

este Tribunal aprobó el texto de la carta orgánica afirmativo de las tres cuartas (3/4) partes de sus rá ser informada junto con sus estados contables forme lo dispuesto por el art. 63 de la Ley 23.298,

partidaria obrante a fs. 702/707, con excepción miembros totales (apartado tercero). Siendo que al tribunal, debiendo en su defecto identificar o corresponde que el nuevo texto de la carta orgáni-

Miércoles 29 de abril de 2015

ca se publique en el Boletín Oficial por el término

de un (1) día, junto a la presente.

Que, corresponde comunicar —en los términos del

art. 6 inc. b) del Decreto 937/2010— a la Excma.

Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacio-

nal Electoral, la presente resolución así como el

nuevo texto de la carta orgánica partidaria.

Por todo ello, lo dispuesto por la ley 23.298 y sus

modificatorias, ley 26.215 y conforme lo dictamina-

do por la Sra. Fiscal Federal Subrogante;

RESUELVO:

I) Tener al nuevo texto de la carta orgánica del par-

tido Unión de los Neuquinos (U.N.E.), obrante a fs.

1293/1299, con excepción de los arts. 6, 9 incisos

5 y la parte final del 15, como adecuado a la ley

23.298, sus modificatorias y ley de financiamiento

de partidos políticos N° 26.215.

II) Recomendar a la agrupación política de au-

tos que adecúe los artículos 28 y 9 inciso 11 de

la carta orgánica, en base a lo expresado en el

considerando.

III) Declarar la incompetencia del tribunal a los

efectos de considerar las modificaciones introdu-

cidas a los artículos que obedecen a la elección

de candidatos a cargos provinciales y municipales,

o decisiones partidarias respecto a comicios en el

orden provincial, por no resultar de competencia

de este tribunal el control de legalidad sobre los

mismos.

IV) Exigir al partido que prevea una contabilidad

diferenciada para el desarrollo de la actividad de

“la recaudación por la venta de publicaciones

propias” (cfr. art. 22 de la carta orgánica), que

deberá ser informada junto con sus estados

contables al tribunal, debiendo en su defecto

identificar o registrar a los compradores de la pu-

blicación, quienes serán considerados donantes

o aportantes.

V) Hacer saber a la agrupación política que

dentro del plazo de veinte (20) días de su noti-

ficación deberá presentar un nuevo texto de la

carga orgánica, con las respectivas actas de

los organismos competentes, subsanando los

artículos 6, 9 incisos 5 y 11, parte final del 15 y

28, e incorporando en la carta orgánica la ma-

yoría con la cual el Comité Ejecutivo, el Tribunal

Electoral Partidario, el Tribunal de Ética y el Tri-

bunal de Cuentas podrán adoptar válidamente

sus decisiones, conforme lo expresado en los

considerando.

VI) Regístrese, notifíquese. Firme que se encuentre

la presente comuníquese a la Cámara Nacional

5. Información

5.5. Subsecretaría de

Jefatura de Gabinete de

#I4796620I#

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO. DESIGNACIÓN

24 Y 31.

El agente ... no reúne, sin perjuicio del grado

mento de su inscripción en el proceso en curso

TARIOS como personal no permanente requeridos

cual no resulta de aplicación el artículo 128 del

(Decreto N° 2098/08). En virtud a lo anteriormente

efectuada por el Comité de Selección, se señala

el artículo 24 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO

cual no se formulan observaciones al Grado consignado

SEÑORA SUBSECRETARIA:

I.- Ingresan las presentes actuaciones por las que

por el refrendo del Ministro de Trabajo, Empleo y

22 Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.119

Electoral y a la Dirección Nacional Electoral, en los blece que la designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto

términos del art. 6 inc. b) del Decreto 937/2010 y en el artículo 7° de la Ley N° 26.895.

tómese nota del presente decisorio en el Registro

Por su artículo 2°, se designa, en el ámbito de la Delegación Regional Paraná de la Dirección Público de Partidos Políticos del Distrito y en la

página web de la Secretaría Electoral.

Regional Centro de la Dirección Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA

DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a la persona en el

cargo, nivel, tramo y grado que se consigna en el Anexo que forma parte integrante de la presen-

te medida (Ignacio ... Nivel C, Grado 1, Agrupamiento Profesional, Tramo General, “Abogado en

Asuntos Laborales”. Delegación Regional Paraná).

Y por el artículo 3°, especifica la imputación presupuestaria.

La medida en trámite se fundamenta, de acuerdo con lo expresado en el Considerando del proyec-

to, en que se ha cumplimentado el procedimiento de selección establecido en el SINEP.

SECRETARIA ELECTORAL NEUQUEN, 22 de

Abril de 2015.

A fs. 2/5, obra copia autenticada —incompleta— de la Decisión Administrativa N° 744 del 24/08/12

por la cual se exceptuó a la Jurisdicción de origen, entre otros, al cargo involucrado en la medida

Leonardo Luis Zaglio Bianchini, Prosecretario propiciada (Abogado en Asuntos Laborales), del congelamiento de vacantes establecido por el

Electoral, Distrito Neuquén.

artículo 7° de la Ley N° 26.728 (fs. 5).

e. 29/04/2015 N° 29212/15 v. 29/04/2015

A fs. 6/11, se agrega el Dictamen ONEP N° 4390/12 de esta dependencia, por el cual dictaminó