N° 28843/15 Aviso del Boletín Oficial
Capital Federal (fs. 256).
Texto del aviso
Capital Federal (fs. 256).
sesenta (60) días: (a) los libros a que se refiere el Consejo de Distrito establecerá las normas
PARTIDO FE
el artículo 37 a los fines de su rúbrica; (b) dentro relativas a la administración de su patrimonio,
Que a fs. 257 el señor Secretario Electoral Na- de los ciento cincuenta (150) días, la afiliación el manejo de fondos, la elaboración de presu-
Distrito Chaco
cional, informa que en el Registro de Adhesio- de un número de electores no inferior al cuatro puestos, el pago y cobro de porcentajes desti-
nes han sido ingresados la cantidad de 3.570 por mil del total de inscriptos en el registro de nados a la formación del patrimonio partidario.
electores de este distrito, requisito de cumpli- El señor Juez Federal con Competencia Elec- adherentes a la agrupación política “PARTIDO
Es obligatoria para todas las instancias partida-
toral en el Distrito Chaco, Dr. CARLOS RUBEN FE”, lo que alcanza a cubrir el cuatro por mil de miento previo y necesario para la convocatoria rias la presentación de balances anuales.
SKIDELSKY, hace saber por el término de un ciudadanos inscriptos en el padrón distrital — válida a su primera elección interna, la que de-
porcentaje mínimo exigido por la Ley 23.298—. berá llevarse a cabo de conformidad a lo esta- (1) día, que en Expte. Nº CNE 2732/2014 cara-
Artículo 5: El Consejo de Distrito llevará la con-
blecido por el artículo 7 bis de la ley Nº 23.298, tulado: “PARTIDO FE S/RECONOCIMIENTO DE
tabilidad partidaria de conformidad con las dis-
debiendo remitir a este tribunal el acta de elec- PARTIDO DE DISTRITO”, tramitado por Secre- Que dando cumplimiento a lo normado por el
posiciones legales vigentes, La administración
taría Electoral Nacional a cargo del Dr. HUGO art. 62 de la Ley 23.298, se ha fijado audiencia ción de las autoridades definitivas.
y empleo de los fondos partidarios serán con-
DANIEL HAEDO, se ha dictado la Resolución (a fs. 258) para el día 26 de febrero de 2015 a las
trolados por la Comisión Revisora de Cuentas,
Nº 9 de fecha 11/03/2015, por la cual se la
6) Publíquese por un (1) día, sin cargo, en el 11,00 horas, en la sede de la Secretaria Electo-
compuesta por un máximo de tres (3) miembros
otorgado la personería jurídico-política con ca- ral Nacional de este Tribunal, sita en calle Juan Boletín Oficial de la Nación el presente auto preferentemente profesionales en ciencias
rácter provisorio a la agrupación política “PAR- Domingo Perón Nº 650 de la ciudad de Resis- y la Carta Orgánica respectiva (artículo 63 ley económicas, y tres (3) suplentes quienes reem-
TIDO FE” de este distrito, en los términos del tencia, convocando a los señores apoderados 23.298).
plazarán a los titulares en caso de ausencia,
art. 7º de la Ley 23.298 y fue aprobada su Carta de los partidos políticos reconocidos y en for-
renuncia, fallecimiento o remoción. En ejercicio
Orgánica (art. 63 - apartado segundo de la Ley mación en este Distrito y de todos los distritos 7) Notifíquese, regístrese y oportunamente de su función la comisión podrá recabar infor-
Orgánica de los Partidos Políticos, Nº 23.298). y al Sr. Fiscal Federal de la jurisdicción, cuyas remítase fotocopia certificada de esta resolu- mación a todos los organismos necesarios ara
Resistencia, de 21 de abril de 2015.
notificaciones obran a fs. 259/273, 274/296 y ción a la Excma. Cámara Nacional Electoral y el mejor desarrollo de sus funciones.
297/370.
Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Dr. Ricardo Boschetti, Prosecretario Electoral.
Interior.
Artículo 6º: Sesenta días antes de la reunión
Que en oportunidad de celebrarse la audiencia RESOLUCIÓN Nº 9
Ordinaria Anual del Congreso del Partido, la
(acta obrante a fs. 396 y vuelta), el apoderado Dr. Carlos Rubén Skidelsky, Juez de 1ra. Comisión elevará el balance Anual, estados
de la agrupación Ramón Mieres, ha manifesta- Instancia.
complementarios y memoria del ejercicio ajun- Resistencia, de 11 de marzo de 2015.
do que “...habiendo cumplimentado con todos
tando su dictamen técnico.
los requisitos que exige la Ley Orgánica de los
ANEXO III
VISTO: el expediente Nº CNE 2732/2014 cara- Partidos Políticos Nº 23.298, modificada por
CAPITULO CUARTO tulado: “PARTIDO FE S/RECONOCIMIENTO Ley 26.571 para el otorgamiento de la perso- CARTA ORGANICA DEL PARTIDO FE
DE PERSONALIDAD JURIDICO POLITICA”, que nería jurídico política, en “forma provisoria”,
tramita por ante la Secretaria Electoral Nacio- viene en este acto a solicitar a V.S., se dicte la
DE LOS AFILIADOS Y ADHERENTES
DISTRITO PROVINCIA DEL CHACO nal de este Juzgado Federal con Competencia sentencia de reconocimiento de la personería.
Electoral de la ciudad de Resistencia,
Artículo 7: Podrán ser miembros del Partido
CAPITULO PRIMERO
los Argentinos nativos o por opción que ha- Que a fs. 398 obra dictamen del señor Fiscal
yan cumplido los dieciocho (18) años de edad, Y CONSIDERANDO: Que a fs. 1/25 y 40/53 se Federal expresado que “... este Ministerio Públi-
SIMBOLOS Y DENOMINACIONES presentan los Señores José Antonio Voytenco co Fiscal estima que el señor Juez a-quo puede
Acepten su Declaración de Principios, Carta
y Ramón Mieres, invocando el carácter de apo- proceder en conformidad con lo normado por el
Orgánica y Programa, cumplan las decisiones
derados de la agrupación política denominada art. 63 de la mencionada normativa, dictando la Artículo 1º: El Partido FE adopta el símbolo, del Partido, respeten la disciplina partidaria y
resolución de Reconocimiento Provisorio”. colores y logotipos adoptado a nivel nacional, las demás obligaciones estatutarias, La afilia- “PARTIDO FE””, solicitando el reconocimiento
el que consiste en siguiente logotipo:
ción se mantendrá abierta en forma permanen- de la personalidad jurídico política como parti-
te. Aprobada la Solicitud se entregará al Afiliado do político en este Distrito, acompañando a tal Que a fs. 399 corre agregado Oficio de Comu-
fin: ACTA CONSTITUTIVA de fecha 24/06/2014
una constancia oficial, La solicitud de afiliación nicaciones de fecha 11-02-2015 del Juzgado
(fs. 2/7) y Complementaria de fecha 15/08/2014
será presentada ante el Organismo Partidario Nacional en lo Criminal y Correccional Federal
(fs. 41/42); DECLARACION DE PRINCIPIOS (fs.
que corresponda al último domicilio anotado Nº 1 con Competencia electoral del distrito de
en el documento electoral del solicitante. Los 8/9), BASES DE ACCIÓN POLÍTICA (fs. 10/14) Y Capital Federal, comunicando que por Resolu-
requisitos y procedimientos de aplicación se CARTA ORGANICA (fs. 15/25).
ción Nº 2/15 del 06 de febrero del corriente año,
rigen por lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley se reconoció la personería jurídico-política del
23.298.
Que a fs. 26/31 se agrega copias de las Acorda- Partido Fe, para actuar como partido nacional.
CAPITULO SEGUNDO
das 27/07 y 112/10 de la Cámara Nacional Elec-
toral y Oficio 390/2014 de la Cámara Nacional
OBJETIVOS
Artículo 8: No podrán ser afiliados: Que del análisis de las constancias obrantes
Electoral (cantidad mínima de afiliados 2014), en autos se desprende que la documentación
a fin de que el partido tome conocimiento del aportada por el Partido sustenta principios Artículo 2º: El Partido FE afirma la necesidad a) Los inhabilitados por la ley electoral, mientras
contenido de las mismas.
congruentes con el sistema representativo, del régimen democrático, participativo, repre- dure su inhabilitación;
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Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.120
b) Los autores, cómplices o instigadores de y sus decisiones se tomarán por simple mayoría a) Reglamentar la presente Carta Orgánica, sin b) Fija la jurisdicción de las Unidades de Acción
fraude electoral;
de los miembros presentes, salvo aquellas que alterar sus fines;
del departamento y otorga el reconocimiento y
se indiquen expresamente en la presente Carta
autorización para su funcionamiento conforme
Orgánica. Serán autoridades un Presidente, un c) Los que no cumplan con la Carta Orgánica y
a las disposiciones que se dicten al respecto. b) Mantener las relaciones con los poderes
demás disposiciones partidarias;
Vicepresidente y tres vocales. Las autoridades públicos Provinciales, Nacionales, Municipales,
durarán cuatro (4) años en sus funciones y po- con las autoridades de los demás partidos, con c) Solicitar a la autoridad partidaria competente
drán ser reelegidas. d) Las personas a que se refiere el art. 24 de la
las distintas instituciones en el distrito y con los sanciones disciplinarias a los afiliados de su ju-
Ley 23.298.
organismos del partido;
risdicción, con justa causa y con el voto de los
Artículo 18: Se reunirá en sesiones ordinarias
dos tercios de sus miembros.
por lo menos una vez al año y en sesiones Ex- Artículo 9: Son derechos de los afiliados:
c) Dar directivas sobre orientación y actuación
traordinarias cuando lo convoque el Consejo del Partido, organizar la difusión y propaganda d) Llevar un registro de afiliados y llevar las
del Distrito, o bien a solicitud de la mayoría de
a) Deliberar y participar en las decisiones que
de conformidad a la Carta Orgánica.
fichas al Consejo de Distrito respetando los
los Congresales titulares o de un treinta por
recaudos legales. competen al organismo u organismos a los
ciento (30%) de los afiliados.
cuales pertenezcan;
d) Acepta o rechaza solicitudes de afiliación,
lleva ficheros de afiliados y padrón partidario. e) Impulsar la participación que deberá desa-
Artículo 19: Corresponde al Congreso del
b) Elegir y ser elegido para desempeñar cargos
rrollar las expresiones orgánicas del partido.
Distrito:
directivos y electivos con las prohibiciones es-
e) Administrar el patrimonio del partido y su-
pecificadas en la ley orgánica de los partidos
pervisar el movimiento de fondos y uso de los Artículo 25: La Dirección Departamental estará
políticos número 23.298;
a) Fijar los lineamientos políticos a desarrollar, recursos, y difundir la información contable; integrada por un Secretario General, un secre-
por el Partido y expedir los reglamentos nece-
tario político, un secretario de organización, un
sarios para su mejor gobierno; c) Solo los afiliados tienen derecho a ser elegi-
f) Designar el personal del Partido así como secretario de la juventud y un secretario de la
dos en los cargos partidarios, con dos (2) años
tercera edad. disponer su remoción o despido; designa y re-
de antigüedad en la afiliación como mínimo, b) Sancionar y modificar la Declaración de Prin- mueve a los apoderados;
con la excepción de la primera elección.
cipios, el Programa o Base de Acción Política.
UNIDAD DE ACCION POLITICA
g) Dictar su reglamento interno;
Artículo 10: Son obligaciones de los afiliados: c) Aprobar la fusión, conformación de frentes
Artículo 26: Las Unidades de Acción Política y alianzas con otro partido o partidos de Dis-
h) Convocar a elecciones internas del Distrito; y constituyen la unidad primaria de construcción trito con el voto de dos tercios de los presen- a) Aceptar las disposiciones emanadas de los
política. Tienen la tarea de agrupar, organizar y de Departamentos;
organismos partidarios y obrar consecuente- tes y con el quórum requerido para la primera
conducir a los afiliados y difundir los principios
mente con ellas;
convocatoria.
y bases de acción política del partido. Estarán i) Convocar al Congreso del Distrito Chaco a
conformados con un mínimo de quince afilia- sesiones extraordinarias; b) No realizar actos que lesionen o entorpezcan d) Aprobar lo actuado por el Consejo del Distri-
dos, cuya conducción será elegida por el voto
las decisiones adoptadas por los organismos to, la Comisión Revisora de Cuentas y el Tribu-
de los afiliados y serán electos por simple ma-
de conducción;
nal de Disciplina;
j) Las restantes facultades que le atribuyan esta yoría. Esta conducción deberá ser reconocida y
Cara Orgánica, la legislación pertinente y las oficializada por la Dirección Departamental.
que fueren necesarias para cumplir la actividad c) Ningún afiliado o grupo de afiliados podrán d) Juzgar en definitiva, por apelación, la con-
normal del Partido. atribuirse la representación del Partido, de sus ducta de todas las autoridades establecidas
CAPITULO QUINTO
organismos o de otros afiliados, sino estuvieren por esta Carta Orgánica;
legítimamente autorizados;
k) Se reunirá por lo menos una vez al mes y
ORGANO DISCIPLINARIO sesionará con quórum de la mitad mas uno de e) Resolver en última instancia, las apelacio-
Artículo 11: Son Afiliados Adherentes al Parti-
sus miembros. nes deducidas contra fallos del tribunal de
do los argentinos menores de dieciocho años
Artículo 27: Se crea el Tribunal de Disciplina Disciplina;
y los extranjeros. Deben solicitarlo y recibirán
como órgano disciplinario del Partido. Será I) Para ser miembro se requiere dos (2) años
designado por el Congreso del Distrito Chaco constancia de su adhesión, gozarán de los mis-
de residencia en la provincia del Chaco, Los f) Reformar la presente Carta Orgánica me-
con el voto de las dos terceras partes de sus mos derechos y obligaciones que los afiliados
miembros de la Dirección de distrito no pueden diante el voto favorable de dos tercios de los
miembros y durarán cuatro (4) años en sus fun- excepto en materia electoral.
integrar las Direcciones de Departamento ni el miembros presentes y con el quórum requerido
ciones, pudiendo ser reelectos. Estará integra- Tribunal de Disciplina. para la primera convocatoria;
do por un Presidente y dos vocales titulares y CAPITULO QUINTO:
dos suplentes.
m) El presidente del Consejo representa al g) Nombrar los miembros de la Comisión Revi-
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
Partido en sus relaciones externas y tiene a su sora de Cuentas, Junta Electoral y el Tribunal
Artículo 28: Tendrá como función juzgar los ca- DEL PARTIDO
cargo la dirección y coordinación de la activi- de Disciplina;
dad partidaria, El vicepresidente reemplazará al sos en que los miembros del partido incurran
en inconducta partidaria, indisciplina, violación Artículo 12: Es órgano deliberativo: El Congreso
Presidente en caso de ausencia, impedimento
g) Considerar la memoria y el balance anual, en
de la Carta Orgánica, o incumplimiento de de Distrito;
renuncia o fallecimiento.
la primera reunión ordinaria anual;
resoluciones de los organismos partidarios y
disposiciones legales vigentes.
Son órganos Ejecutivos:
n) Designa a los responsable económico fi-
h) Interpretar las disposiciones de esta Carta Or- nanciero para cada campaña electoral con
gánica para el caso de dudas o contradicciones; domicilio en el distrito Chaco, debiendo ser Artículo 29: El Tribunal deberá actuar a instan-
a) El Consejo de Distrito;
cia del Consejo de Distrito Chaco o a petición ambos afiliados, quienes serán solidariamente
escrita de 100 afiliados como mínimo. i) Verificar los poderes de los congresales, sien- responsables con el presidente y el tesorero del
b) Dirección Departamental
do único juez de la validez de sus mandatos, partido por el cumplimiento de las disposicio-
mediante la Comisión de Poderes designada nes legales aplicables.
Artículo 30: Se instrumentará un procedimien-
c) Centros de la Comunidad y
por el Congreso.
to escrito que garantice el derecho de defen-
o) Designa a Delegado Organizador en los mu- sa. Podrá aplicar las siguientes sanciones: a)
d) Unidad de Acción Política.
CONSEJO DEL DISTRITO
amonestación; b) suspensión en la función; c) nicipios donde no hubiere autoridad partidaria;
suspensión de la afiliación; d) desafiliación y e)
CONGRESO DEL DISTRITO
expulsión.
Artículo 20: El Consejo del Distrito ejerce la p) Registra ante las autoridades que corres-
autoridad ejecutiva en el ámbito del Distrito de ponda las cuentas bancarias abiertas a nombre
Artículo 13: El Congreso del Distrito es su or- la Provincia del Chaco. Es el órgano perma- del Partido y comunicar la designación de los Artículo 31: Lo resuelto por el Tribunal de Disci-
ganismo supremo y representa la soberanía nente encargado de cumplir y hacer cumplir responsables reglamentar la presente.
plina será apelable ante el Congreso del Distrito.
partidaria.
las disposiciones de esta Carta Orgánica, las
resoluciones del Congreso del Distrito y las Re-
Artículo 32: Los miembros del Tribunal podrán DIRECCION DEPARTAMENTAL
Artículo 14: Sus miembros serán elegidos a tra- glamentaciones que se dicten. Tendrá su sede
ser removidos por el Congreso del Distrito Cha-
vés del voto directo y secreto de los afiliados de en el local Central del Partido, sito en Av. Ro-
co con el voto positivo de los dos tercios de los
Artículo 23: En cada Departamento en que se la Provincia del Chaco, integrándose por tres (3) dríguez Peña 739 de la Ciudad de Resistencia.
miembros presentes.
divide la Provincia del Chaco, se creará una congresales por cada uno de los Departamento
Dirección Departamental, que será la autori- del “Distrito, correspondiéndole también a cada Artículo 21: El Consejo de Distrito estará com-
CAPITULO SEXTO uno de ellos un Congresal más por cada mil
dad política ejecutiva de esa jurisdicción. Se
puesto por un Presidente, un Vicepresidente, integrarán por un Secretario General y cuatro (1.000) afiliado o fracción no inferior a setecien- un Secretario General, un Secretario Político, Vocales. Ejercerá sus funciones en el ámbito de tos cincuenta afiliados.
JUNTA ELECTORAL un Tesorero, un Secretario de Organización, su Departamento, de conformidad al reglamen-
un Secretario de Comunicación, un Secretario to que dicte el Consejo de Distrito. Duran cuatro
Artículo 15: Los Congresales durarán cuatro (4) de la Juventud, un Secretario de la Mujer y la
Artículo 33: La Junta Electoral estará integrada años en sus funciones. Se reunirá por lo menos
años en sus funciones, y podrán ser reelegidos. Niñez, un Secretario Gremial y un Secretario de
por tres miembros titulares y tres miembros una vez al mes y el quórum para sesionar será
Tercera Edad. Para todas y cada una de las se-
suplentes, elegidos por el Congreso de Distrito el de la mitad mas uno de sus miembros. Serán
Artículo 16: El Congreso del Distrito tendrá su cretarías se elegirá a un secretario titular y uno
por simple mayoría de votos de sus miembros, elegidos por el voto secreto y directo empa-
sede en el local Central del Partido, sito en Av. adjunto, que reemplazará al titular en caso de
durarán cuatro (4) años en sus funciones pu- dronados en el ámbito del departamento de la
Rodríguez Peña 739 de la Ciudad de Resisten- renuncia, ausencia o impedimento, temporáneo
diendo ser reelectos. La Junta elegirá de entre provincia.
cia. El quórum se formará con la mitad más uno o definitivo. Los mandatos durarán cuatro años
sus miembros un Presidente. Para el caso de
y podrán ser reelegidos El quórum se formará
elecciones internas se agregará con las atribu- de todos los congresales en la primera citación
con más de la mitad de los titulares. Los secre-
FACULTADES y con un tercio en la segunda convocatoria. Sus
ciones de miembro titular, un apoderado por
deliberaciones se regirán por el Reglamento tarios adjuntos podrán participar, con voz pero
cada lista que se presente a la confrontación.
Partidario y supletoriamente por el Reglamen- sin voto, siempre que no esté reemplazando Artículo 24: Son facultades de la Dirección La Junta funcionará exclusivamente desde la
to vigente de la Cámara de Diputados de la al titular, en cuyo caso tiene voz y voto. Serán Departamental
convocatoria a elecciones internas partidarias
provincia del Chaco. Todas sus decisiones se elegidos por el voto secreto y directo de los
y/o elecciones generales hasta la proclamación
afiliados, Todos los miembros durarán cuatro
de los electos, debiendo durante este proceso tomarán por simple mayoría de los miembros
a) Ejercer la dirección del partido en su jurisdic-
presentes.
años en sus funciones y podrán ser reelectos.
actuar como organismo independiente. ción, ajustándose a lo dispuesto en ese sentido
por el Consejo de Distrito, Cumplir y hacer cum-
Artículo 17: El Congreso de Distrito designará Artículo 22: Son atribuciones y obligaciones del plir las resoluciones de ésta y del Congreso de Artículo 34: La Junta Electoral tiene las siguien-
de su seno las autoridades por votación secreta Consejo del Distrito Chaco:
Distrito.
tes funciones:
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Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.120
a) Dirección y control de todo acto eleccionario las disposiciones partidarias y legislaciones
TITULO DECIMO
la cantidad de 3.805 adherentes a la agrupación
interno.
pertinentes.
política “PARTIDO RENOVADOR FEDERAL”,
por haber reunido los requisitos exigidos por la DISOLUCIÓN DEL PARTIDO
b) Aprobación, ordenamiento, clasificación y Artículo 44: Si los cargos a cubrir fueren de dos
Ley 23.298, por lo expuesto se desprende que
distribución de los padrones.
(2) se hará con la lista de candidatos de la ma-
la agrupación política ha alcanzado a cubrir el
Artículo 53: El partido fe, solo se disolverá en
porcentaje mínimo exigido por la Ley 23.298. yoría. Si las candidaturas fueren de tres (3) se los casos previstos en las leyes de la materia
cubrirá con dos (2) de la mayoría en el último c) Organización de los comicios y conocimiento
y sus bienes serán donados a las entidades de
término y siempre que haya obtenido como
Que consultado (cf. lo establecido por el artícu- y resolución de impugnaciones,
bien público a designar.
mínimo el 30 por ciento de los votos válidos
lo 14 de la Ley 23.298, y Acordada Extraordina-
emitidos, Si las candidaturas fueren de cuatro
ria Nº 88/04 - punto 2º) el “sistema informático Fiscalización de elecciones y proclamación de
José Antonio Voytenco.
(4) o más cargos, tres (3) e corresponden a la
del Registro General de Nombres de los Par- candidatos electos.
Ramón Mieres.
mayoría en los primeros lugares, a continuación
tidos Políticos de la Excma. Cámara Nacional
un candidato de la minoría y así sucesivamente
e. 30/04/2015 Nº 28843/15 v. 30/04/2015 Electoral”, acerca del nombre utilizado por la
d) Confección de cronograma electoral.
hasta ubicar la totalidad de los candidatos.