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N° 29299/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 18

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 30 de abril de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 18

SECRETARÍA Nº 36

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instan-

cia en lo Comercial Nº 18, a cargo de la Dra. Va-

leria Pérez Casado, Secretaría Nº 36, a mi cargo,

sito en M.T. de Alvear 1840, piso 3º, hace saber

por cinco días que con fecha 08 de abril de 2015

se ha decretado la quiebra de PINTURERIA TODO

COLOR DEL OESTE SRL, (Inscripta en la IGJ con

fecha 28/01/2011 bajo el nro. 786 Lº 135 de SRL),

CUIT 30-71170608-5, con domicilio en NECO-

CHEA 450 5º “A” de esta ciudad, intimándose a

los acreedores que deberán presentar hasta el 8

DE JUNIO DE 2015 por ante la síndico MARIANA

ALICIA NADALES con domicilio constituido en

la calle HIPOLITO YRIGOYEN 1349 4º “B” (TEL:

4381-7541) de la Capital Federal, sus pedidos de

verificación y títulos justificativos de sus créditos.

El informe individual previsto por el art. 35 L.C.Q.

deberá presentarse el día 4 DE AGOSTO DE 2015

y el informe general del art. 39 L.C.Q. el día 16

DE SEPTIEMBRE DE 2015. Se ha dado orden e

intimado a la fallida para que entregue sus bienes

a la síndico objeto de desapoderamiento; cumpla

los requisitos a que se refiere el art. 86 de la ley

concursal; entregue a la síndico dentro de las 24

horas sus libros de comercio y demás documen-

tación relacionada con su contabilidad; y consti-

tuya domicilio procesal en esta ciudad dentro de

las 48, 00 horas, bajo apercibimiento de tenérselo

por constituido en los estrados del Juzgado. Asi-

mismo, se ha decretado la prohibición de hacer

pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El pre-

sente se expide por mandato de V.S. en los autos

caratulados: “PINTURERIA TODO COLOR DEL

OESTE SRL S/ QUIEBRA” Expte Nº 28067/2013,

en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.-

Buenos Aires, 22 de abril de 2015.

Valeria Perez Casado, juez.

Adriana Bravo, secretaria.

e. 27/04/2015 Nº 29299/15 v. 04/05/2015