N° 30912/15 Aviso del Boletín Oficial
SAVINO DEL BENE ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
SAVINO DEL BENE ARGENTINA S.A.
Reforma de Estatuto: Por Acta de Directorio de
24/03/2014 y Acta de Asamblea General Extraor-
dinaria Unánime de fecha 26/03/2014, se resolvió
reformar los Arts. Cuarto, Octavo y Noveno del
Estatuto Social, los cuales en adelante leerán
como sigue: “Artículo Cuarto: El capital social es
de QUINIENTOS MIL PESOS (representado por
acciones de $ 1.000 valor nominal cada una). El
capital social podrá ser aumentado por decisión
de la Asamblea General Ordinaria hasta el quín-
tuplo de su monto conforme al Artículo 188 de la
Ley 19.550, debiendo dicho aumento ser elevado
a escritura pública”. “Artículo Octavo: La adminis-
tración de la Sociedad está a cargo de un Directo-
rio compuesto del número de miembros que fije la
Asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo
de diez (10) con mandato por tres (3) ejercicios.
La Asamblea debe designar suplentes en igual o
menor número que los titulares por el mismo plazo
a fin de llenar las vacantes que se produjeran en el
orden de su elección. Los directores en su primera
sesión deben designar un Presidente y un Vice-
presidente si correspondiere, este último reempla-
za al primero en caso de ausencia o impedimento.
El directorio funciona con la mayoría de sus miem-
bros y resuelve por mayoría de votos presentes.
Los Directores podrán votar por carta poder en
representación de otro Director, y el poderdante
Segunda
será responsable en dichos casos como si hubie-
ra votado personalmente. Sin embargo el poder-
dante no será contado a los efectos del quórum.
La Asamblea fija la remuneración del Directorio”.
“Artículo Noveno: Los Directores titulares deberán
depositar la suma de diez mil pesos ($ 10.000) o su
equivalente en moneda extranjera, bonos o títulos
valores públicos por su valor nominal, en garantía
del fiel cumplimiento de sus funciones. El depósito
de estos valores deberá ser efectuado en entida-
des financieras o cajas de valores a la orden de la
Sociedad. Esta garantía también podrá ser cons-
tituida mediante fianzas o avales bancarios o se-
guros de caución o de responsabilidad civil a favor
de la Sociedad”. Autorizado según instrumento
privado Acta de Asamblea General Extraordinaria
Unánime de fecha 26/03/2014.
GONZALO PINTOS
Tº: 118 Fº: 512 C.P.A.C.F.
e. 04/05/2015 Nº 30912/15 v. 04/05/2015