N° 31642/15 Aviso del Boletín Oficial
PARTIDO DE LA VICTORIA
Texto del aviso
PARTIDO DE LA VICTORIA
Artículo 8: Los organismos partidarios son:
Distrito Buenos Aires
a) LA ASAMBLEA DE DELEGADOS
El Juzgado Federal con competencia electoral en el distrito de la Provincia de Buenos Aires, inte- b) LA JUNTA DIRECTIVA
rinamente a cargo del señor Juez Federal Subrogante, Laureano Alberto Durán, hace saber a la
población, por este medio, que los Estados Contables correspondientes al ejercicio comprendido c) EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA
entre el 1º de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014, del PARTIDO DE LA VICTORIA de este
distrito, se encuentran disponibles para ser consultados, en el sitio de la Secretaría Electoral del d) LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS
distrito Provincia de Buenos Aires, a través de www.pjn.gov.ar -”Justicia Nacional Electoral”- o en
www.electoral.gov.ar - Secretarías Electorales -Buenos Aires. Asimismo los interesados podrán e) LA JUNTA ELECTORAL
solicitar copia de los referidos Estados Contables, sin exigirse expresión de causa y a costa del
solicitante, en la sede de este Juzgado, Secretaría Electoral, sita en calle 8 n° 925, entre 50 y 51, Artículo 9: Son requisitos para integrar los organismos partidarios tener 18 años de edad y por lo
planta baja, de la ciudad de La Plata, en el horario de 7:30 a 13:30; habiéndose fijado un plazo menos un año de antigüedad en la afiliación. Esto último no se exigirá para la primera constitución
mínimo, para la presentación de observaciones, previstas en el art. 25 de la ley 26.215, de treinta de los mismos, bastando con estar afiliado.
(30) días hábiles judiciales, contados a partir de la última publicación del presente edicto, pudiendo
igualmente ser presentadas válidamente las mismas, luego vencido dicho plazo, hasta el momento Los mandatos de todos los cargos partidarios durarán 4 (cuatro) años, pudiendo ser reelectos solo
en que se resuelva la sobre la aprobación de los referidos Estados Contables. Publíquese durante por una vez, debiendo luego de ello, no poder acceder nuevamente al mismo cargo partidario sino
tres días.
con un intervalo de 4 (cuatro) años.
La Plata, 29 de abril 2015.
Leandro Luis Luppi, Prosecretario Electoral Nacional, Provincia de Buenos Aires.
La elección de autoridades partidarias se realizará en un solo acto electoral, salvo cuando por
e. 05/05/2015 Nº 31642/15 v. 07/05/2015 razones de fuerza mayor la Junta Directiva, con aprobación de la Junta Electoral, resuelva lo