N° 32574/15 Aviso del Boletín Oficial
SOLIDARIO
Texto del aviso
SOLIDARIO
Distrito Córdoba
Secretaría Electoral Distrito Córdoba - Juzgado
Federal Nº 1. En autos caratulados: SOLIDA-
RIO S/ Reconocimiento de Partido de Distrito
(Expte. 4007417/2005). “CÓRDOBA, 27 de abril
de 2015.... A fs. 931; téngase presente lo dic-
taminado por el Sr. Agente Fiscal. Por aproba-
das las modificaciones introducidas a la Carta
Orgánica del partido SOLIDARIO; procédase a
su publicación en el Boletín Oficial de la Nación
por el término de 1 día; comuníquese a la Cá-
mara Nacional Electoral y a la Dirección Nacio-
nal Electoral por el art. 6 inc. “b” del Decreto
937/2010...”
CARTA ORGANICA DEL PARTIDO SOLIDARIO
Distrito Córdoba
Con la reforma suscitada con motivo de la re-
forma de la Carta orgánica del PSOL Nacional
el 31-10-2014 aprobada el 17-12-2014 por la
Asamblea del PSOL Distrito Córdoba.
TITULO I - DEL PARTIDO
Artículo 1º.- La presente Carta Orgánica es la
ley fundamental del Partido Solidario, cuya or-
ganización y funcionamiento se ajustará a sus
disposiciones. Sus objetivos y programas están
descriptos en su Declaración de Principios y en
las resoluciones de sus órganos partidarios.
Sus autoridades y listas a cargos públicos se
integrarán con representantes de todos los
sectores de la sociedad, sin discriminación de
ningún tipo e incorporando a todas aquellas
expresiones y manifestaciones que no contra-
digan los principios enunciados en la presente
Carta Orgánica y en su Declaración de Princi-
pios. En la elección periódica de autoridades y
organismos partidarios se garantizará el por-
centaje mínimo por sexo establecido en la le-
gislación vigente y sus decretos reglamentarios
(conforme modificación introducida por el Art.
1º de la Ley 26.571 al inc. b) del Art. 3º de la Ley
Orgánica de los Partidos Políticos Nº 23.298).
Artículo 2º.- El ámbito de actuación del Partido
Solidario abarca el Distrito Electoral de la Pro-
vincia de Córdoba, y las secciones electorales
que las componen.-
TITULO II - DE LOS AFILIADOS
Artículo 3º.- Son afiliados al Partido todos los
electores mayores de 16 años que manifiesten
su voluntad de afiliarse y se hallen domiciliados
en las en el ámbito de la Provincia de Córdoba
y sus respectivos departamentos, que estando
en ejercicio de sus derechos políticos, sean ad-
mitidos como tales por las autoridades partida-
rias expresa o tácitamente habiendo transcurri-
do el plazo fijado en el art. 25 de la ley 25.671.
La resolución de rechazo de una afiliación debe
ser fundada por la Junta Ejecutiva.
Artículo 4º.- No podrán afiliarse y en caso de
hacerlo perderá su condición de tales: Los ciu-
dadanos incluidos en las prohibiciones conteni-
das en la ley 26.571 y/o cualquier normativa que
se dictara en su consecuencia; los que hayan
sido sancionados con la pena de expulsión o
exoneración; los que hubieran incurrido en vio-
laciones a los principios esenciales del Partido;
los que incurrieren en actos de notoria desleal-
tad o inconducta partidaria o cívica.-
Los que hubieren incurrido o incurrieren en vio-
laciones de los derechos humanos; En caso de
afiliados que incurran en alguna de las causales
detalladas precedentemente, se deberá sus-
tanciar el proceso que prescribe esta carta or-
gánica, en primera instancia por ante el Tribunal
de Conducta distrital y actuando como alzada
el Tribunal de Conducta del PSOL Nacional.
En la sustanciación de dicho proceso deberán
respetarse las garantías del debido proceso y
el derecho de defensa en juicio del afiliado. La
extinción de la afiliación también se producirá
por la violación de los términos de los arts.
36 y 37 de la ley 9572 y sus modificaciones y
complementarias.
Artículo 5º.- Todos los afiliados tienen iguales
derechos y obligaciones, a saber: ningún afi-
liado o núcleo de afiliados podrá atribuirse la
representación del Partido, de sus organismos
o de otros afiliados, Están obligados a observar
los Principios y Bases de Acción Política apro-
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bados por el Partido y, oportunamente, en la Artículo 13º.- Es incompatible el ejercicio de resultado del correspondiente comicio interno Artículo 24º.- De cada sesión se labrará un Acta
Plataforma Electoral, mantener una conducta más de un cargo partidario. La elección de to- y de conformidad a la reserva efectuada en el que contendrá una relación sintética de las
partidaria consecuente con la ética y la solida- das las autoridades del partido se hará en un art. 64. Esta facultad podrá ser delegada en la deliberaciones y de las resoluciones adopta-
ridad y cumplir estrictamente las disposiciones solo acto electoral.
Junta Ejecutiva fundada dicha delegación en la das, debiendo ser firmada por el Secretario y
de sus organismos; votar en las elecciones in-
urgencia atendible por la inminencia del proce- el Presidente. A este fin se llevará un Libro de
ternas y contribuir a la formación del patrimonio Artículo 14º.- Los cargos titulares que resulten so electoral, ello ad referéndum de la Asamblea Actas foliado y rubricado, debiendo cada acta
del Partido, según las disposiciones que se dic- vacantes por renuncia, separación, muerte, Extraordinaria que se convocará a tal fin;
ser leída y aprobada en la sesión posterior. Ca-
ten al respecto por las autoridades partidarias incapacidad u otras causas, serán cubiertos
pítulo III. De la Junta Ejecutiva.-
y las contenidas en la presente carta orgánica; por los afiliados electos como suplentes para VIII. aprobar los Estados Contables Anuales.
ser elegidos, ya sea para desempeñar funcio- los mismos cargos, siendo éstas integraciones
Artículo 25º.- La Junta Ejecutiva estará com-
nes dentro del Partido, como así también para parciales y al solo efecto de completar el perío- IX. determinar las pautas y planes de acción puesta por 10 miembros; Presidente, Vice-
cargos electivos y ejecutivos en el gobierno, do de que se trata.-
política, social, cultural y económica;
presidente, Secretario General, Prosecretario,
para lo cual será necesario haber sido afiliado
Tesorero, ProTesorero, y 4 Vocales.-
al partido, ininterrumpidamente, durante un Si una o más situaciones de vacancia se pro- X. Reformar la presente carta Orgánica;
año inmediato anterior a la fecha de elección. dujeran en la Junta Ejecutiva y no fuere posible
Los mandatos de todos los miembros de la
Esta disposición no será de aplicación para la seguir la regla general establecida en el párrafo XI. Considerar y/o solicitar los informes que Junta Ejecutiva durará 2 (DOS) años, pudiendo
primera elección interna del Partido; Ser infor- precedente o estaría en peligro el normal fun- anualmente deberán elevar todos los organis- ser reelectos.-
mado acerca de las políticas del Partido, recibir cionamiento de dicho órgano; será la Asamblea mos partidarios y las representaciones comu-
capacitación política y de gestión pública.- partidaria quien – excepcionalmente- deberá nales y cada uno de sus componentes;
De la totalidad de los miembros corresponderá
elegir entre sus miembros al reemplazo que
que 8 pertenezcan a la lista que obtuvo la ma-
TITULO III - DE LAS AFILIACIONES
fuere menester para garantizar el pleno funcio- XII. Aprobar la integración de confederaciones, yoría y 2 a la lista que obtuvo la minoría, siem-
namiento de la Junta Ejecutiva.
la fusión con otro u otros partidos y la extinción pre que hubiere superado el 25 % de los votos
Artículo 6º.- La persona que desee afiliarse de-
de la agrupación;
válidos emitidos.
berá completar la ficha de afiliación con todos En casos excepcionales de extrema urgencia y
sus datos personales así como cumplir con debidamente fundado, la Asamblea podrá ele- XIII. Autorizar a la Junta Ejecutiva para que En caso contrario resultarán electos la totali-
los requerimientos previstos en el art. 36 de la gir el reemplazo necesario entre los registros de efectúe la adquisición, enajenación de bienes dad de los candidatos propuestos por la lista
legislación de partidos políticos vigente en la afiliados.-
inmuebles y bienes muebles registrables de triunfante. Uno de los vocales pertenecerá a la
Pcia. de Córdoba, ley 9572 y complementarias.
propiedad del partido; así como la constitución Juventud Solidaria.
Artículo 15º.- Las autoridades partidarias debe- de gravámenes sobre los mismos.
La firma será debidamente certificada por au- rán ser elegidas por el voto directo y secreto
Artículo 26º.- El Presidente de la Junta Ejecutiva
toridad partidaria. La aceptación de la afiliación de los afiliados, y se respetará la legislación XIV. Aprobar los programas de capacitación de será el Presidente del Partido y el representante
se producirá si transcurridos 15 días desde su nacional y provincial en lo particular lo previsto cuadros partidarios en los distintos ámbitos de legal y político del Partido. Puede ser removido
suscripción las autoridades partidarias no ex- en el Capítulo 2 de Ley 9572 y suplementarias actuación del Partido. La Asamblea resolverá por la Asamblea contando con la mayoría de
presan oposición y se procederá a entregar un así como también las disposiciones previstas estas cuestiones por mayoría absoluta de los dos tercios del total de los miembros electos.
ejemplar a la Autoridad de Aplicación y otro al en la presente carta orgánica y los precedentes presentes a excepción de las aludidas en los En caso de ausencia o imposibilidad física o
afiliado.
jurisprudenciales de la Cámara nacional electo- incisos c), j), l) y m) que deberán ser resueltas jurídica del Presidente de ejercer su cargo será
ral en tanto fueren aplicables. Capítulo II.- De la con una mayoría especial de los dos tercios del reemplazado por el Vicepresidente.-
La firma así como la fotocopia del documento Asamblea General.-
total de los miembros de la Asamblea General.
de identidad del ciudadano que se afilie será
Artículo 27º.- El SECRETARIO tiene los siguien-
debidamente certificada por autoridad parti- Artículo 16º.- El cuerpo deliberativo del distrito Artículo 20º.- La Asamblea se reunirá en el lu- tes deberes y atribuciones que se enumeran a
daria. Aceptada la afiliación, se entregará la es la Asamblea partidaria la cual representa la gar que la misma determine, pudiendo en cada continuación:
correspondiente constancia a la Autoridad de soberanía partidaria. Estará conformada por sesión designar el lugar en que se realizará la
Aplicación.-
veinte (20) asambleístas titulares y diez (10) siguiente. Quórum.-
a) asistir a las sesiones de la Asamblea General
asambleístas suplentes elegidos por el voto
y sesiones de la Junta Ejecutiva, firmando las
Artículo 7º.- La afiliación implica la adhesión directo de los afiliados al Partido Solidario con- El quórum se formará con el voto de la mitad actas conjuntamente con el Presidente;
irrevocable a los principios del Partido y a la forme el sistema electoral que se establece en más uno de la totalidad del cuerpo en la primera
presente Carta Orgánica.
el Capítulo “Régimen Electoral”.
y segunda convocatoria. Si no hubiese quórum b) firmar con el Presidente, la correspondencia
en las dos primeras, el quórum para la tercera y todo otro documento del Partido Solidario;
Artículo 8º.- La afiliación se extingue por renun- a.- corresponderá de ese número de asam- convocatoria estará conformado por los miem-
cia por telegrama gratuito o personalmente ante bleístas titulares, la cantidad de cuatro (4) titu- bros presentes.-
c) llevar el Libro de Actas de sesiones de la
la secretaría electoral del distrito actuante o por lares y dos (2) suplentes a la lista que obtenga
Asamblea General y de la Junta Ejecutiva, y de
cualquier medio idóneo que permita certificar la minoría, siempre que supere el 25 % de los En la correspondiente citación a Asamblea de- acuerdo con el Tesorero, el libro de Registro de
la autenticidad de la firma del renunciante de votos válidos emitidos. En caso contrario re- berá respetarse media hora entre cada convo- Afiliados.- El PROSECRETARIO sólo actuará en
conformidad a lo establecido en la Ley 26.571 sultarán electos la totalidad de los candidatos
ausencia, enfermedad o vacancia de la persona catoria para contar con un parámetro temporal
y sus decretos reglamentarios; expulsión dis- propuestos por la lista triunfante.
que permita determinar en qué convocatoria se que revista el cargo de SECRETARIO.-
puesta por las autoridades partidarias corres-
comienza a sesionar y cuál es el quórum exigi-
pondientes, lo cual será resuelto en casos que b.- además habrá un delegado titular y uno su- ble en su caso.
Artículo 28º.- El TESORERO tiene los deberes
se establezcan y comprueben incumplimientos plente con voz y voto en representación de la
y atribuciones que le confieren la ley orgánica
o violación de lo dispuesto en la presente carta Juventud Solidaria.
En los casos indicados en el artículo prece- de Partidos Políticos y la normativa de financia-
orgánica y en la normativa electoral aplicable,
dente que requieran mayorías especiales, la miento a los partidos políticos, tales como, sin
una vez sustanciado el proceso previsto en el Artículo 17º.- Los asambleístas durarán 2 (dos) asamblea podrá realizarse bajo las pautas que esta enunciación sea taxativa:
art. 35 de esta Carta Orgánica. Asimismo la años en sus funciones y podrán ser reelectos.- establecidas en el presente artículo pero no
afiliación también se extingue por la violación
podrán resolverse esos temas sin la cantidad a) Llevar los libros de contabilidad exigidos por
de los términos de los arts. 36, 37 y 39 de la ley Artículo 18º.- En su primera sesión, la Asamblea de miembros allí dispuesta.
la normativa aplicable nacional y provincial;
9572 y complementarias y suplementarias. deberá elegir entre sus miembros, un Presiden-
te, un Vicepresidente y un Secretario por simple Artículo 21º.- La Asamblea se reunirá en sesión or- b) preparar los estados contables y la cuenta de
Artículo 9º.- Los afiliados ejercerán, por medio mayoría de los presentes. Los miembros electos dinaria una vez por año calendario; para considerar gastos y recurso e inventario, para su presenta-
de sus representantes, la dirección, gobierno y se reunirán en sesión constitutiva dentro de los todo lo relacionado con las actividades partidarias ción a la Asamblea general;
fiscalización del Partido según las disposicio- 30 días de aprobada la elección y proclamados y demás asuntos que correspondan ser sometidos
nes de esta Carta Orgánica.
los electos, debiendo efectuar la Junta Electoral a su consideración y sean de su competencia.- c) firmar con el Presidente los recibos y demás
la convocatoria de los electos con 5 días hábiles
documentos de tesorería,
Artículo 10º.- El Registro de Afiliados está cons- de anticipación por notificación fehaciente, en la Artículo 22º.- La Asamblea se reunirá en se-
tituido por el ordenamiento actualizado de las que se determinará día y hora de reunión.
siones extraordinarias: Por convocatoria de la d) efectuar la apertura de la cuenta corriente ban-
fichas de afiliación. Dicho registro deberá ajus-
Junta Ejecutiva, A solicitud de la 2/3 partes de caria a nombre del Partido Solidario de confor-
tarse conforme las actualizaciones que produ- Artículo 19º.- La Asamblea tendrá las siguientes sus miembros, formulada ante la Junta Ejecuti- midad a la legislación nacional y provincial y las
ce el Registro Nacional de las Personas en el atribuciones:
va con indicaciones de los asuntos a tratarse. disposiciones del art. 45 de esta carta orgánica,
padrón electoral correspondiente, en materia
de bajas y a las previsiones de los arts. 40 y 41 I. Designar sus autoridades en una Mesa En ambos casos, la convocatoria deberá ha- e) Dar cuenta del estado económico del Partido,
de la ley 9572 en la materia.
compuesta por Presidente, Vicepresidente y cerse con 7 días corridos de anticipación como toda vez que lo exija otra autoridad partidaria o
Secretario.
mínimo, salvo situaciones de urgencia debida- alguna dependencia judicial y/o administrativa
TITULO IV - DE LOS ORGANISMOS
mente ponderadas.
con competencia para ello,
PARTIDARIOS
II. Crear su propio reglamento de funciona-
miento y juzgar sobre la legitimidad de sus La citación podrá efectuarse utilizando todos f) elevar en término a los organismos de con-
Sección I
miembros;
los medios que las nuevas tecnologías ponen a trol la información requerida por la ley 9572
disposición para agilizar e inmediatizar las comu- conforme el art. 53 inciso 2) de la ley orgánica
Organismos Resolutivos
III. Aprobación y/o modificación de la Decla- nicaciones; inclusive las publicaciones en el sitio de partidos políticos.- El PROTESORERO sólo
ración de Principios y de las Bases de Acción web oficial del partido y el correo electrónico.- actuará en ausencia, enfermedad o vacancia de
Capítulo I
Política del Partido Solidario.
la persona que revista el cargo de TESORERO.-
Para la aprobación de los Estados Contables
Del gobierno del Partido
IV. Controlar el correcto funcionamiento de la Anuales del Partido, se convocará una sesión Artículo 29º.- La Junta Ejecutiva es el órgano
Junta Ejecutiva sin perjuicio de su autonomía; especial dentro de los 60 (sesenta) días corri- de ejecución del Partido. Funciona con quórum
Artículo 11º.- El gobierno del Partido Solidario
dos contados desde la fecha de cierre del ejer- de la mitad más uno de sus miembros y adopta
será ejercido por: La Asamblea General la Junta V. Resolver el Orden del Día de cada convoca- cicio, en cuyas citaciones se remitirá copia de la sus decisiones por simple mayoría, salvo los
Ejecutiva Son órganos de contralor: el Tribunal toria y los temas puestos a su consideración
casos en los que se establezca en esta Carta documentación a tratar, así como el respectivo
de Conducta, la Comisión Revisora de Cuentas por las demás autoridades partidarias;
orden del día. La fecha de dicha sesión especial una mayoría especial.
la Junta Electoral.
podrá coincidir con la realización de la sesión
VI. Formular y aprobar la plataforma electoral anual ordinaria o con otra sesión extraordinaria Artículo 30º.- Serán funciones de la Junta Eje-
Artículo 12º.- Para integrar los órganos de go- que sostendrá el partido en las elecciones a las que se hubiere convocado.
cutiva las siguientes: Conducir orgánica y políti-
bierno del partido se requiere tener 18 años que concurra,
camente el Partido haciendo cumplir esta Carta
de edad al menos y un año de antigüedad en
Orgánica, Confeccionar y elevar a la Asamblea, Artículo 23º.- Las sesiones de la Asamblea
la afiliación. Este último requisito no se exigirá VII. Resolver sobre posibles alianzas electora- serán públicas, salvo disposición en contrario, las modificaciones de la Declaración de Prin-
para la primera constitución, siendo suficiente les y la integración de las listas de candidatos para lo cual será necesario el voto de los dos cipios y/o de las Bases de Acción Política y/o
con estar afiliado.-
que dichas alianzas presentarán atendiendo al tercios del quórum.
de la presente Carta Orgánica, Disponer el
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cumplimiento de las resoluciones adoptadas temporaria de la afiliación, separación del cargo Artículo 42º.- En ocasión de la convocatoria a TITULO VI - DEL REGIMEN ELECTORAL
por los organismos partidarios, Designar ase- partidario, desafiliación, expulsión.
elecciones PASO previstas en la ley 26.571, la
sores de todo tipo y disponer la formación de
composición de la Junta Electoral se integrará
Sección I
comisiones especiales, Designar personas o El proceso se sustanciará respetando el de- adicionalmente con un representante de cada
comisiones que representarán al Partido dentro recho a ser oído del afiliado previa elevación lista que se oficialice.
Disposiciones preelectorales
o fuera del ámbito de su actuación, administrar de los antecedentes por parte del Tribunal de
y régimen electoral
los bienes y recursos del Partido.
Conducta distrital y los fundamentos de la ape- La Junta Electoral controlará el estricto cum-
lación del afiliado; otorgándole un plazo no me- plimiento de los recaudos establecidos en la Artículo 47º.- Fecha de convocatoria. Toda elec-
Decide sobre su aplicación conforme al Esta- nor a 10 días para que presente su descargo así ley 26571, su legislación modificatoria y com- ción interna deberá convocarse con una anticipa-
do Contable aprobado por la Asamblea; fijar como las pruebas que funden el mismo. Luego plementaria. Las listas de precandidatos se ción no mayor a 180 (ciento ochenta) a la fecha
la cuota voluntaria mensual de los afiliados; de recibido el descargo o pasado el plazo para deben presentar ante la Junta Electoral de cada del acto electoral, indicándose los cargos a elegir.
decidir sobre las solicitudes de afiliación, repre- responder, sin que el afiliado hubiera opuesto agrupación hasta 50 (cincuenta) días antes de
sentar al partido ante otras instituciones, ne- defensa alguna; el Tribunal resolverá la cuestión la elección primaria para su oficialización.
Artículo 48º.- Procedimiento previo a la elec-
gociar sobre alianzas y establecer estrategias y dicha resolución le será notificada al afiliado
ción. Dentro de los 60 (sesenta) días contados
políticas, confeccionar y custodiar los Libros dentro de los 5 días hábiles de emitida a fin de Las listas deben cumplir con los siguientes desde la fecha de la convocatoria, se procederá
y documentos del Partido, tales como libros que ejerza el derecho de pedir su revisión ante requisitos: Número de precandidatos igual al a confeccionar y exhibir los padrones proviso-
contables, padrones y otros exigidos legalmen- la justicia federal con competencia electoral.- número de cargos titulares y suplentes a se- rios de afiliados en los locales partidarios, a fin
te, llevar la contabilidad e informar sobre sus Estas sanciones podrán ser apeladas ante el leccionar, respetando el porcentaje mínimo de de que se puedan formular las impugnaciones
resultados produciendo la memoria y balance Tribunal de Conducta del PSOL Nacional por precandidatos de cada sexo de conformidad que pudieran corresponder.
de la gestión para la aprobación por parte de escrito dentro de los 10 días hábiles de notifica- con lo dispuesto por la Ley 24.012 y su decre-
la Asamblea, planificar la campaña electoral da al afiliado y su resolución será revisable en to reglamentario. Nómina de precandidatos a.- Las impugnaciones podrán ser efectuadas
y coordinar las tareas de prensa y publicidad, sede judicial con competencia electoral.-
acompañada de constancia de aceptación de por cualquier afiliado durante un plazo de 10 días
informar sobre sus actividades en cada reunión
la postulación suscritas por el precandidato, corridos contados desde la fecha de exhibición
de la Asamblea y/o ante un requerimiento de la Artículo 36º.- La suspensión hará perder al indicación de domicilio, número de documento de los padrones provisorios. Deberán ser hechas
misma, designar y revocar las designaciones de afiliado todos los derechos por el término que nacional de identidad, libreta de enrolamiento por escrito o por mail a los integrantes de la Junta
los apoderados partidarios que representan al dure la sanción. En todos los casos se deberá o libreta cívica, y declaración jurada de reunir Electoral, debiendo ser fundadas y/o acreditadas.
partido, incluso ante las autoridades judiciales asegurar las máximas garantías para que el afi- los requisitos constitucionales y legales perti-
y/o administrativas de los distintos distritos liado pueda ejercer plenamente la defensa de nentes; Designación de apoderado y respon- b.- Las impugnaciones deberán ser analizadas
electorales; pudiendo ser designados los apo- sus derechos y se sustanciará por escrito. sable económico financiero de lista, a los fines y resueltas por la Junta Electoral en un plazo no
derados nacionales como veedores para la ac-
establecidos en la Ley de Financiamiento de mayor a 5 días hábiles a partir del vencimiento
ción conjunta con los apoderados partidarios Artículo 37º.- El Tribunal de Conducta dictará Partidos Políticos, y constitución de domicilio del plazo para deducir impugnaciones.
de cualquiera de los distritos ante situaciones resolución motivada, aplicando la sanción que especial en la ciudad de asiento de la Junta
que así lo ameriten, convocar a elecciones corresponda, la que deberá ser notificada en Electoral de la agrupación; Denominación de c.- Una vez resueltas todas las impugnaciones
partidarias internas para la elección de autori- forma fehaciente al afiliado imputado dentro de la lista, mediante color y/o nombre que no po- presentadas en término, se procederá a la con-
dades partidarias y precandidatos o candidatos los 5 días hábiles de la fecha de su dictado. drá contener el nombre de personas vivas, de fección y exhibición de los padrones definitivos,
–según se trate- a cargos electivos en la forma
agrupaciones políticas, ni de los partidos que los que serán ordenados por sección electoral y
determinada por la presente carta Orgánica y
Capítulo II - De la Comisión
la integraren; Avales establecidos en el Artículo divididos en fracciones de 100 afiliados, con los
en la normativa electoral vigente y aplicable.
Revisora de Cuentas
21 de la ley 26.571; Declaración jurada de todos que se constituirá cada mesa receptora de votos.-
los precandidatos de cada lista, comprome-
Esta disposición no será de aplicación en el Artículo 38º.- La Comisión Revisora de Cuentas tiéndose a respetar la plataforma electoral de d.- En caso que una elección interna hubiere caso que el distrito hubiera adherido expresa- estará integrado por 3 miembros titulares y 3 la lista; Plataforma programática y declaración sido convocada con menos de 90 (noventa) a la mente a la Ley de Elecciones Primarias, Abier- miembros suplentes elegidos por el voto se- del medio por el cual la difundirán. Las listas fecha del acto eleccionario, la Junta Electoral es- tas, Simultaneas y Obligatorias; convocar a la creto y directo de los afiliados inscriptos en el podrán presentar copia de la documentación tablecerá un cronograma electoral acotado que Asamblea General; Definir, aprobar y coordinar padrón electoral del partido y durarán 2 años en descrita anteriormente ante la Justicia Electoral garantice la publicidad de las etapas y la parti- los distintos programas de capacitación de sus cargos, pudiendo ser reelectos.-
cipación y la libre concurrencia de los afiliados. cuadros partidarios así como sus contenidos,
TITULO V - DEL PATRIMONIO DEL PARTIDO
en los distintos ámbitos de actuación del Par- Corresponderán dos cargos titulares y dos su-
Artículo 49º.- Presentación de listas.- Las per- tido. Designar a los Responsables Económicos plentes a la lista que obtenga la mayoría y un cargo
Artículo 43º.- El patrimonio del partido podrá in- sonas que deseen intervenir en los comicios de campaña, Regular todo lo atinente a finan- titular y uno suplente a la lista que hubiere obteni-
tegrarse con: el aporte voluntario de los afiliados internos, deberán presentar para su oficializa- ciamiento y gastos de campaña electoral de do la minoría, para lo cual debió haber obtenido al
que así lo decidan, los recursos correspondien- ción, listas completas de candidatos para las todos los comicios regulados en el Título VI de menos el 25 % de los votos válidos emitidos.
tes al Fondo Partidario Permanente previsto en distintas categorías de autoridades o candida- la presente Carta orgánica, siempre de acuer-
la normativa nacional aplicable y los provenien- tos o precandidatos a elegir. do a las normas que resulten aplicables en la Si no alcanzare ese porcentaje la Comisión se
tes de las previsiones de la ley 9839 modifica- jurisdicción nacional, distrital y/o comunal y integrará con todos los miembros propuestos
toria de la ley 9572 y/o cualquier otra normativa a.- Los pedidos de oficialización de listas debe- aplicando criterios de equidad y transparencia- por la mayoría.
que en el futuro la sustituya; las donaciones o rán estar avalados por una cantidad de afiliados
legados que no encuadren en prohibiciones hábiles domiciliados en la comuna o distrito ac- Sección II
Los suplentes reemplazarán a los titulares en
legales, las recaudaciones por publicaciones y tuante, según se trate. caso de fallecimiento, renuncia o vacancia por
otras entradas extraordinarias no prohibidas por Organismos de Control
cualquier causa.
las disposiciones legales vigentes.
b- Las listas deberán especificar el cargo a la can-
Capítulo I - Tribunal de Conducta
didatura y el número de orden en que se proponen.- Artículo 39º.- Son funciones de la Comisión Re-
El aporte obligatorio del 5 % del total de las visora de Cuentas las siguientes: examinar las
remuneraciones percibidas por los afiliados c.- El plazo para la oficialización de listas vencerá Artículo 31º.- El Tribunal de Conducta estará cuentas de percepción, gastos e inversión de
que ocupen cargos electivos o ejecutivos hasta no menos de 20 (veinte) días antes del comicio.- constituido por 3 miembros titulares y 3 suplen- los recursos partidarios, efectuar el control de
el rango de Director o Categoría equivalente y tes elegidos a simple pluralidad de sufragios gestión de la ejecución del Presupuesto, elevar
también a los afiliados que desempeñen fun- por sistema de lista completa mediante el voto
d.- La Junta Electoral exhibirá las listas que le un informe anual a la Asamblea, certificar el
ciones públicas así categorizadas en entidades hayan sido presentadas para su oficialización directo de los afiliados en la forma determinada estado anual del patrimonio y la cuenta de in-
autónomas, autárquicas u otras en tanto deri- por un lapso que no podrá ser menor a 15 (quin- por esta Carga Orgánica. Corresponderán dos gresos y egresos del partido previo a su entrega
ven de designaciones vinculadas a la actividad ce) días previos a la realización del comicio. cargos titulares y dos suplentes a la lista que en los plazos legales a la autoridad judicial na-
política. Toda contribución, rifa, colecta, bonos, obtenga la mayoría y un cargo titular y uno su- cional y provincial competentes.
etc. que no estuviera prohibida por la ley.- plente a la lista que hubiere obtenido la minoría,
e.- Las impugnaciones que se produjeron de-
para lo cual debió haber obtenido al menos el
berán ser analizadas y resueltas por la Junta Capítulo III - Junta Electoral
Artículo 44º: EJERCICIO ANUAL: El ejercicio Electoral en un plazo no menor a 3 corridos de 25 % de los votos válidos emitidos.
anual se cerrará el 31 de Diciembre de cada año.– vencido el respectivo término. Artículo 40º.- La Junta Electoral estará compues-
Si no alcanzare ese porcentaje el Tribunal se ta por 3 miembros titulares y 3 miembros suplen-
integrará con todos los miembros propuestos tes elegidos por el voto secreto y directo de los Artículo 45º.- Los fondos del Partido deberán de- f.- Cumplidos los plazos previstos, la Junta
por la mayoría. Los suplentes reemplazarán a
positarse en una única cuenta corriente bancaria Electoral procederá a la oficialización de las afiliados inscriptos en el padrón electoral del Par-
los titulares en caso de fallecimiento, renuncia
que se abrirá en el Banco de la Nación Argentina listas, comunicando dicha decisión a todas las tido y durarán 2 años en sus funciones.- Corres-
listas involucradas o vacancia por cualquier causa.
ponderán dos cargos titulares y dos suplentes a a nombre del PARTIDO SOLIDARIO y a la orden
la lista que obtenga la mayoría y un cargo titular y conjunta o indistinta de hasta cuatro miembros
Artículo 32º.- Para ser miembro del Tribunal de uno suplente a la lista que hubiere obtenido la mi- del partido, de los cuales 2 (dos) deberán ser g.- Las campañas electorales para los comicios
Conducta son necesarios los mismos requisi- noría, para lo cual debió haber obtenido al menos el Presiente y el Tesorero o sus equivalentes, internos comenzará no menos de 15 días corri-
tos que para ser miembro de la Junta Ejecutiva
debiendo uno de ellos necesariamente deberá dos antes de la fecha de la elección interna y fina- el 25 % de los votos válidos emitidos.
suscribir los libramientos que se efectúen.
lizará 48 horas hábiles previas a su realización.- y durarán 2 años en sus funciones.-
Si no alcanzare ese porcentaje la Junta se integrará
Artículo 33º.- La primer reunión del Tribunal con todos los miembros propuestos por la mayoría. Artículo 46º.- La contabilidad será llevada con- Todos los plazos expresados son los mínimos
será a los 5 días hábiles de efectuada la primer
forme las normas profesionales vigentes y en la necesarios para garantizar la transparencia y
Asamblea. En la primer reunión deberán elegir Los suplentes reemplazarán a los titulares en
participación de los afiliados en los procesos forma que prescribe la ley Orgánica de Partidos
entre ellos quien detentará los cargos de Presi-
electorales internos, pudiendo fijarse plazos caso de fallecimiento, renuncia o vacancia por Políticos y la Ley de Financiamiento Partidario y
dente, Vicepresidente y Secretario y dictar su cualquier causa.
las normas del capítulo 4 de la ley 9572 de par- mayores si el lapso entre la convocatoria y la
reglamento interno de funcionamiento.
tidos políticos de la provincia de Córdoba; así celebración del comicio así lo permitiese.
Artículo 41º.- La Junta Electoral tendrá a su car- como las normas que la reemplacen en el futuro.
Artículo 34º.- EL quórum necesario para sesio- go todas las tareas que se relacionen con los Se certificará por Contador Público Nacional y Artículo 50º.- Publicidad.- La Junta Electoral
nar será de 2 miembros.–
publicará el cronograma electoral con la debida actos electorales internos a celebrarse en los se entregará en los plazos legales a la autori-
distritos, realizando tareas de asesoramiento, dad judicial competente, previa intervención de anticipación, con indicación precisa de los pla-
Artículo 35º.- El Tribunal de Conducta deberá veeduría o control, en los siguientes temas: trá- la Comisión Revisora de Cuentas. Los estados zos que se le asignen a cada etapa del proceso
entender en todos los asuntos relacionados a mites de afiliación, dirección y control de todo contables serán informados en las oportunidades y de sus respectivos vencimientos en cada caso.
la conducta partidaria de los afiliados, tanto por acto eleccionario, ordenamiento, clasificación que legalmente correspondan y serán asimismo Este cronograma y los lugares habilitados para
la violación de los principios partidarios como y distribución de padrones, organización de publicados en el sitio web partidario y publicitada la votación serán dados a conocer a todos los
de las disposiciones de la presente Carta Or-
Distritos y/o municipios de la provincia de Córdo- comicios, estudio y resolución de protestas e su confección y presentación a la justicia electo-
gánica o de las resoluciones de los organismos impugnaciones, fiscalización de elecciones y ral. También serán publicados en el Boletín Oficial ba y publicados además por una vez en un diario
partidarios y las sanciones que podrá imponer escrutinios, aprobación de elecciones, procla- de la Provincia de Córdoba según los prescripto de circulación masiva en todo el territorio de la
son las siguientes: amonestación, suspensión mación de candidatos electos.
por la ley 9572.-
provincia de Córdoba y en el sitio web partidario.
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Jueves 7 de mayo de 2015
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.124
Artículo 51º.- Lista Única.- En las elecciones inter- hombres o dos mujeres. Las listas de candidatos exigidos por la Constitución Nacional, la Consti- ción de la lista de candidatos que presentará dicha
nas en las que se haya oficializado una sola lista para la Asamblea General y la Junta Ejecutiva no tución de la Provincia de Córdoba, la legislación Alianza en el correspondiente proceso electoral.
de candidatos para determinada categoría o to- pueden incluir a tres personas de un mismo sexo municipal y la relativa a la organización comunal
cuando correspondiere. Será considerada inváli- das, se podrá prescindir del voto de los afiliados, en orden consecutivo, y las listas de candidatos
TLTULO VII – CADUCIDAD Y
procediendo la Junta Electoral a la proclamación para el Tribunal de Conducta, la Comisión Revisora da la elección interna en la que no hubiera votado
EXTINCIÓN DEL PARTIDO
de las mismas luego de someterlas al análisis de la de Cuentas, no pueden incluir a dos personas de válidamente al menos el 10 % de los afiliados in-
composición de la lista, el cumplimiento de la nor- un mismo sexo en orden consecutivo.
cluídos en el padrón electoral partidario a la fecha Artículo 63º.- La caducidad del Partido se produ-
mativa relacionada al cupo femenino, la calidad
de la convocatoria de la elección.
cirá por las causales legales previstas en el orde-
de afiliado al partido de todos sus integrantes, así Artículo 55º.- Escrutinio.- El escrutinio lo llevará
namiento e impactará en su personalidad política,
como la inexistencia de sanciones disciplinarias. a cabo la Junta Electoral partidaria. La lista que Artículo 58º.- La Junta Ejecutiva resolverá por ma- subsistiendo la personalidad jurídica. La extinción
obtenga el mayor número de votos se adjudica- yoría simple la incorporación o no –y en su caso el del Partido pondrá fin a la existencia legal del par-
Sección II
rá los dos tercios de los cargos en disputa. El porcentaje- de candidatos extrapartidarios en las tido y producirá su disolución definitiva.
tercio restante corresponderá a la lista que siga listas que el Partido Solidario presente por sí o en
Elección de Cargos partidarios
en la cantidad de sufragios obtenida, en tanto alianza; tomando en consideración las inhabilida- Artículo 64º.- El Partido Solidario sólo se extingui-
esta obtenga al menos el 25% (veinticinco por des que la ley 26571 estableció al respecto.
rá, además de las causas previstas por la norma-
Artículo 52º. Convocatoria. La convocatoria a ciento) de los votos emitidos.
tiva aplicable, por la voluntad de sus afiliados que
elecciones internas para la renovación de auto-
deberá expresarse por la Asamblea del Partido Artículo 59º.- En cumplimiento de los términos de
ridades partidarias y/o para la elección de dele-
Sección III
mediante decisiones unánimes de sus miembros los arts. 32, 33 y 35 de la ley 26571, la Junta Eje-
gados a la Asamblea Nacional es competencia
cutiva resolverá la distribución de los aportes pú-
de la Junta Ejecutiva y deberá informarla a la
ELECCIONES PASO
Artículo 65º.- Resuelta la extinción de la persona- blicos para campaña y para impresión de boletas
autoridad judicial y electoral correspondiente así
lidad jurídica del Partido Solidario, la Asamblea en partes iguales entre las listas de precandidatos
como también publicada en el sitio web del parti- Elección de candidatos a cargos electivos
en sesión extraordinaria, deberá resolver además que se oficialicen ante la Junta Electoral distrital.
do. Dicha convocatoria deberá efectuarse dentro
acerca del pago de los compromisos que pudie- Con el mismo criterio de equidad e igualdad, serán
de los 60 días de la fecha de finalización de los Artículo 56º. Forma de elección de los candidatos distribuídos entre las listas que resulten oficializa- ran estar pendientes de titularidad del Partido y el
mandatos que deban ser reemplazados; y será del Partido. El Partido Solidario Distrito Córdoba. das ante la Junta Electoral Distrital, los espacios remanente existente en la cuenta bancaria única
efectuada de conformidad a las restantes dispo- puede postular precandidatos en la convocatoria
y los bienes inmuebles y muebles registrables de de publicidad electoral que le fueran asignados al
siciones previstas en la Sección precedente. a las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas
titularidad del Partido que existiesen a esa fecha, Partido Solidario en virtud de las disposiciones de
y Obligatorias previstas en la ley 26571 y para las
serán transferidos al Centro de Estudios y Partici- la ley 26571. Se aplicarán los mismos criterios y las
Artículo 53º.- Avales.- Las listas de candidatos que Elecciones Internas Abiertas, Simultaneas y Obli-
pación del Partido Solidario (CEPPSOL) disposiciones que sobre el particular tenga vigen-
deseen presentarse para participar en la elección gatorias de conformidad a lo previsto en el art. 58 tes la provincia en cuanto a los fondos públicos de
interna deben estar avaladas por no menos del de la ley 9572 y complementarias. Si el Partido origen provincial y/o municipal.
TITULO VIII - DISPOSICIONES TRANSITORIAS
4% de los afiliados al partido, con un máximo de Solidario no se presenta en alianza o confede-
doscientos afiliados. La presentación de dichos ración en las PASO y sus electores afiliados de-
Artículo 60º.- En el caso de las Elecciones Pri- Artículo 66º.- Las autoridades elegidas bajo las
avales deberá efectuarse ante la Junta Electoral seen participar con una lista propia en la elección
disposiciones de la anterior carta orgánica con- marias Abiertas Simultaneas y Obligatorias; los
en la forma y plazos que dicho órgano disponga.- interna deberán inscribir ante la Junta Electoral
tinuarán en sus cargos hasta el vencimiento de candidatos electos serán los que resulten de la la lista de precandidatos propuesta cumpliendo
sus mandatos. La presente carta orgánica será contienda entre las listas internas que se hubie-
Artículo 54º.- Cupo femenino. En la elección perió- con los siguientes requisitos:
de aplicación a partir de la primer elección de au- ren presentado dentro del Partido Solidario.
dica de autoridades partidarias y en la conforma-
toridades que hubiere que celebrar en el distrito.
ción de los órganos de gobierno partidario, deberá a.- conformidad de los integrantes,
Artículo 61º.- Los candidatos a los restantes car- asegurarse un porcentaje mínimo del treinta por
En tal caso, el mandato de las primeras autoridades
gos públicos electivos provinciales, que resulten ciento (30%) de representación femenina. Todas b.- designación de un apoderado y constitución
que resulten electas una vez entrada en vigencia
electos en los comicios internos; serán los únicos las listas de candidatos a cargos partidarios y a de domicilio a todos los efectos de la elección y
esta carta orgánica, tendrá una duración irregular
cargos electivos nacionales, (tanto titulares como
que podrán participar en nombre del Partido Soli-
por cuanto su mandato se extenderá hasta el 30 de
c.- el aval mínimo de 300 afiliados de al menos dario -en forma individual o integrando una alianza suplentes) deberán estar integradas por mujeres,
abril del segundo año de mandato. Los mandatos
electoral transitoria- en la respectiva elección. en un mínimo del treinta por ciento (30%) de los 3 secciones electorales del distrito.
subsiguientes durarán 2 años, trasladándose su
candidatos a los cargos a elegir y en proporciones
vencimiento habitual a los meses de abril.-
con posibilidad de resultar electas. Para el caso de Artículo 57º.- Para ser candidato a los cargos pre- Artículo 62º.- Sin perjuicio de lo expuesto en el art
cargos electivos provinciales según ley 8901 que vistos en el artículo anterior deben estar incluidos 61 precedente, y para el caso que la Asamblea
Dr. Ricardo Bustos Fierro, Juez Federal con
dicta sobre la participación equivalente de género, en los registros partidarios de afiliados y tener una resuelva la integración de una alianza electoral
Competencia Electoral.
antigüedad mínima y continuada de 1 año de- transitoria, los candidatos electos deberán poner los mismos deberán estar integrados 50% alterna-
dos (1 hombre, 1 mujer), no pueden ir seguidos dos biendo obviamente también reunir los requisitos a disposición su lugar para la eventual conforma-
e. 07/05/2015 Nº 32574/15 v. 07/05/2015