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N° 32737/15 Aviso del Boletín Oficial

b. Los realizados por personas físicas no po

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 8 de mayo de 2015

Texto del aviso

b. Los realizados por personas físicas no po-

FRENTE H.A.C.E.R. POR EL PROGRESO SOCIAL drán ser superiores al monto equivalente al

Artículo 40: La Escuela Superior de Conduc-

0,5% (cero cinco por ciento) del total de gastos

ción Política es un órgano del Partido, depende

Distrito Buenos Aires permitidos.

directamente de la Junta de Gobierno, la cual

designa y remueve a sus autoridades.

El Juzgado Federal con competencia electoral en el Distrito de la Provincia de Buenos Aires, Título 8 Elecciones Internas y

a cargo del Juez Federal Subrogante Doctor Laureano Alberto Durán, hace saber en cumpli- Participación Popular

Artículo 41: Todas las actividades de la Escuela

mento de lo establecido en el artículo 63 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos 23.298,

Superior de Conducción Política, son gratuitas

que en los autos caratulados Partido “Frente H.A.C.E.R. Por el Progreso Social” S/ Recono- Artículo 48: El presente título se aplicará a las y de libre acceso para los afiliados y adherentes

cimiento Fusión – “Movimiento H.A.C.E.R por Buenos Aires - Partido Progreso Social”, Expte. elecciones internas para elegir candidatos a del Partido.

Letra “P”, N° 215, Año 2013, que tramitan ante sus estrados, se ha dictado la resolución que a cargos públicos electivos nacionales y de la

continuación se transcribe. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo Artículo 42: Todas las actividades de la Escue-

En La Plata, a los 5 días del mes de mayo de 2015. de aplicación supletoria el Código Nacional la Superior de Conducción Política deben ser

Electoral y el Código Electoral de la Ciudad Dra. Liliana Lucía Adamo, Prosecretaria Electoral Nacional.

aprobadas previamente a su realización, por la

Autónoma de Buenos Aires, la Ley Orgánica Junta de Gobierno.

//Plata, 30 de abril de 2015. de los Partido Políticos, y la ley 26.571 Ley de

Democratización de la Representación Política,

Artículo 43: Son sus funciones:

la Transparencia y la Equidad Electoral.

AUTOS Y VISTO: Para resolver sobre el reconocimiento y registro del logo partidario peticionado y,

a. Realizar un informe anual que contiene el

CONSIDERANDO: Artículo 49: El mecanismo para elegir cargos análisis político de la situación partidaria, el

públicos, será mediante la implementación de funcionamiento interno del Partido en general y

elecciones internas, de no haber una sola lista I) Que a fs. 658 se presentan los señores Fernando Machado y Patricio C. Golar en el carácter de

de cada una de sus áreas y órganos en particu-

conformada, la cual será proclamada electa por apoderados del partido “Frente H.A.C.E.R. por el Progreso Social” solicitando el reconocimiento

lar; el cual elevará a la Asamblea de Distrito, a

la Junta Electoral.

y registro del Logo partidario acompañado a fs. 641, aprobado por el Consejo del Partido el 29 de

la Junta de Gobierno y al Defensor General del

noviembre de 2014, Acta obrante a fs. 640.

Afiliado y el Adherente.

Artículo 50: Las elecciones internas para elegir

precandidatos a cargos electivos y/o ejecutivos II) Que a fs. 659 se ordena como trámite previo, atento lo dispuesto por la Acordada 81/90 de b. Realizar un informe que elevará a la Asam-

deberán ser convocadas con 90 (noventa) días la Excma. Cámara Nacional Electoral, librar oficio al Registro Nacional de los partidos Políticos blea de Distrito, conteniendo los requisitos que

de anticipación a la oficialización de las listas solicitando se informe si en algún otro distrito existe un partido político reconocido o en formación considere, en ese momento, necesarios para

con un símbolo o logo de iguales características, obrando a fs. 666 copia del oficio y a fs. 673 el de la elección primaria obligatoria. un desempeño idóneo de la función, y los po-

recibido en respuesta. sibles candidatos con motivo de la elección del

El término para oficializar precandidatos será Defensor General del Afiliado y el Adherente.

de 20 (veinte) días anteriores a la elección pri- III) Que a fs. 674 atento lo informado por la Prosecretaria de Cámara se libró oficio a la Secretaría

maria obligatoria simultánea.

Electoral de Tierra del Fuego a fin de que notifique al partido de igual denominación que tiene c. A pedido de los representantes electos del

registrado el mismo logo la pretensión del partido de autos, obrando a fs. 683/685 y 688 las Partido, ya sea a nivel nacional o distrital, reali-

constancias de la diligencia practicada. Las elecciones para cargos partidarios podrán zará informes, proyectos y prestará asistencia.

coincidir o no con las elecciones para cargos

legislativos y/o ejecutivos, estableciendo que IV) Que a fs. 693, atento lo que resulta del acta oportunamente presentada se dispone la pu- d. Con motivo de la realización de elecciones,

las candidaturas deberán ser oficializadas blicación por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Nación de lo decidido y el logo adoptado y prestará colaboración a la Junta Electoral en

notificar a los apoderados de los Partidos Políticos reconocidos y en formación de este distrito, cuanto a la fiscalización del proceso.

con 30 (treinta) días de anticipación al acto

a los nacionales y a las confederaciones reconocidas o inscriptas como tales y al señor Fiscal eleccionario.

Federal. e. Realizar cursos de capacitación política, de-

Artículo 51: Podrán ser precandidatos, y par- biendo contener como mínimo en sus progra-

V) Que a fs. 693 vta. obra constancia de notificación al señor Fiscal Federal; a fs. 696/793 corren mas los siguientes puntos: conducción política, ticipar en las elecciones internas, todos los

agregadas las notificaciones realizadas y a fs. 794 constancia de la publicación de edictos. oratoria, régimen electoral y de los partidos afiliados del Partido. Para cargos electivos,

políticos, análisis y profundización de la Doc- podrán postularse candidatos extrapartidarios,

si reúnen los requisitos exigidos.

VI) Que a fs. 806 se resuelve convocar a los señores apoderados de los partidos reconocidos y en trina Social de la Iglesia, análisis crítico de las

formación en este distrito, a los partidos nacionales y al señor Fiscal Federal a la audiencia del día distintas doctrinas políticas, ética política, de-

20 de abril de 2015 a los efectos de lo dispuesto por el artículo 38 de la ley 23.298, obrando a fs. recho constitucional, opinión pública, campa- Toda persona que pretenda ser precandidata

806 vta. y a fs. 815/910 las notificaciones correspondientes. ñas electorales, políticas públicas y un análisis deberá declarar bajo juramento que respetará

constante de la situación política nacional y del las bases de acción política del partido, los

rol del Partido.

principios que emergen de la Doctrina Social VII) Que a fs. 911 obra acta de realización de la audiencia, en la que el doctor Fernando Machado

de la Iglesia y los Valores Cristianos, según la en su carácter de apoderado, solicita —en virtud de haberse realizado todos los trámites que es-

fórmula que al efecto deberá redactar la prime- tablece la ley— el reconocimiento y aprobación del Logo partidario tal como fuera oportunamente f. Organizar debates internos y promover el

presentado. cumplimiento de la ética y la disciplina dentro ra asamblea electa.

del ámbito del Partido.

Artículo 52: Estarán habilitados para votar en VIII) Que a fs. 913 dictamina el señor Fiscal Federal, quien entiende que, no habiendo existido

las elecciones internas a cargos electivos, quie- ningún tipo de impugnación y estando cumplidas las exigencias legales, debe hacerse lugar al g. Difundir entre los afiliados y adherentes los

nes estén autorizados por la normativa vigente. pedido de reconocimiento y aprobación del Logo partidario. Principios, las Bases y la Doctrina del Partido,

y contribuir a su desarrollo mediante el ejercicio

de la investigación y el debate.

Artículo 53: En la elección interna, las boletas Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el señor Fiscal Federal,

contendrán cuerpos separados por cargos a

Título 6 Apoderados del Partido

elegir, tanto partidarios como electivos.

RESUELVO:

Artículo 44: La Junta de Gobierno nombrará Artículo 54: La elección de candidaturas electi- 1°) Hacer lugar a lo solicitado por los señores apoderados partidarios y en consecuencia, re-

uno o más apoderados del Partido, preferen- vas, se hará de la misma forma que las eleccio- conocer con derecho exclusivo al partido “Frente H.A.C.E.R. por el Progreso Social”, el Logo

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Viernes 8 de mayo de 2015

Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.125

partidario de fs. 641, cuyo registro se ordena por la presente resolución (art. 38 y ccdtes. de la líticas que informarán sus trabajos al Consejo d) mantener una conducta consecuente con la

ley 23.298).

Ejecutivo.

ética y los principios del Partido.

2°) Comuníquese a la Excma. Cámara Nacional Electoral (art. 39 de la ley citada).

Artículo 8º: El Partido podrá integrar confede- e) concurrir a las sesiones de los órganos de

raciones y federaciones de todo orden, realizar gobierno partidarios a los que pertenezcan.

fusiones y celebrar alianzas en el orden nacio- 3°) Ordenar la publicación por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación del presente resolutorio.

nal, provincial y municipal.

Artículo 14º: La apertura y cierre del registro de

afiliados, será determinada en cada oportuni- Regístrese y notifíquese.

dad por el Consejo Ejecutivo. El registro deberá Artículo 9º: Podrán ser afiliados los ciudadanos

de ambos sexos, con domicilio electoral en la permanecer abierto por lo menos una vez al año

Fdo. Doctor Laureano Alberto Durán.

Provincia de Córdoba, que reúnan las condicio- durante un término mínimo de sesenta días, y

nes establecidas por ley.

anunciarse tal circunstancia por lo menos, con

un mes de anticipación.

Título II

Artículo 15º: La afiliación se extingue por falle-

cimiento, renuncia, expulsión del Partido, o por Afiliados

las causales de inhabilitación sobrevivientes

previstas en la ley electoral.

Artículo 10º: Las solicitudes de afiliación se pre-

sentarán conforme las disposiciones de la ley,

Título III

de esta Carta Orgánica y de la reglamentación

que al efecto se dicte.

Gobierno del Partido

La solicitud será ante alguna autoridad partida-

Artículo 16º: Son órganos de gobierno del

ria más próxima al del domicilio del interesado,

PARTIDO UNIÓN CELESTE Y BLANCO, el

que la remitirá inmediatamente al Consejo

Congreso Provincial, el Consejo Ejecutivo, el

Ejecutivo para su consideración. La afiliación

Tribunal de Ética y Disciplina, la Junta Electoral

también puede solicitarse directamente al Con-

y la Comisión Fiscalizadora, los que estarán

sejo Ejecutivo, o por medio de los funcionarios

integrados por afiliados mayores de edad, salvo

autorizados por la ley.

en los caso en que se requiera una edad mayor

respetando le establecido en el Art 4 de la pre-

La firma del ciudadano que solicita la afiliación sente C.O. y serán elegidos por el voto secreto

será certificada en forma fehaciente por los y directo de todos los afiliados.

funcionarios autorizados por ley, por cualquier

miembro del Consejo Ejecutivo, o por los Dele- Artículo 17º: Los órganos de gobierno del Par-

gados certificadores, designados a ese fin por tido podrán darse su propio reglamento de fun-

dicho cuerpo partidario.

cionamiento. Mientras no lo hagan se regirán

por las normas temporarias reglamentarias que

Artículo 11º: La calidad de afiliado se adquiere determine el Consejo Ejecutivo.

a partir de la resolución favorable de la solicitud

por parte del Consejo Ejecutivo o automática- En las votaciones, el presidente de cada cuerpo

e. 08/05/2015 N° 32737/15 v. 08/05/2015 mente, en el caso que el Partido no la conside- tiene derecho a voto como los demás integran-