N° 33416/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 14
SECRETARÍA N° 27
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Maria
Virginia Villarroel, Secretaría Nº 27, a cargo
de la Dra. Karin F. Martín, sito en Callao 635
piso 2º de esta Capital Federal, comunica por
5 días que con fecha 27 de abril de 2015, en
los autos caratulados “DROOP S.R.L. s/ Pe-
dido de Quiebra PROMOVIDO POR ROJAS
YESICA PAOLA” (expte Nº 34489/2012), se
resolvió decretar la quiebra de DROOP S.R.L.
con CUIT Nº 30-70930495-6 haciéndole sa-
ber a este y a los terceros que deberán hacer
entrega al síndico de los bienes que posean
del fallido, así como la prohibición de realizar
pagos a la misma, los que serán ineficaces.
Se intima al deudor para que entregue al sín-
dico dentro de las 24 horas los libros de co-
mercio y demás documentación relacionada
con la contabilidad, así como también a que
dentro de las 48 horas constituya domicilio
procesal en el radio del tribunal, con aperci-
bimiento de tenerlo constituido en los estra-
dos del Juzgado. Deberá el deudor cumplir
con los requisitos a los que se refiere el art.
86 de la ley 24522 en cuanto a su remisión al
art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7
del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 15
DE JUNIO DE 2015 para que los acreedores
por causa o título anterior a la declaración de
quiebras y sus garantes, formulen al síndico
el pedido de verificación de sus créditos.
Se fijan las fechas de 11 DE AGOSTO DE
2015 y 23 DE SEPTIEMBRE DE 2015 para las
presentaciones de los informes individuales
y generales, previstos en el art. 35 y 39 de
la L.C. respectivamente, pudiendo ser ob-
servado, el último, dentro de los 10 días de
presentados art. 40 L.C. El síndico designa-
do es el contador HUGO RAUL JUAREZ con
domicilio en MARCELO T. DE ALVEAR 883
PISO 2º CABA al cual deberán concurrir los
acreedores a verificar sus créditos. El pre-
sente deberá ser publicado por el término
de 5 días sin necesidad de pago previo y sin
perjuicio de asignarse los fondos cuando los
hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.).
Buenos Aires, 6 de mayo de 2015.
Maria Virginia Villarroel, (P.A.S.), juez.
Karin F. Martin, secretaria.
e. 11/05/2015 Nº 33416/15 v. 15/05/2015