N° 32285/15 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL
PARANÁ - ENTRE RÍOS
EDICTO: por disposición de la Sra. Presidente,
Dra. Noemí Berros; se ha ordenado comunicar la
parte resolutiva en lo pertinente de fs. 154/555,
de la causa Nº: 91000973 /2003 caratulado:
“ESTEBAN, EDUARDO SEBASTIAN S/ USO DE
DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.
296)” que tramitara ante este Tribunal Oral en lo
Criminal Federal de Paraná, a los fines de la no-
tificación de Eduardo Sebastián Esteban, D.N.I.
Nº: 24.030.418, argentino, nacido en fecha 3 de
julio de 1974 en la ciudad de Buenos Aires, de
instrucción terciaria completa, soltero, comer-
ciante, hijo de Eduardo Luis Esteban y de Gra-
ciela Noemí Ditter; de acuerdo al siguiente texto
que se transcribe: “////raná, 31 de Octubre de
2014. VISTO… CONSIDERANDO… SE RESUEL-
VE: 1.- DECLARAR la extinción de la pretensión
punitiva para conocer del delito que le fuera
imputado a Eduardo Sebastián Esteban en el re-
querimiento fiscal de fs. 94/96 y vta., por causa
de su prescripción (arts. 59 inc. 3º y 62 inc. 2º del
C.P.) y en consecuencia SOBRESEER a Eduardo
Sebastián Esteban, D.N.I. Nº: 24.030.418, ar-
gentino, nacido en fecha 3 de julio de 1974 en la
ciudad de Buenos Aires, de instrucción terciaria
completa, soltero, comerciante, domiciliado
realmente en calle 25 Nº: 3100 barrio cerrado
Gonet 1 casa 24 de la localidad de Gonet, parti-
do de la Plata, pcia. De Buenos Aires, habiendo
residido anteriormente en Avda. Entre Ríos Nº:
1732 de Capital Federal, es hijo de Eduardo Luis
Esteban y de Graciela Noemí Ditter; por la su-
puesta comisión del delito de uso de documento
público adulterado que prevé y reprime el art.
296 en relación al 292 del C.P.N, en calidad de
autor.-…2.- DEJAR SIN EFECTO la rebeldía y
captura oportunamente ordenadas a fs. 142 y
vta.-…REGISTRESE, notifíquese a las partes y
al procesado, líbrense los despachos del caso,
cúmplase y, en estado, archívese. Se constituye
el Tribunal con las suscriptas por encontrarse el
Sr. Juez de Cámara, Dr. Roberto Manuel López
Arango, en uso de licencia compensatoria (art.
109 del R.J.N.). Fdo: Lilia G. Carnero– Presiden-
ta y Noemí M. Berros Juez de Cámara; Ante Mi
Beatriz Zuqui-Secretaria”.-
Lilia G. Carnero, juez.
Beatriz Zuqui, secretaria.
e. 07/05/2015 Nº 32285/15 v. 13/05/2015