N° 33416/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 14
SECRETARÍA Nº 27
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Maria
Virginia Villarroel, Secretaría Nº 27, a cargo de
la Dra. Karin F. Martín, sito en Callao 635 piso
2º de esta Capital Federal, comunica por 5 días
que con fecha 27 de abril de 2015, en los autos
caratulados “DROOP S.R.L. S/ Pedido de Quie-
bra PROMOVIDO POR ROJAS YESICA PAOLA”
(expte Nº 34489/2012), se resolvió decretar la
quiebra de DROOP S.R.L. con CUIT Nº 30-
70930495-6 haciéndole saber a este y a los
terceros que deberán hacer entrega al síndico
de los bienes que posean del fallido, así como
la prohibición de realizar pagos a la misma, los
que serán ineficaces. Se intima al deudor para
que entregue al síndico dentro de las 24 horas
los libros de comercio y demás documentación
relacionada con la contabilidad, así como tam-
bién a que dentro de las 48 horas constituya
domicilio procesal en el radio del tribunal, con
apercibimiento de tenerlo constituido en los es-
trados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir
con los requisitos a los que se refiere el art. 86
de la ley 24522 en cuanto a su remisión al art.
11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mis-
mo texto legal. Fíjase hasta el día 15 DE JUNIO
DE 2015 para que los acreedores por causa o
título anterior a la declaración de quiebras y
sus garantes, formulen al síndico el pedido de
verificación de sus créditos. Se fijan las fechas
de 11 DE AGOSTO DE 2015 y 23 DE SEPTIEM-
BRE DE 2015 para las presentaciones de los
informes individuales y generales, previstos en
el art. 35 y 39 de la L.C. respectivamente, pu-
diendo ser observado, el último, dentro de los
10 días de presentados art. 40 L.C. El síndico
designado es el contador HUGO RAUL JUA-
REZ con domicilio en MARCELO T. DE ALVEAR
883 PISO 2º CABA al cual deberán concurrir los
acreedores a verificar sus créditos. El presente
deberá ser publicado por el término de 5 días
sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de
asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89
inc. 3 L.C.).
Buenos Aires, 6 de mayo de 2015.
Maria Virginia Villarroel, (P.A.S.), juez.
Karin F. Martin, secretaria.
e. 11/05/2015 Nº 33416/15 v. 15/05/2015