N° 33416/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 14
SECRETARÍA Nº 27
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Maria
Virginia Villarroel, Secretaría Nº 27, a cargo de
la Dra. Karin F. Martín, sito en Callao 635 piso
2º de esta Capital Federal, comunica por 5 días
que con fecha 27 de abril de 2015, en los autos
caratulados “DROOP S.R.L. S/ Pedido de Quie-
bra PROMOVIDO POR ROJAS YESICA PAOLA”
(expte Nº 34489/2012), se resolvió decretar
la quiebra de DROOP S.R.L. con CUIT Nº 30-
70930495-6 haciéndole saber a este y a los
terceros que deberán hacer entrega al síndico
de los bienes que posean del fallido, así como
la prohibición de realizar pagos a la misma, los
que serán ineficaces. Se intima al deudor para
que entregue al síndico dentro de las 24 horas
los libros de comercio y demás documentación
relacionada con la contabilidad, así como tam-
bién a que dentro de las 48 horas constituya
domicilio procesal en el radio del tribunal, con
apercibimiento de tenerlo constituido en los es-
trados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir
con los requisitos a los que se refiere el art. 86
de la ley 24522 en cuanto a su remisión al art.
11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mis-
mo texto legal. Fíjase hasta el día 15 DE JUNIO
DE 2015 para que los acreedores por causa o
título anterior a la declaración de quiebras y sus
garantes, formulen al síndico el pedido de verifi-
cación de sus créditos. Se fijan las fechas de 11
DE AGOSTO DE 2015 y 23 DE SEPTIEMBRE DE
2015 para las presentaciones de los informes
individuales y generales, previstos en el art. 35
y 39 de la L.C. respectivamente, pudiendo ser
observado, el último, dentro de los 10 días de
presentados art. 40 L.C. El síndico designado es
el contador HUGO RAUL JUAREZ con domicilio
en MARCELO T. DE ALVEAR 883 PISO 2º CABA
al cual deberán concurrir los acreedores a ve-
rificar sus créditos. El presente deberá ser pu-
blicado por el término de 5 días sin necesidad
de pago previo y sin perjuicio de asignarse los
fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.).
Buenos Aires, 6 de mayo de 2015.
Maria Virginia Villarroel, (P.A.S.), juez.
Karin F. Martin, secretaria.
e. 11/05/2015 Nº 33416/15 v. 15/05/2015