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N° 66112/15 Aviso del Boletín Oficial

LA FLIA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 14 de mayo de 2015

Texto del aviso

LA FLIA S.R.L.

Se comunica que por instrumento privado otor-

gado el 19/03/2015, se constituyó la Sociedad

LA FLIA S.R.L. 1) Socios: (a) Fernando Javier

Grizzo, DNI 21.541.597, nacido el 14/08/1970,

ingeniero mecánico, casado, argentino; (b)

Sandra Paola Troncone, DNI 21.861.533, naci-

da el 7/11/1970, empresaria, casada, argenti-

na; (2) Denominación: LA FLIA S.R.L.; 3) Sede

Social: Alfredo Bufano 1815, planta baja 2,

Segunda

CABA; 4) Objeto: La sociedad tendrá por ob-

jeto desarrollar las siguientes actividades por

cuenta propia o de terceros o asociada a ter-

ceros dentro de la República Argentina y/o en

el extranjero: Inmobiliaria, mediante la compra,

venta, construcción, locación, organización,

subdivisión, remodelación, loteo, parcelamien-

to, arrendamiento, permuta, administración y

explotación bajo cualquier forma, de bienes in-

muebles, urbanos y rurales, por cualquiera de

los sistemas permitidos por las leyes; incluso

las operaciones comprendidas en las leyes y

reglamentaciones sobre propiedad horizontal.

Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad

podrá: (i) ejercer la representación de terceros,

ya se trate de personales de existencia física o

ideal, en calidad de administradora, gestora,

fideicomisaria o representante con todos los

derechos y obligaciones derivados de tales

funciones; (ii) afianzar, arrendar, comercializar,

comprar, consignar, construir, dar y tomar en

leasing, dar y tomar en locación, financiar,

gravar, hipotecar, importar, modificar, mon-

tar, permutar, prendar, refaccionar, reparar,

restaurar, revender, usufructuar, y vender lo

relacionado anteriormente; (iii) dar y tomar en

locación o arrendamiento y comodato toda

clase de bienes inmuebles, dentro o fuera del

país; (iv) dar o tomar dinero en préstamo con o

sin garantía real, con excepción de las opera-

ciones previstas en la Ley de Entidades Finan-

cieras; (v) realizar los estudios de factibilidad

de proyectos; (vi) tramitar ante instituciones fi-

nancieras nacionales o internacional, créditos

avales y participaciones para los proyectos a

desarrollar. A tales efectos, la sociedad podrá

celebrar y ejecutar, por cuenta propia, toda

clase de contratos, sean civiles o comerciales,

con entidades públicas o privadas, principales

o de garantía sobre bienes de la sociedad u

otras clases de contratos, incluyendo su par-

ticipación en concursos públicos o privados

o en cualquier contratación directamente vin-

culada al objeto social y considerada conve-

niente para el cumplimiento del mismo. Para el

cumplimiento de su objeto social, la sociedad

tendrá plena capacidad legal para adquirir de-

rechos, contraer obligaciones y llevar a cabo

todo acto que no esté prohibido por la ley o

por estos estatutos; 5) Plazo de Duración: 99

años, contados a partir de la fecha de inscrip-

ción en el Registro Público de Comercio; 6) El

capital de la Sociedad será de $ 100.000 (cien

mil pesos) y estará representado por 10.000

(diez mil) cuotas de $ 10 (diez pesos) valor

nominal cada una, con derecho a un voto por

cuota, totalmente suscriptas e integradas por

cada uno de los socios; 7) La administración,

representación legal y uso de la firma social

estarán a cargo de uno o más gerentes, so-

cios o no, en forma individual e indistinta, con

duración indefinida o plazo que establezca la

reunión de socios; 8) Gerente Titular: Fernan-

do Javier Grizzo. Gerente Suplente: Sandra

Paola Troncone. Los Sres. Grizzo y Troncone

constituyeron domicilio especial en Bufano

1815, planta baja 2, CABA; 9) El ejercicio social

cierra el 31 de diciembre de cada año; 10) La

Sociedad prescinde de órgano de fiscalización

mientras no quede comprendida en el inciso

2 del artículo 299 de la Ley 19.550 Autorizado

según instrumento privado contrato constituti-

vo de fecha 19/03/2015.

GISEL ALEJANDRA DEGIORGIO

Tº: 118 Fº: 605 C.P.A.C.F.

e. 14/05/2015 Nº 66112/15 v. 14/05/2015