W20 Argentina W20Argentina

N° 67053/15 Aviso del Boletín Oficial

DAMARFU S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 18 de mayo de 2015

Texto del aviso

DAMARFU S.A.

Nro. Correlativo: 1729790 Por acta social 13

del 28/07/2014: a) se aprobó el balance corres-

pondiente al ejercicio económico finalizado el

31/03/2014; b) Cambio de domicilio: la socie-

dad fijó nuevo domicilio legal en Echeverría

1396 CABA; c) Renovación de Autoridades: Se

decide por unanimidad fijar en tres el número

de Directores Titulares y en uno el de Direc-

tores Suplentes, designándose por el término

de 2 ejercicios, es decir, hasta la Asamblea de

Accionistas que trate los estados contables

al 31 de Marzo de 2016, como: Presidente:

Rubén Damián Fernández, CUIT 20-25024168-

3, domicilio real: Av. Directorio 1540 PB 1º Piso

C.A.B.A y especial: Echeverría 1392 CABA.

Director Titular: Adrian Alberto Vicario, CUIT

20-26411989-9 Domicilio Real: Mendoza 1731

Piso 11 Dto “B” C.A.B.A y Domicilio Especial:

Echeverría 1392 C.A.B.A, Director Titular: Her-

nán Pablo Vicario, CUIT 20-26411988-0 domi-

cilio real: Av. Rivadavia 6353 Piso 7 Dto. “D”,

CABA y especial Echeverría 1392 C.A.B.A, Di-

rector Suplente: Daniel Adrian Fernandez CUIT

20-26895338-9 Domicilio real: Cnel. Ramón L.

Falcon 1457 Piso 2 Dto B C.A.B.A, y Domicilio

especial: Echeverría 1392 C.A.B.A. d) Modifica-

ción artículo séptimo estatuto de la sociedad:

incorporación del seguro de caución conforme

Resolución 07/2005 IGJ: “Queda expresamen-

te prohibido a los directores, comprometer a

la sociedad en fiadora o avalista de terceros,

así como efectuar actos o negocios ajenos al

objeto social. El/los gerentes depositarán en la

sociedad en concepto de garantía la suma de

pesos diez mil. En cumplimiento de lo estable-

cido en la Resolución General IGJ Nº 20/2004

y su modificatoria del 21/2004,en garantía del

buen desempeño de sus funciones los socios

gerentes deberán prestar una caución de

$ 10.000 pudiendo a tal fin: 1) Depositar bonos,

títulos públicos o sumas de moneda nacional

o extranjeras en entidades financieras o cajas

de valores, a la orden de la sociedad, debiendo

las condiciones de su constitución asegurar

su indisponibilidad mientras esté pendiente el

plazo de prescripción de eventuales acciones

de responsabilidad, 2) Otorgar fianzas o avales

bancarios o seguros de caución o de responsa-

bilidad civil a favor de la Sociedad, cuyo costo

deberá ser soportados por cada gerente, en

ningún caso la garantía podrá constituirse me-

diante el ingreso directo de fondos a la caja so-

cial”. 6) Contadora Pública María Victoria Pardo

Tº 250 Fº 172 del C.P.C.E.C.A.B.A, facultada

para publicar el presente edicto, conforme lo

expuesto en las actas 10, 11, 12 y 13, descriptas

en el presente. Autorizado según instrumento

privado ACTA ASAMBLEA GENERAL de fecha

28/07/2014 Autorizado Autorizado según ins-

trumento público Esc. Nº 09124946 de fecha

28/07/2014 Reg. Nº 5378.

MARIA VICTORIA PARDO

Tº: 250 Fº: 172 C.P.C.E.C.A.B.A.

e. 18/05/2015 Nº 67053/15 v. 18/05/2015