N° 67053/15 Aviso del Boletín Oficial
DAMARFU S.A.
Texto del aviso
DAMARFU S.A.
Nro. Correlativo: 1729790 Por acta social 13
del 28/07/2014: a) se aprobó el balance corres-
pondiente al ejercicio económico finalizado el
31/03/2014; b) Cambio de domicilio: la socie-
dad fijó nuevo domicilio legal en Echeverría
1396 CABA; c) Renovación de Autoridades: Se
decide por unanimidad fijar en tres el número
de Directores Titulares y en uno el de Direc-
tores Suplentes, designándose por el término
de 2 ejercicios, es decir, hasta la Asamblea de
Accionistas que trate los estados contables
al 31 de Marzo de 2016, como: Presidente:
Rubén Damián Fernández, CUIT 20-25024168-
3, domicilio real: Av. Directorio 1540 PB 1º Piso
C.A.B.A y especial: Echeverría 1392 CABA.
Director Titular: Adrian Alberto Vicario, CUIT
20-26411989-9 Domicilio Real: Mendoza 1731
Piso 11 Dto “B” C.A.B.A y Domicilio Especial:
Echeverría 1392 C.A.B.A, Director Titular: Her-
nán Pablo Vicario, CUIT 20-26411988-0 domi-
cilio real: Av. Rivadavia 6353 Piso 7 Dto. “D”,
CABA y especial Echeverría 1392 C.A.B.A, Di-
rector Suplente: Daniel Adrian Fernandez CUIT
20-26895338-9 Domicilio real: Cnel. Ramón L.
Falcon 1457 Piso 2 Dto B C.A.B.A, y Domicilio
especial: Echeverría 1392 C.A.B.A. d) Modifica-
ción artículo séptimo estatuto de la sociedad:
incorporación del seguro de caución conforme
Resolución 07/2005 IGJ: “Queda expresamen-
te prohibido a los directores, comprometer a
la sociedad en fiadora o avalista de terceros,
así como efectuar actos o negocios ajenos al
objeto social. El/los gerentes depositarán en la
sociedad en concepto de garantía la suma de
pesos diez mil. En cumplimiento de lo estable-
cido en la Resolución General IGJ Nº 20/2004
y su modificatoria del 21/2004,en garantía del
buen desempeño de sus funciones los socios
gerentes deberán prestar una caución de
$ 10.000 pudiendo a tal fin: 1) Depositar bonos,
títulos públicos o sumas de moneda nacional
o extranjeras en entidades financieras o cajas
de valores, a la orden de la sociedad, debiendo
las condiciones de su constitución asegurar
su indisponibilidad mientras esté pendiente el
plazo de prescripción de eventuales acciones
de responsabilidad, 2) Otorgar fianzas o avales
bancarios o seguros de caución o de responsa-
bilidad civil a favor de la Sociedad, cuyo costo
deberá ser soportados por cada gerente, en
ningún caso la garantía podrá constituirse me-
diante el ingreso directo de fondos a la caja so-
cial”. 6) Contadora Pública María Victoria Pardo
Tº 250 Fº 172 del C.P.C.E.C.A.B.A, facultada
para publicar el presente edicto, conforme lo
expuesto en las actas 10, 11, 12 y 13, descriptas
en el presente. Autorizado según instrumento
privado ACTA ASAMBLEA GENERAL de fecha
28/07/2014 Autorizado Autorizado según ins-
trumento público Esc. Nº 09124946 de fecha
28/07/2014 Reg. Nº 5378.
MARIA VICTORIA PARDO
Tº: 250 Fº: 172 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 18/05/2015 Nº 67053/15 v. 18/05/2015