N° 67103/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 8
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 8
SECRETARÍA N° 16
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 8, a cargo del Dr. Javier J.
Cosentino, Secretaría Nº 16, de la Dra. María
Gabriela Dall’Asta, sito en la calle Libertad 533
Planta Baja de esta Capital, comunica por dos
días en el Boletín Oficial en autos caratulados
“Simoa S.A. s/Quiebra” (Expte. Nº 5650-09),
que el martillero Arnoldo Jorge Beider (Telf.
4982-3753 / (15) 4971-2211) venderá en públi-
ca subasta a realizarse el día 22 de junio de
2015 a las 11,15 horas, en punto, en el Salón
de la Dirección de Subastas Judiciales de la
C.S.J.N., sito en la calle Jean Jaurès 545 de
esta Ciudad, el cien por ciento de la marca
“LA CASA DEL AUDIO”, CLASE 35, Regis-
tros Marcarios 2237233 y 2237232, Tipo de
Marca: Mixta; Productos protegidos: toda
la Clase; Resoluciones vigentes del 27-6-08
Lunes 18 de mayo de 2015
bajo los números 2237233 y 2237232; dispo-
sición 715/08; fecha de vencimientos 8-7-18;
Renovaciones de marcas concedidas bajo los
Nros. 1616574 y 1632592, respectivamente.
La titularidad vigente en el Instituto Nacional
de la Propiedad Industrial (INPI) se encuentra
a nombre de Simoa SRL, y conforme a las
constancias anejadas en autos se encuentra
acreditada la titularidad de la Fallida respecto
de la marca a subastarse. El o los comprado-
res deberán abonar además la totalidad de
los impuestos propios de la venta, si estos
existieran. Condiciones de venta: De acuerdo
a las establecidas en autos, las que el Com-
prador deberá declarar que conoce y acepta
de plena conformidad al suscribir el boleto
de compraventa, al contado y mejor postor.
Base $ 1.300.000.- Seña 30%, Comisión 10%,
Arancel Acordada 10/99 y 24/00 CSJN 0,25%,
todo a cargo del comprador en el acto de la
subasta. Podrá abonarse hasta el 95% del
importe de la seña mediante cheques certifi-
cados librados sobre bancos de esta plaza,
suscriptos exclusivamente por el comprador
y/o su apoderado, y únicamente a la orden del
Banco Ciudad, debiéndose completar la dife-
rencia del 5% en dinero efectivo, al igual que
la comisión y el Arancel Acord. 10/99 y 24/00
CSJN. A la firma del boleto de compraventa
el Comprador deberá constituir domicilio le-
gal en la Capital Federal, bajo apercibimiento
de lo dispuesto por el art. 133 del CPCCN.
El saldo de precio deberá ser depositado de
conformidad con lo establecido por el art. 580
del CPCCN. Mayores informes en autos o al
martillero.
Javier Cosentino, juez.
María Gabriela Dall’Asta, secretaria.
e. 18/05/2015 Nº 67103/15 v. 19/05/2015