N° 67698/15 Aviso del Boletín Oficial
CPP COMPAÑIA PETROLERA DEL PLATA S.A.
Texto del aviso
CPP COMPAÑIA PETROLERA DEL PLATA S.A.
ESC. Nº 64 Bs As, 13-5-15 Esc. Javier E.
Magnoni Reg. 1078 CABA: Alejandro Darío
SCHNEIDER, argentino, nacido el 30/7/71,
DNI 21.957.399, con CUIT Nº 20-21957399-6,
empresario, casado, domiciliado en la calle Co-
rrientes 61 B, Libertador San Martín, Prov. de
Entre Ríos; y Omar Rubén PEREYRA, argenti-
no, nacido el 27 /10/60, DNI Nº 14.121.051, con
CUIT Nº 20-14121051-4, empresario, casado
domiciliado en la calle Yatay 287, Departamento
“3”, CABA DENOMINACION. La Sociedad se
denomina “CPP COMPAÑIA PETROLERA DEL
PLATA S.A.” DURACIÓN: La Sociedad tendrá
una duración de 99 años, a contar desde la fe-
cha de su inscripción en la IGJ. OBJETO. Tiene
por objeto la ejecución de las siguientes activi-
dades, pudiendo realizarlas por cuenta propia,
como miembro de algún contrato de colabora-
ción empresaria (artículo 367 y siguientes de la
Ley de Sociedades Comerciales), por cuenta
de terceros y/o asociada a terceros, sean estos
personas físicas o jurídicas, en el país o en el
extranjero: A) PETROLERAS: la sociedad po-
drá celebrar contratos de riesgo con el Estado
Nacional y/o sus Empresas y Organismos au-
tónomos o ser cesionaria de ellos cuando los
mismos tengan por objeto la explotación de
hidrocarburos, mediante la investigación y ase-
soramiento tecnológico, exploración geológica,
geofísica y otras técnicas concurrentes, mine-
ría del subsuelo, perforación y explotación de
yacimientos de hidrocarburos sólidos, líquidos
y gaseosos, operación y realización de obras
y servicios de reacondicionamiento, repara-
ción, profundización, represión y recuperación
secundaria de pozos, laboreo minero y tareas
afines a la industria de elaboración petroquí-
mica y cualquier otra forma de industrializa-
ción de dichos productos y sus derivados y el
transporte y comercialización, incluyendo la
importación y exportación. B) COMERCIALES:
Mediante la producción, refinación, generación,
comercialización de Energía Eléctrica, importa-
ción, exportación, transporte, compra y venta
al por mayor y al por menor, dentro y fuera de
la República, de hidrocarburos, petróleo, nafta,
querosene, aceites y demás productos deriva-
dos del petróleo, sustancias similares, gas y
energía eléctrica. Comprar, vender, importar o
exportar equipos, motores, elementos, máqui-
nas y materiales relacionados con la explota-
ción, perforación y exploración de yacimientos
de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos,
como así también las relacionadas con las acti-
vidades mineras de cualquier naturaleza y con
las actividades de la industria Energética, tales
como la generación, transporte, distribución,
transformación, transformación de electricidad
Segunda
correspondiente o no a jurisdicción nacional.
Explotación, compra y venta de patentes de
invención, marcas, diseños, modelos, proce-
sos industriales nacionales o extranjeros. C)
INDUSTRIALES: Fabricación de los materiales,
elementos, equipos, máquinas, motores e ins-
trumentos necesarios para la industria petrolera
y de Energía Eléctrica. La industrialización de
productos de las industrias petroleras, petro-
químicas, mineras y de Energía Eléctrica; ela-
boración de materiales plásticos, sintéticos y
productos químicos a tal fin. D) ELECTRICAS:
Proyectar, ejecutar, operar y montar usinas,
Centrales Eléctricas, Líneas Eléctricas, aéreas
y subterráneas, de alta, media y baja tensión
para generar, transportar, transformar, o dis-
tribuir Energía Eléctrica, líneas telefónicas y
telegráficas aéreas y subterráneas; instalacio-
nes de fuerza motriz, luz y alumbrado en esta-
blecimientos industriales, particulares, puertos,
aeropuertos, plazas, calles y caminos; electri-
ficación en el campo de carácter comercial y
agrícola, como asimismo conectarse, interco-
nectarse con sistemas de distribución locales,
departamentales, regionales, provinciales,
nacionales o similares, actuando como genera-
dor, transportista, transformador, distribuidor,
pudiendo integrarse al mercado de Energía
Mayorista y otros a crearse; todo lo anterior-
mente especificado en este acápite podrá rea-
lizarlo por sí, como miembro de algún Contrato
de Colaboración Empresaria, por terceros y/o
asociada a terceros. E) CONSTRUCCIONES:
La construcción de usinas hidro, termo y ane-
mo eléctricas, completas en todas sus partes;
obras civiles, hidráulicas y electromecánicas
sean éstas públicas o privadas, estructuras
metálicas y de hormigón armado para edificios
industriales, instalaciones de bombeo de agua,
petróleo y gas. F) TRANSPORTE: Con equipos
propios o de terceros de agua, gas y petróleo,
lubricantes y sus derivados, pudiendo armar
y arrendar buques, vagones, muelles, diques
y terraplenes, estaciones de servicio y demás
instalaciones relacionadas con los objetos
enunciados precedentemente. G) MINERAS:
Solicitar y adquirir por compra, permuta y otra
forma, permisos de explotación, exploración
de pertenencias mineras, denuncias de des-
cubrimientos, efectuar exploraciones y explo-
taciones y realizar toda clase de operaciones
mineras permitidas por el Código de la materia
y disposiciones reglamentarias vigentes. H)
DESTILERIAS Y REFINERIAS: La Construcción
y/o explotación por cuenta propia o de terceros,
de destilerías y refinerías de petróleo y toda cla-
se de aceites, naftas, lubricantes, grasas, ceras
y demás productos subproductos derivados
del petróleo y gas.- A tal fin la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir dere-
chos, contraer obligaciones y ejercer todos los
actos y contratos que no estén prohibidos por
las leyes y este Estatuto.- CAPITAL. $ 500.000
- La administración estará a cargo de un Direc-
torio integrado por el número de miembros que
fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un
máximo de diez miembros titulares, pudiendo
la asamblea elegir igual o menor número de
suplentes, los que se incorporarán al Directo-
rio por el orden de su designación. Mientras la
Sociedad prescinda de Sindicatura, la elección
por la asamblea de uno o más Directores Su-
plentes será obligatoria.- El término de su man-
dato es de 3 (Tres) ejercicios. FISCALIZACIÓN.
La Sociedad prescinde de la Sindicatura. El
ejercicio social cierra el día 30 de junio de cada
año. DIRECTORIO: Presidente Omar Rubén
PEREYRA; Director Suplente: Alejandro Darío
SCHNEIDER.- SEDE SOCIAL: La Sede Social
se fija en la calle Yatay 287, Departamento “3”,
CABA.- DOMICILIO ESPECIAL: Los directores
designados constituyen domicilio especial en la
calle Yatay 287, Departamento “3” CABA. Auto-
rizado Juan Carlos D’Aloi por Esc. 64 13/05/15
Reg. 1078 Javier E. Magnoni. Autorizado se-
gún instrumento público Esc. Nº 64 de fecha
13/05/2015 Reg. Nº 1078.
JUAN CARLOS D’ ALOI
Habilitado D.N.R.O. Nº 4034
e. 19/05/2015 Nº 67698/15 v. 19/05/2015