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N° 67483/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 6

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES martes, 19 de mayo de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 6

SECRETARÍA N° 11

El Juzgado Nacional de Primera Instancia

en lo Comercial Nº 6 Secretaría Nº 11 sito

en Av. R. S. Peña 1211 Primer piso, Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hace saber que

por ante dicho juzgado tramita el proceso

colectivo caratulado “CONSUMIDORES FI-

NANCIEROS ASOCIACION CIVIL PARA SU

DEFENSA C/ NUEVO BANCO DE ENTRE

RIOS S.A. S/ORDINARIO”, Nro. de Expe-

diente 55.168/2008, ha dispuesto el día 30

de marzo de 2015 la publicación de edictos

a fin de garantizar la adecuada notificación

de todas las personas eventualmente in-

volucradas en la referida causa colectiva.

Se hace saber a los señores clientes y ex

clientes con cuenta bancaria en la entidad

demandada, que la ONG CONSUMIDORES

FINANCIEROS ASOCIACION CIVIL PARA SU

DEFENSA le ha iniciado un juicio colectivo

con el objeto de que se devuelva a los afec-

tados que se domicilien en la Ciudad de Bue-

nos Aires aquello que se les cobró de más

en los últimos diez años en los productos

crediticios, denominados: venta o cesión de

cheques y/ o facturas de terceros por aplica-

ción de una fórmula matemática errada. Los

eventuales interesados podrán hacer uso de

su derecho de exclusión otorgada por el ci-

tado art. 54, párr. 2do. También se les hará

saber que podrán consultar el expediente

en este Juzgado de lunes a viernes de 7: 30

a 13: 30 hs, o evacuar consultas mediante

comunicación telefónica a CONSUMIDORES

FINANCIEROS ASOCIACION CIVIL PARA SU

DEFENSA, al teléfono (011) 4382 - 7250 o vía

E-mail: consumidoresfinancieros@yahoo.

com.ar de 13 a 17 horas. Los citados debe-

rán manifestar expresamente su voluntad de

no quedar afectados por el alcance de este

proceso, decisión que deberán comunicar

directamente a la accionante dentro de los

treinta (30) días de efectuada la última publi-

cación de edictos, a los efectos que resulte

posible el ejercicio de una posterior acción

individual, si es que consideran que la even-

tual solución dada al caso no resolverá ade-

cuadamente su situación particular.

Buenos Aires, 14 de Mayo de 2015.

Ernesto Tenuta, secretario.

e. 19/05/2015 Nº 67483/15 v. 20/05/2015