N° 69396/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 10
SECRETARÍA Nº 19
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor
Osvaldo Chomer, secretaría Nº 19, a cargo
del Suscripto, sito en Callao 635 P.B CABA,
comunica por cinco días que con fecha
13.05.15 se ha decretado la quiebra de GAAF
SA (Cuit. 30-70940502-7), en la cual ha sido
designado síndico el contador Juan José
Romanelli con domicilio constituido en Gan-
dara 2700. CABA, ante quien los acreedores
deberán presentar las peticiones de verifica-
ción y los títulos pertinentes justificativos de
sus créditos hasta el día 04.08.15 (L.C: 32)
en el horario de 12 a 18 hs. El informe indi-
vidual del síndico deberá presentarse el día
16.09.15, y el general el día 29.10.15 (art. 35
y 39 de la citada ley). Intímese a la fallida y a
terceros para que pongan a disposición del
síndico la totalidad de los bienes de la deu-
dora en la forma que sea más apta para que
el funcionario concursal tome inmediata y
segura posesión de los mismos. A los efectos
de la realización de bienes déjese constan-
cia que no se realizarán más citaciones que
la edictal y que se procederá a la venta en
los términos de la L.C.: 217, 1, realizándose el
patrimonio con inmediata distribución de los
fondos entre los acreedores verificados, sin
perjuicio de las reservas para los insinuados.
Decrétase la inhabilitación definitiva de la
fallida y la de sus integrantes por el plazo de
un año contado desde la fecha de la presen-
te (art. 234 a 238 de la ley 24.522). Intímese
a la fallida a que dentro de 24 hs. entregue
los libros de comercio y demás documentos
relacionados con su contabilidad al síndico.
Intímese a la fallida para que en el plazo de
cinco días cumpla con los requisitos del art.
11 inc. 7 de la ley 24.522 (conforme art. 86).
Prohíbase a los terceros hacer pagos a la
fallida, los que serán ineficaces. Intímese a
la falllida para que dentro de las 48 hs. cons-
tituya domicilio en esta jurisdicción, bajo
apercibimiento de tenerlo por constituído en
los términos de los ars. 41 y 133 del CPCCN.
Buenos Aires, 19 de mayo de 2015.
Leandro G. Sciotti, secretario.
e. 26/05/2015 Nº 69396/15 v. 01/06/2015