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N° 69396/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 10

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS martes, 26 de mayo de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 10

SECRETARÍA Nº 19

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor

Osvaldo Chomer, secretaría Nº 19, a cargo

del Suscripto, sito en Callao 635 P.B CABA,

comunica por cinco días que con fecha

13.05.15 se ha decretado la quiebra de GAAF

SA (Cuit. 30-70940502-7), en la cual ha sido

designado síndico el contador Juan José

Romanelli con domicilio constituido en Gan-

dara 2700. CABA, ante quien los acreedores

deberán presentar las peticiones de verifica-

ción y los títulos pertinentes justificativos de

sus créditos hasta el día 04.08.15 (L.C: 32)

en el horario de 12 a 18 hs. El informe indi-

vidual del síndico deberá presentarse el día

16.09.15, y el general el día 29.10.15 (art. 35

y 39 de la citada ley). Intímese a la fallida y a

terceros para que pongan a disposición del

síndico la totalidad de los bienes de la deu-

dora en la forma que sea más apta para que

el funcionario concursal tome inmediata y

segura posesión de los mismos. A los efectos

de la realización de bienes déjese constan-

cia que no se realizarán más citaciones que

la edictal y que se procederá a la venta en

los términos de la L.C.: 217, 1, realizándose el

patrimonio con inmediata distribución de los

fondos entre los acreedores verificados, sin

perjuicio de las reservas para los insinuados.

Decrétase la inhabilitación definitiva de la

fallida y la de sus integrantes por el plazo de

un año contado desde la fecha de la presen-

te (art. 234 a 238 de la ley 24.522). Intímese

a la fallida a que dentro de 24 hs. entregue

los libros de comercio y demás documentos

relacionados con su contabilidad al síndico.

Intímese a la fallida para que en el plazo de

cinco días cumpla con los requisitos del art.

11 inc. 7 de la ley 24.522 (conforme art. 86).

Prohíbase a los terceros hacer pagos a la

fallida, los que serán ineficaces. Intímese a

la falllida para que dentro de las 48 hs. cons-

tituya domicilio en esta jurisdicción, bajo

apercibimiento de tenerlo por constituído en

los términos de los ars. 41 y 133 del CPCCN.

Buenos Aires, 19 de mayo de 2015.

Leandro G. Sciotti, secretario.

e. 26/05/2015 Nº 69396/15 v. 01/06/2015