N° 69941/15 Aviso del Boletín Oficial
BRANCA REAL ESTATE ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
BRANCA REAL ESTATE ARGENTINA S.A.
Comunica que: (A) Por Acta de Directorio
Nº 35 del 13/3/15 los directores resolvieron por
unanimidad trasladar la sede social de la calle
Sarmiento 643, piso 7, CABA a la Av. Corrientes
545, piso 8º Frente, CABA; y (B) Como conse-
cuencia de la fusión por absorción celebrada
entre BRANCA REAL ESTATE ARGENTINA S.A.
y USPALLATA REAL ESTATE S.A. y de acuer-
do al Compromiso Previo de Fusión suscripto
entre las sociedades el 13/3/2015 y aprobado
por Actas de Directorio de ambas sociedades
del 13/3/2015 y Asambleas Generales Ordina-
rias y Extraordinarias Unánimes de ambas so-
ciedades del 27/3/15: BRANCA REAL ESTATE
ARGENTINA S.A. ha: modificado los siguientes
artículos de su estatuto social: (i) en relación al
objeto social: “Artículo Tercero: La Sociedad
tiene por objeto llevar a cabo actividades finan-
cieras o de inversión en sociedades, empresas
y emprendimientos de cualquier naturaleza, por
cuenta propia, o en representación de terceros
o asociada a terceros, en la República Argenti-
na o en el exterior, de acuerdo con los límites fi-
jados por las leyes y reglamentaciones vigentes
y con sujeción a las mismas: podrá constituir
sociedades o tomar participaciones en socie-
dades existentes o a crearse en la República
Argentina o en el exterior, mediante aportes,
suscripción o compra de acciones, títulos o
derechos sociales, participar en uniones tran-
sitorias de empresas, en agrupaciones de co-
laboración, joint ventures, consorcios, realizar
aportes de capital para operaciones realizadas
o a realizarse, financiamiento con exclusión de
las actividades sujetas a la ley de entidades fi-
nancieras; podrá participar en la compra, venta
y negociación de títulos, acciones y toda clase
de valores mobiliarios y papeles de crédito en
cualquiera de los sistemas o modalidades crea-
das o a crearse. La Sociedad también podrá lle-
var a cabo actividades inmobiliarias, por cuenta
propia o de terceros, o asociada a terceros, en
la República Argentina o en el exterior, median-
te la adquisición, venta, permuta, construcción,
fraccionamiento, explotación y arrendamiento
de inmuebles urbanos y rurales, incluso las
operaciones sobre propiedad horizontal y la
constitución de derechos reales, y la adminis-
tración de dichos bienes. A tal fin la Sociedad
tendrá plena capacidad jurídica para adquirir
derechos y contraer obligaciones y ejercer
todos los actos que no sean prohibidos por la
ley y este estatuto. La Sociedad también podrá
ofrecer todo tipo de garantías y avales; y otorgar
préstamos, sean estos garantizados o no, con
expresa exclusión de las operaciones previstas
en la ley de entidades financieras y toda otra
que requiera el concurso público.”; (ii) en rela-
ción al capital social: “ARTICULO CUARTO: El
capital social se fija en la suma de $ 7.020.000
(Pesos Siete Millones Veinte Mil), representado
por 7.020.000 acciones, nominativas, no endo-
sables, de valor nominal $ 1 (un peso) cada una.
El capital puede ser aumentado por decisión
de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo
de su monto conforme al artículo 188 de la ley
19.550.”; (iii) en relación a la celebración de reu-
niones de directorio de modo de incorporar su
realización por cualquier medio de transmisión
simultánea: “ARTICULO NOVENO: La adminis-
tración de la Sociedad está a cargo de un Direc-
torio compuesto del número de miembros que
fije la Asamblea, entre un mínimo de tres y un
máximo de nueve, con mandato por tres años,
que pueden ser reelectos. La Asamblea puede
designar suplentes en igual o menor número
que los titulares, por igual plazo, a fin de llenar
las vacantes que se produjeran en el orden de
su elección. Mientras la Sociedad prescinda de
la sindicatura, la elección por Asamblea de uno
o más Directores Suplentes será obligatoria.
El Directorio en su primera sesión deberá de-
signar un Presidente y un Vicepresidente; éste
último reemplaza al primero en el ejercicio de
la Presidencia en caso de vacancia producida
por ausencia, aún temporaria, renuncia, impe-
dimento o fallecimiento. El Directorio funciona
Segunda
con la presencia de la mayoría de sus miembros
y resuelve por mayoría de votos presentes. Las
reuniones de Directorio podrán celebrarse con
los miembros presentes o comunicados entre sí
por cualquier medio de transmisión simultánea
de sonido, imágenes o palabra, como telecon-
ferencia o videoconferencia a condición de que
todos los participantes puedan ser identificados
y se les permita seguir la discusión e intervenir
en tiempo real en el tratamiento de los temas
considerados. En estos casos los directores
residentes en el extranjero serán computados
a los efectos del quórum. La Asamblea fija la
remuneración del Directorio” y (iv) aprobar un
Texto ordenado del Estatuto Social. Autorizado
según instrumento privado Acta de Asamblea
de fecha 27/03/2015
FIORELLA BOZZI
Tº: 111 Fº: 473 C.P.A.C.F.
e. 27/05/2015 Nº 69941/15 v. 27/05/2015