N° 69810/15 Aviso del Boletín Oficial
men derechos patrimoniales con las salveda
Texto del aviso
men derechos patrimoniales con las salveda-
PRIMER JUZGADO DE PROCESOS
des establecidas en los artículos 132 y 133
CONCURSALES Y REGISTRO
(conforme redacción Ley 26.086) y lo estableci-
PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN
do por la CSJN en el caso “Miranda Aurora c/
MENDOZA
Pérez Luis p/D. y P., L.L.2.002-C-639); debien-
do requerirse a los tribunales competentes in-
formen sobre la existencia de estos últimos JUEZ PRIMER JUZGADO DE PROCESOS
CONCURSALES Y REGISTROS, hace saber a como así también de aquellas causas donde el
posibles interesados y acreedores que a fs. fallido es actor, a los términos de lo dispuesto
50/54 en los autos N° 1.250.261 caratulados: por los arts. 1 y 275 inc. 8 LCQ y remitan aque-
“GENERAL VEGETABLES S.A. p/QUIEBRA llos expedientes alcanzados por el fuero de
ACREEDOR” se ha resuelto lo que en fecha y atracción (arts. 21 y 132 1º párr. LCQ.) Hacer
saber a los actores de causas de conocimiento parte pertinente dice: “Mendoza, 19 de marzo
de 2015. AUTOS Y VISTOS..., CONSIDERAN- con contenido patrimonial en trámite que po-
DO.....RESUELVO: 1º) Declarar la quiebra de drán optar por su continuación o desistir y veri-
GENERAL VEGETABLES S.A. CUIT Nº 33- ficar tempestivamente. Comuníquese a los tri-
68992541-9, con domicilio en la sede de la em- bunales de la provincia mediante oficio con fir-
presa, Carril Rodríguez Peña 6800, Maipú, ma digital (Acordada 19.741 S.C.J.M.) y con
trascripción de las normas invocadas, debiendo Mendoza. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA Y EN
PAPEL SIMPLE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE aclararse en los mismos que quedan excluidos
RENTAS. (art. 26 Cód. Fiscal). 2º) Disponer la del fuero de atracción, los procesos ejecutivos
anotación de la presente declaración de quie- en los que haya recaído sentencia de remate
bra en la Inspección General de Justicia y en la (art. 243 C.P.C.) o auto mandando seguir la eje-
Suprema Corte de Justicia de la Provincia (art. cución adelante (art. 273 C.P.C.) y que no debe-
rán dictarse medidas de agresión al patrimonio 88 inc. 2 LCQ); como así también disponer la
registración de las cautelares emergentes de de la sociedad deudora. Déjese debida cons-
este proceso en el Registro Público de la Pro- tancia. Ofíciese por el Tribunal, a las Secretarías
piedad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Juzgado Federal de Mendoza, debiendo
y de la Provincia de Buenos Aires. Ofíciese en transcribirse en su totalidad la norma mencio-
papel simple y en oficio Ley 22.172 en papel nada y aclararse en los mismos que quedan
simple. 3º) Ordenar la inhibición general para excluidos del fuero de atracción, los procesos
disponer y gravar bienes registrables del fallido. ejecutivos en los que haya recaído sentencia de
Ofíciese en papel simple. Ordenar se anote la remate (art. 243 C.P.C.) o auto mandando seguir
presente declaración de quiebra en el Banco la ejecución adelante (art. 273 C.P.C.) y que no
Central de la República Argentina a fin de co- deberán dictarse medidas de agresión al patri-
municar la inhibición de la fallida para operar en monio del deudor. 10º) Ordenar se publiquen
el sistema financiero sometido a su contralor edictos por cinco días en el Boletín Oficial de la
como así también la indisponibilidad de los fon- Provincia de Mendoza y de la Ciudad Autónoma
dos que pudieran hallarse depositados en las de Buenos Aires, de conformidad con lo dis-
entidades dependientes del B.C.R.A. (art. 88 puesto por el art. 89 Ley 24.522, una vez que el
inc. 2 LCQ). Ofíciese en papel simple. 4º) Ratifi- síndico acepte el cargo. Ofíciese en papel sim-
car la Sindicatura designada en autos Nº 50.137 ple y mediante oficio Ley 22.172 en papel sim-
Estudio Sosa Miguel Ángel y Romera Ángela ple. 11º) Disponer la realización de los bienes de
Viviana, con domicilio legal en Calle Colón la fallida, asignando a tal fin al Síndico designa-
Nº 412, 1º B, de la Ciudad de Mendoza, quienes do, quien deberá proponer la forma de realiza-
deberán aceptar el cargo en el plazo perentorio ción de los bienes (art. 204 Ley 24.522). 12º)
e improrrogable de dos días de notificados Ordenar la incautación de bienes de la fallida,
(arts. 255 3º párrafo y 64 en función del art. 62 debiendo procederse a la clausura de los esta-
inc. 6 y 7 LCQ). 5º) Intimar a la fallida y a los blecimientos de la misma, de sus oficinas y su
terceros que posean bienes y documentación posterior entrega a la Sindicatura, previa des-
de aquélla para la entrega a la sindicatura den- cripción e inventario de los mismos, el que
tro de los dos días de la última publicación comprenderá sólo rubros generales, realizado
edictal. 6º) Intimar a la fallida poner sus bienes por la Sra. Oficial de Justicia del Tribunal en
a disposición del juzgado en forma apta para asocio con el síndico interviniente y en la forma
que los funcionarios puedan tomar inmediata y prevista en el art. 177 incs. 2º y 3º Ley 24.522.
segura posesión de los mismos, debiendo en- Habilítase día, hora y lugar y en caso de ser
tregar al síndico los libros de comercio y docu- necesario allanamiento de domicilio y auxilio de
mentación contable dentro de las 24 hs. 7º) la fuerza pública. 13º) Fijar el día el TRES DE
Disponer la prohibición de hacer pagos a la fa- JUNIO DE 2015 como fecha hasta la cual los
3.2. Sucesiones
JUZGADOS NACIONALES
Publicación extractada (Acordada
Se cita por tres días a partir de la fecha de primera publicación a herederos
dentro de los treinta días comparezcan a estar a derecho conforme
Juzg. Sec.
Secretario
Fecha Edicto
1 UNICA PAULA M. IMBROGNO
29/04/2015 DI NIZO
1 UNICA PAULA M. IMBROGNO
19/05/2015 SANCHEZ
2 UNICA MONICA BOBBIO
15/05/2015 JUAYA ALEGRA
3 UNICA IGNACIO OLAZABAL
23/04/2015 NILDA POUSA
6 UNICA SILVIA CANTARINI
28/04/2015 MAZOBANCIK
6 UNICA SILVIA CANTARINI
04/05/2015 RIZZI LUISA
6 UNICA SILVIA CANTARINI
15/05/2015 ACOSTA
Sección
BOLETIN
acreedores pueden presentar la solicitud de
verificación de sus créditos ante el síndico (art.
200 Ley 24.522); pudiendo, el deudor y los
acreedores que hubiesen solicitado verifica-
ción, concurrir al domicilio de sindicatura hasta
el DIECISIETE DE JUNIO DE 2015, a efectos de
revisar los legajos y formular por escrito las im-
pugnaciones y observaciones respecto de las
solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto
por el art. 35 Ley 24.522 (art. 200, 6º párrafo Ley
24.522). Intímase a sindicatura a presentar den-
tro de las cuarenta y ocho horas de vencido el
plazo del párrafo anterior copia de las impugna-
ciones recibidas para ser incorporadas al legajo
del art. 279 Ley 24.522. 14º) Fijar el día TREINTA
DE JULIO DE 2015, como fecha hasta la cual
deberá presentar el síndico los informes indivi-
duales, dictándose sentencia de verificación el
día TRECE DE AGOSTO DE 2015. 15º) Fijar el
día ONCE DE SEPTIEMBRE DE 2015, como fe-
cha hasta la cual deberá presentar el síndico el
informe general, el que estará a disposición de
los interesados a partir del día hábil siguiente,
pudiendo efectuarse observaciones hasta el
VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DE 2015, a los
fines del art. 117 LCQ. Fijar el VEINTIOCHO DE
AGOSTO DE 2015, como fecha hasta la cual los
interesados pueden observar la fecha inicial del
estado de cesación de pagos propuesta por el
síndico; (art. 117); dictándose resolución el
TRECE DE OCTUBRE DE 2015 (art. 117 LCQ).
Aclárase que los plazos establecidos en el caso
de ser declarados inhábiles, se trasladarán al
día hábil inmediato posterior. 16º) Fecho, DIS-
PONER la prohibición a los representes y admi-
nistradores de la fallida de la salir del país sin
autorización previa, hasta la presentación del
Informe General (art. 103 LCQ), a cuyo efecto
deberá oficiarse a la Dirección de Migraciones,
dependiente del Ministerio del Interior, Delega-
ción Mendoza, a la Policía Federal, Delegación
Mendoza y a la Policía de la Provincia (art. 88
inc. 8 LCQ). Líbrese, en papel simple, las comu-
nicaciones a los organismos correspondientes.
17º) EMPLAZAR A SINDICATURA, para que
denuncie el nombre de las actuales autoridades
estatutarias de la fallida. CÓPIESE. REGÍSTRE-
SE y NOTIFÍQUESE según lo establecen los
arts. 26 y 273 inc. 5 LCQ. SINDICOS: ESTUDIO
SOSA MIGUEL ÁNGEL Y ROMERA ÁNGELA
VIVIANA DOMICILIO: COLON Nº 412,1º PISO,
“B”, CIUDAD DE MENDOZA. DIAS DE ATEN-
CIÓN: LUNES, MARTES Y MIERCOLES DE
16:00 A 20:00 hs.
Lucía R. Sosa, juez.
Laura Patricia Engler, secretaria.
e. 27/05/2015 Nº 69810/15 v. 02/06/2015