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N° 105687/15 Aviso del Boletín Oficial

MONTT CASTRO S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 3 de junio de 2015

Texto del aviso

MONTT CASTRO S.R.L.

1- David Rubén Peralta, argentino, 32 años,

casado, comerciante, DNI 29.734.023, domi-

ciliado en Picaflor 982, Almirante Brown, Pro-

vincia de Buenos Aires, y Fidel Aurelio Romero,

argentino, 26 años, soltero, comerciante, DNI

34.278.388, domiciliado en Ayacucho 30, 4

piso, departamento I, CABA. 2- Instrumento

privado del 19 de mayo de 2015. 3- MONTT

CASTRO SRL. 4- Sede social sita en Lope de

Vega 1650, CABA. 5- Objeto Social: Comer-

cial: Explotación y administración de todo tipo

de negocios gastronómicos en cualquiera de

sus etapas, ya sean restaurantes, pizzerías,

confiterías, panaderías, pastelerías, bares,

parrillas, con despacho de bebidas alcohóli-

cas y sin alcohol. Organización, producción y

realización de eventos dentro y fuera de sus

locales comerciales. Elaboración, compra, im-

portación, exportación y fraccionamiento de

todo tipo de productos alimenticios, bebidas y

otros vinculados al objeto social. Otorgamien-

to y adquisición de franquicias y concesiones

para la explotación de locales gastronómicos.

Mandataria: El ejercicio de toda clase de dis-

tribuciones, representaciones comerciales,

mandatos, gestiones de negocios, comisiones

y consignaciones. Financiera: Otorgamiento

de créditos garantizados o no y toda clase de

operaciones financieras permitidas por la legis-

lación vigente, exceptuando las comprendidas

en la ley de entidades financieras u otras que

requieran el concurso público. 6- Plazo de du-

ración 99 años. 7- Capital social $ 50.000, 5.000

cuotas de $ 10 cada una. 8- Socio gerente

David Rubén Peralta, duración indeterminada,

domicilio especial Lope de Vega 1650, CABA.

9- Cierre del ejercicio 28 de febrero. Autorizado

según instrumento privado Contrato Constituti-

vo de fecha 19/05/2015.

YANINA DIAZ

Tº: 113 Fº: 587 C.P.A.C.F.

e. 03/06/2015 Nº 105687/15 v. 03/06/2015