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N° 106794/15 Aviso del Boletín Oficial

5, Secc. 4, Manz. 22 A, Parcela letra “B”, Partida JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL N° 40

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES jueves, 4 de junio de 2015

Texto del aviso

5, Secc. 4, Manz. 22 A, Parcela letra “B”, Partida JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL N° 40

SECRETARÍA ÚNICA

Municipal 1398607 - DV 8. Superficies: cubierta

79, 92 m2, semicubierta 11, 35 m2, Superficie

total 91, 27 m2, Porcentual 0, 80%. Se trata de El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

un semipiso destinado a vivienda que consta de lo Civil Nº 40, interinamente a cargo del Dr.

Horacio A. Liberti (P.A.S.), Secretaría Única de pequeño hall de entrada, balcón al frente, living

la Dra. Silvia C. Vega Collante, sito en la calle comedor, 3 dormitorios con placares (1 al frente

Uruguay 714 Piso 4º de esta Capital, comunica y 2 al contrafrente), baño, cocina, y lavadero se-

por dos días en el Boletín Oficial y en el diario micubierto separado de la cocina, con servicios

individuales, es muy luminoso, se encuentra en La Prensa, en autos “Cons. de Prop. Barrio

Simón Bolívar Monte 1714/46/64 c/López Cas- regular estado de conservación, libre de ocu-

tellano Hugo y otro s/Ejecución de Expensas” pantes. Se hallan en su interior diversos bienes

Jueves 4 de junio de 2015

muebles diseminados en los ambientes en total

desorden, los que no se encuentran incluidos

en la venta. Integra un conjunto habitacional

denominado Barrio Simón Bolívar en el barrio

Parque Chacabuco, conformado por varios

edificios de gran altura ubicados de tal manera

que en el interior de la manzana se genera una

plaza común con un jardín de acceso. Deudas:

sujetas a nuevos vencimientos y reajustes de

práctica: Aguas Argentinas SA: sin deuda al 26-

10-12 (fs. 95/6); OSN sin deuda al 6-11-12 (fs.

123); Expensas comunes al 30-4-2015 $ 47.231

por capital; expensas del mes de mayo de 2015

$ 870.- (fs. 322/3); AySA SA al 18-3-15 $ 4.429,

87 (fs. 327); GCBA al 13-3-15 $ 12.115, 37 (fs.

335/7);; Condiciones de venta: ad corpus, al

contado y mejor postor. Base $ 1.000.000.-

Seña 30%, Comisión 3%, Impuesto de Sellos

1%, Arancel Acordada 10/99 CSJN. 0, 25%,

todo en efectivo a cargo del comprador en el

acto de la subasta, quien a la firma del boleto

de compraventa deberá constituir domicilio

legal en la Capital Federal, bajo apercibimiento

de lo dispuesto por el art. 133 del CPCCN. No

procederá la compra en comisión ni la cesión

del boleto de compraventa o cualquier otro

negocio que importe sustituir al comprador en

subasta, no admitiéndose actuación alguna –en

la causa- del eventual cesionario del inmueble

subastado. El saldo de precio deberá ser de-

positado dentro de los siete días de efectuado

el remate, bajo apercibimiento de ser declarado

postor remiso (art 584 CPCC). El adquirente

deberá tomar posesión en el plazo máximo de

veinte días de abonado la totalidad del precio.

Para el caso que se planteare la nulidad del

acto, deberá depositar a embargo el saldo de

precio, bajo apercibimiento de realizar nueva

subasta, haciéndose saber que el monto será

invertido hasta tanto sea resuelta la incidencia.

De conformidad con el Plenario de la Excma.

Cámara de Apelaciones en lo Civil dictado en

los autos “Servicios Eficientes SA c/Yabra, Ro-

berto Isaac s/Ejec. Hipot.” del 18/2/99, “no co-

rresponde que el adquirente en subasta judicial

afronte las deudas que registra el inmueble por

impuestos, tasas y contribuciones, devengadas

antes de la toma de posesión, cuando el monto

obtenido en la subasta no alcanza para solven-

tarlas. No cabe una solución análoga respecto

de las expensas comunes para el caso de que

el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley

13.512”. Consecuentemente, en el caso de que

el precio obtenido no alcance a satisfacerlas,

las deudas por expensas comunes anteriores a

la toma de posesión y sus eventuales acceso-

rios deberán ser satisfechas por el adquirente.

Exhibición: 8 y 10 de junio de 2015 de 15 a 17

horas.

Buenos Aires, 3 de junio de 2015.-

Horacio A. Liberti, juez.

Silvia Vega Collante, secretaria.

e. 04/06/2015 Nº 106794/15 v. 05/06/2015