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N° 106235/15 Aviso del Boletín Oficial

obedece en principio a la normativa contenida 3242/03; 3351/04; 3431/05; 3691/06; 3790/07;

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 5 de junio de 2015

Texto del aviso

obedece en principio a la normativa contenida 3242/03; 3351/04; 3431/05; 3691/06; 3790/07;

PRO - PROPUESTA REPUBLICANA

en el citado art. 38 de la Constitución Nacional, 3998/08,; 4135/09 y 4368/10).- Asimismo, “...

al disponer que se debe dar debida publicidad Se debe tener en cuenta que los Jueces deben

Distrito San Juan

a los estados patrimoniales de los partidos, en extremar los recaudos a fin de que el control del

cuanto a los ingresos y destino de sus fondos. financiamiento partidario no se constituya en

El Juzgado Federal con Competencia Electoral Debiendo interpretarse el tema publicidad a un obstáculo insalvable, para que las agrupa-

en el Distrito San Juan, a cargo del Dr: Miguel que se refiere la disposición constitucional a ciones políticas cumplan con el rol institucional

Angel Galvez, hace saber, que en autos caratu- someter a un control efectivo, las cuentas de que les encomienda la Constitución Nacional”.

20 OFICIAL Nº 33.144

(cf. Fallos Nros. 3435/05, 3655/05; 3824/07 y

4368/10).-

Que a fs. sub 44, obra el dictamen del señor

Fiscal Federal Subrogante, en el que consigna

que el Ministerio Público que representa, esti-

ma que corresponde aprobar la rendición de

cuentas de los estados contables bajo examen,

presentados por el Partido Pro-Propuesta Re-

publicana, con la observación formulada en los

puntos 2.3 y 2.11 del dictamen.-

En consecuencia, estando acreditados en au-

tos, los recaudos exigidos por el art. 23 de la

ley 26.215 y Acordadas Nros. 58/02 y 105/08

de la Cámara Nacional Electoral, corresponde

aprobar el balance del ejercicio 2012 del partido

de marras.-

Que asimismo, a tenor de lo establecido por los

arts. 24 y 25 de la ley 26.215 y de lo dispuesto

por el Superior mediante Acordada 58/2002; a

fin de que los datos aportados por el partido

sean de público conocimiento y así de libre y

práctico acceso al electorado, corresponde la

publicación en internet por intermedio del Cen-

tro de Cómputos de Secretaría Electoral -en la

página web del Poder Judicial de la Nación- de

la rendición de cuentas que se aprueba, debien-

do además las autoridades partidarias, publicar

la página web del sitio de internet que posea el

partido o haga referencia al sitio web del Poder

Judicial de la Nación -en caso de no tener el

propio- a través de los medios masivos de co-

municación. Asimismo, publíquese en el Boletín

Oficial de la Nación, el sitio de internet disponi-

ble para su consulta, del balance aludido, con

la modalidad descripta en la Acordada Nº 70/05

de la Cámara Nacional Electoral. Ello, atento lo

normado por el art. 24 de la ley 26.215.-

Por todo ello, constancias de autos, normas

legales, jurisprudencia citada y lo dictaminado

por el señor Fiscal Federal Subrogante,

RESUELVO:

I) Aprobar la rendición del Estado Patrimonial y

Cuentas de Ingresos y Egresos correspondien-

te al Ejercicio 2012 del Partido Pro-Propuesta

Republicana.-

II) Por Secretaría, practíquense las publicacio-

nes ordenadas en el considerando respectivo.-

III) Firme la presente, remítase copia a la Cáma-

ra Nacional Electoral y al Ministerio de Justicia y

Derechos Humanos, con la modalidad estable-

cida en la Acordada Nº 105/08 C.N.E. y déjese

copia autenticada de la misma en el principal.-

IV) Protocolícese y hágase saber.

Firmado: Dr. Miguel Angel Galvez, Juez a cargo

del Juzgado Federal Nº 1 con Competencia

Electoral San Juan.-

Dr. Miguel Angel Galvez, Juez Federal del Juz-

gado Nº 1 con Competencia Electoral.

e. 05/06/2015 Nº 106235/15 v. 05/06/2015