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N° 109137/15 Aviso del Boletín Oficial

ALVANO REPRESENTACIONES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 15 de junio de 2015

Texto del aviso

ALVANO REPRESENTACIONES S.A.

Comunica que por Acta de Asamblea General

Extraordinaria del 08/05/2015 se resolvió: (i) la

modificación del artículo 4 del Estatuto Social

aumentándose el capital social de la suma de

$20.000 a la suma de $ 120.000, quedando

redactado de la siguiente forma: “ARTICULO

CUARTO: El CAPITAL SOCIAL es de CIENTO

VEINTE MIL PESOS, representado por 120.000

acciones de $ 1.- valor nominal cada una.”; y (ii)

modificar el artículo 3, el cual queda redactado

de la siguiente manera: ARTICULO TERCERO:

La sociedad podrá realizar por cuenta propia,

de terceros, y/o asociada a terceros, en el país

o en el exterior, las siguientes actividades:

La explotación como empresa de los rubros:

MANDATARIA: EXPORTADORA, IMPORTA-

DORA Y COMERCIALIZADORA; Mediante el

ejercicio de la REPRESENTACIÓN de firmas,

nacionales y extranjeras, actuando bajo la

figura del MANDATO en la exportación, impor-

tación, embarque, recepción, control, deposito,

almacenamiento, fraccionamiento, transporte,

logística, distribución, compra y venta de todo

tipo de mercaderías cuya expendeduría sea

permitida tanto en el interior como en el exte-

rior del país. La implementación por concesión

de agencias de marcas y patentes, gestión de

negocios y administración de bienes y capita-

les en general; comisionar y comercializar por

cuenta y orden, propia o de terceros. Preceptos

de naturaleza legal y administrativos. Participa-

ción en empresas de toda índole, mediante la

creación de sociedades, uniones transitorias,

agrupaciones de colaboración, consorcios;

actuar como fiduciario, fiduciante, beneficiario

y/o fideicomisario en cualquier modelo de pro-

yecto. Mediar en la delegación sobre Derechos

Reales para fines determinados y aprobados

por las instituciones pertinentes; negociación

de títulos, acciones, valores mobiliarios y pape-

les de crédito en cualquiera de los sistemas o

modalidades creados o a crearse. Se excluyen

expresamente todas aquellas operaciones que

queden comprendidas dentro del ámbito de

aplicación de la ley de entidades financieras u

otras por las que se requiera concurso público.

Toda actividad que así lo requiera, será reali-

zada por profesionales con título habilitante en

la materia. Autorizado según instrumento priva-

do Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha

08/05/2015.

MARIA FLORENCIA ARANO

Tº: 96 Fº: 141 C.P.A.C.F.

e. 15/06/2015 Nº 109137/15 v. 15/06/2015