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N° 109198/15 Aviso del Boletín Oficial

LANUS TRANSPORTE S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 15 de junio de 2015

Texto del aviso

LANUS TRANSPORTE S.R.L.

Constitución: 1) Lucas Guillermo Brizuela, de

41 años, casado en segundas nupcias con

Romina Emilia Almirón, argentino, comerciante,

domiciliado en la calle Ucrania Nº 3118, Lanús,

Pcia. de Buenos Aires, DNI 23670009, y CUIT

20-23.670.009-8, y el Sr. Angel René Conde, de

29 años, soltero, argentino, comerciante, do-

miciliado en la calle Jorge Miles Nº 746, Monte

Grande, Pcia. de Buenos Aires, DNI 35460741, y

CUIT 20-35.460.741-8, 2) 30/04/2015, 3) Lanús

Transporte SRL., 4) Juan D. Perón Nº 318, 4º

piso Oficina 27 “B” de CABA 5) realizar tanto en

el país como en el exterior, ya sea por cuenta

propia y/o de terceros y/o asociada a terceros la

actividad de servicios de Transporte de corta,

media y larga distancia, con todo tipo de vehí-

culos, asi como también la logística necesaria

para el correcto desempeño de las actividades

de la empresa, servicios de mensajería, cade-

tería distribución y entrega de todo tipo de do-

cumentación, servicio de gestoría y realización

de trámites en general, servicio de mudanza y

encomiendas. A tal efecto la sociedad tiene ple-

na capacidad jurídica para adquirir derechos,

contraer obligaciones y ejercer los actos, con-

tratos y operaciones que se relacionen directa

o indirectamente con su objeto social y no sean

prohibidos por las leyes o por éste estatuto6)

99 años, 7) $ 70.000.- 8) Gerente: Sr. Lucas G.

Brizuela, DNI 23670009 y CUIT 20-23.670.009-

8, quien acepta el cargo y establece domicilio

especial en la Juan D. Perón Nº 318, 4º piso,

oficina 27 “B” de la CABA, 9) Gerente, 10) 30

de Abril de cada año. Autorizado en contrato

de constitución confeccionado en instrumento

privado del 30/04/2015: Luis A. Vieiro. Autori-

zado según instrumento privado 169 de fecha

30/04/2015.

LUIS ALBERTO VIEIRO

Tº: 147 Fº: 242 C.P.C.E.C.A.B.A.

e. 15/06/2015 Nº 109198/15 v. 15/06/2015