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N° 109675/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS martes, 16 de junio de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10

SECRETARÍA N° 19

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo

Chomer, secretaría Nº 19, a cargo del Suscripto,

sito en Callao 635 P.B, Cap. Fed., comunica por

cinco días que con fecha 2 de junio de 2015 se

ha decretado la quiebra de Confecciones del

Sol S.A. (CUIT Nº 30-70805632-0), en la cual ha

sido designado síndico la contadora Griselda

Isabel Eidelstein con domicilio constituido en

Lambare 1140 piso 1º “A”, C.A.B.A. ante quien los

acreedores deberán presentar las peticiones de

verificación y los títulos pertinentes justificativos

de sus créditos hasta el día 14/08/15 (L.C: 32) en

el horario de 12 a 18 hs. El informe individual de

la síndico deberá presentarse el día 28/09/15 y el

general el día 10/11/15 (art. 35 y 39 de la citada ley).

Intímese a la fallida y a terceros para que pongan

a disposición del síndico la totalidad de los bienes

de la deudora en la forma que sea más apta para

que la funcionaria concursal tome inmediata y

segura posesión de los mismos. A los efectos de

la realización de bienes déjese constancia que no

se realizarán más citaciones que la edictal y que

se procederá a la venta en los términos de la L.C.:

217,1, realizándose el patrimonio con inmediata

distribución de los fondos entre los acreedores

verificados, sin perjuicio de las reservas para los

insinuados. Decrétase la inhabilitación definitiva

de la fallida y la de sus integrantes por el plazo de

un año contado desde la fecha de la presente (art.

234 a 238 de la ley 24.522). Intímese a la fallida y

sus integrantes a que dentro de 24 hs. entreguen

los libros de comercio y demás documentos rela-

cionados con su contabilidad a la síndico. Intíme-

se a la fallida y a sus integrantes para que en el

plazo de 48 horas cumplan con los requisitos del

art. 11 inc. 7 de la ley 24.522 (conforme art. 86).

Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los

que serán ineficaces. Intímese a la falllida y sus

administradores para que dentro de las 48 hs.

constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo

apercibimiento de tenerlo por constituido en los

términos de los arts. 41 y 133 del CPCCN.

Buenos Aires, 11 de junio de 2015.

Héctor Osvaldo Chomer, juez.

Leandro Sciotti, secretario.

e. 16/06/2015 Nº 109675/15 v. 22/06/2015