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N° 109799/15 Aviso del Boletín Oficial

MOVIMIENTO DE INTEGRACION

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 17 de junio de 2015

Texto del aviso

MOVIMIENTO DE INTEGRACION

Y DESARROLLO

Distrito Córdoba

SECRETARÍA ELECTORAL DISTRITO

CÓRDOBA - JUZGADO FEDERAL Nº 1.

EN AUTOS CARATULADOS: “MOVIMIEN-

TO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO -

S/.Reconocimiento de Partido de Distrito”

(Expte. Nº 4001113/2014). Córdoba, 28 de

Mayo de 2015. “Y VISTOS... Y CONSIDERAN-

DO... RESUELVO: ...3º) Publicar por el término

de un día en el Boletín Oficial de la Nación la

presente resolución... “Córdoba, 28 de Mayo

de dos mil quince.- Y VISTOS: Estos autos ca-

ratulados: “MOVIMIENTO DE INTEGRACIÓN

Y DESARROLLO - S/. Reconocimiento de

Partido de Distrito” (Expte. Nº 4001113/2014),

de los que resulta.

Y CONSIDERANDO:

I) Que, según consta en los presente autos, el

Partido “Movimiento de Integración y Desarro-

llo” obtuvo la personería provisoria mediante

resolución dictada por el Tribunal con fecha

30 de Junio de 2014 (222/223), en virtud de

haber dado cumplimiento con las exigencias

contenidas en el Art. 7º de la Ley 23.298.

II) Que a fs. 230, la agrupación política acre-

ditó el cumplimiento de las exigencias con-

templadas por el inc. “c” del art. 7º bis, en

concordancia con el art. 37 de la Ley 23.298,

en cuanto a la presentación al Tribunal de

los libros partidarios para su rubricación y

sellado y la dispuesta por el Art. 21 de la Ley

26.215 respecto del Libro Diario.

III) Que por otra parte, según el informe de

Secretaría obrante a fs. 266, se acredita

también el requisito del número mínimo de

afiliaciones válidas que establece el art. 7º

bis inc. “a” de la Ley 23.298 (con la reforma

introducida por la Ley Nº 26.571), en el sub

examen 4.008.

IV) Que asimismo, la agrupación a fs. 271/274

presentó al Tribunal la documentación que

da cuenta de la convocatoria a elecciones

internas de la agrupación, el Cronograma

Electoral y su publicación; a fs. 281/288 vta.

y 290/305, acompaña el acta la proclamación

de autoridades partidarias juntamente con la

nómina de las mismas, y a fs. 312/326 cum-

plimenta las subsanaciones de la nómina de

autoridades, en virtud de las irregularidades

observadas por el Tribunal; a fs. 328 obra

el informe de la Secretaria Electoral que da

cuenta que la nómina presentada no registra

observaciones, cumplimentando el reque-

rimiento contemplado por el Art. 7º Bis inc.

“b” el cuerpo legal citado en el considerando

anterior.

V) Que de conformidad con lo estableci-

do por la Acordada Nº 24/11 de la Excma.

Cámara Nacional Electoral, corresponde

asignar a la presente agrupación política el

número doscientos treinta y seis (236) de

identificación de registro como Partido de

Distrito. Sin embargo, en virtud de que el

Partido Movimiento de Integración y Desa-

rrollo cuenta a la fecha con personería reco-

nocida de orden nacional, según surge del

informe de Secretaría ya citado, obrante a fs.

328 de los presentes autos, debe utilizar el

número de identificación asignado al Partido

de orden nacional, en el sub-examen, el nú-

mero uno (1).

VI) Que por lo expuesto, y de conformidad

a las disposiciones legales citadas y lo pre-

visto por los arts. 14 y 18 de la Ley Orgánica

de los Partidos Políticos Nº 23.298 (con las

modificaciones introducidas por Ley 26.571),

Miércoles 17 de junio de 2015

Segunda Sección

BOLETIN

RESUELVO:

1º) Reconocer la personalidad jurídico-política

definitiva de la agrupación denominada “MO-

VIMIENTO DE INTEGRACIÓN Y DESARRO-

LLO”, de conformidad con lo establecido por

el Art. 7º bis de la Ley 23.298 (modificación

introducida por Ley 26.571), con todos los de-

rechos, deberes y obligaciones que emanan del

ordenamiento jurídico vigente.

2º) Asignar el número doscientos treinta y seis

(236) de identificación de registro como Par-

tido de Distrito; correspondiendo utilizar, en

virtud que la presente agrupación política es

integrante del Partido en el orden nacional, el

número uno (1) de identificación de registro, de

conformidad con lo establecido por la Acor-

dada Nº 24/11 de la Excma. Cámara Nacional

Electoral.

3º) Publicar por el término de un día en el Bole-

tín Oficial de la Nación la presente resolución...

la Carta Orgánica partidaria (de conformidad

con lo establecido por el Art. 63, 2º párrafo de

la Ley Orgánica de los Partidos Políticos) y la

nómina de autoridades partidarias (Art. 15 De-

creto Nº 937/10).

4º) Comuníquese a la Excma. Cámara Nacional

Electoral, a la Dirección Nacional Electoral y al

Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba,

a sus efectos.

PROTOCOLICESE Y HÁGASE SABER.-

Dr. Ricardo Bustos Fierro, Juez Federal con

Competencia Electoral.

e. 17/06/2015 Nº 109799/15 v. 17/06/2015