N° 110895/15 Aviso del Boletín Oficial
rias para el más riguroso control contable de
Texto del aviso
rias para el más riguroso control contable de
c) Desafiliación; y/o
CAMBIEMOS TIERRA DEL FUEGO
los ingresos y egresos de los fondos partida-
b) Convoca y preside las reuniones de la mis-
rios observándose las disposiciones respecto
ma, teniendo doble voto en caso de empate; d) Expulsión.
Distrito Tierra del Fuego, Antártida e Islas
de las leyes 23.298, 26.215 de las disposicio- del Atlántico Sur
nes legales concordantes o que se dicten en
c) Ejerce la representación política partidaria
CAPÍTULO IX: De La Comisión
lo sucesivo. Estableciéndose como fecha de
ante los demás partidos, las instituciones gu-
de Fiscalización.
El Juzgado Federal de Primera Instancia de Us-
cierre del ejercicio el 31 de diciembre de cada
bernamentales y públicas;
huaia con Competencia Electoral en el Distrito
año.
Artículo 34º: A los efectos de contralor contable
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlán-
d) Debe mantener al Consejo Nacional y al Con-
tico Sur, a cargo del Dr. Federico H. CALVETE, de los ingresos y egresos de los fondos par-
CAPÍTULO XII: De La Mujer. greso Nacional permanentemente informado tidarios, el Congreso Nacional designará una
hace saber, en cumplimiento de lo establecido
de sus actividades;
comisión fiscalizadora e cinco miembros titula-
por el art. 14 de la Ley Orgánica de Partidos
Artículo 40º: Los cargos en todos sus niveles res y dos suplentes, preferentemente con co-
Políticos 23.298, que la Alianza Electoral deno-
electivos nacionales, provinciales y municipa- e) Debe velar por la unidad y permanencia parti- nocimiento en la materia. La comisión se dará
minada “Cambiemos Tierra del Fuego”, Distrito
les y para los que postule candidatos el Par- daria, arbitrando y regulando el funcionamiento su propia reglamentación de funcionamiento,
Tierra del Fuego, integrada por las agrupacio-
tido Tercera Posición, deberán contar con la nes “Unión Cívica Radical” y “PRO – Propuesta armónico de los distintos organismos partida- conforme la normativa vigente, la que deberá
representación femenina correspondiente. Se rios entre sí y de estos con las instituciones del ser aprobada por la Mesa Ejecutiva Nacional.
Republicana”, se ha presentado ante esta sede
observaran las mismas reglas para los cargos Partido Tercera Posición;
La comisión fiscalizadora, con autorización del
judicial iniciando el trámite de reconocimiento
partidarios. Consejo Nacional podrá llevar los libros conta-
de la personalidad jurídico-política como Alian-
f) Establecer los actos políticos de trascenden- bles.
za de Distrito, en los términos del art. 10 de la
cia para su tratamiento por el Consejo Nacional.
CAPÍTULO XIII: De Las Alianzas Transitorias, Ley 23.298, bajo el nombre que adoptó el día
Las Confederaciones y La Fusión.
09 de junio de 2015, en la ciudad de Ushuaia, CAPÍTULO X: De Los Apoderados.
CAPÍTULO VII: De La Junta Electoral Nacional.
Provincia de Tierra del Fuego (Expte. CNE
Artículo 41º: El Partido podrá constituir Alianzas Artículo 35º: El Consejo. Nacional y las autori-
4447/2015).
Artículo 28º: El Congreso designará una Junta dades distritales, en, sus respectivos ámbitos, transitorias, de conformidad con la presente En Ushuaia, a los 15 días del mes de junio del
Electoral Nacional integrada por cinco, miem- podrá nombrar uno o más abogados, prefe- Carta Orgánica Nacional y demás normativa año 2015.
bros titulares y dos suplentes, los que deberán
aplicable. rentemente, para que conjunta, alternativa o
Federico H. Calvete, Juez.
reunir las condiciones requeridas para congre- separadamente representen al Partido antes las
María Paula Bassanetti, Secretaria Electoral.
Artículo 42º: La constitución de Alianzas sal y durarán cuatro años en sus funciones: Se autoridades judiciales, electorales o adminis-
e. 17/06/2015 Nº 110895/15 v. 19/06/2015 compondrá de un Presidente, un Vicepresiden- trativas y realicen todas las gestiones o trámites electorales debe efectuarse de conformidad