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N° 110057/15 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 17 de junio de 2015

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S.Sa. Juez de

Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal

Federal de Corrientes, Dr. FERMIN AMADO

CEROLENI, se ha ordenado la publicación

en el Boletín Oficial, por el termino de cin-

co (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia

Nº 05 de fecha 05 de Marzo de 2.015, en

la causa caratulada: “GOMEZ, Walter Eris

y COLINAS LEIVA, Ramón Darío P/Infrac-

ción Ley 23.737”, Expediente Nº 483/2013/

TO1, respecto a RAMON DARIO COLINAS

LEIVA, C.I. de la República del Paraguay

Nº 5.744.644, de nacionalidad paraguaya, de

apodo “Morocho”, de 31 años de edad, de

estado civil soltero, de ocupación ayudante

de albañil, nacido en la localidad de Capitán

Mesa, departamento Itapúa, República del

Paraguay el 12 de Diciembre de 1983, domi-

ciliado en San Gotardo de Capioví, provincia

de Misiones, sabe leer y escribir y es hijo de

Miguel Colina Martínez y de Gregoria María

Leiva Britez, la que dispone: “SENTENCIA

Nº 05. CORRIENTES, 05 de Marzo de 2015.-

Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye

el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º)

CONDENAR a RAMON DARIO COLINAS LEI-

VA, Cedula de Identidad de la República del

Paraguay Nº 5.744.644, ya filiado en autos,

a la pena de CUATRO (4) años y CUATRO (4)

meses de prisión y multa de pesos doscien-

tos veinticinco ($ 225,00), la que deberá ha-

cerse efectiva dentro del término de treinta

(30) días de quedar firme la presente como

coautor penalmente responsable del delito

de Transporte de Estupefacientes previsto

y reprimido por el art. 5º inciso c) de la ley

23.737 con accesorias legales y costas (Art.

12, 40 41 y 45 del Código Penal y arts. 530,

531 y 533 del C.P.P.N.). 2º) … 3º)... 4º)... 5º)...

6º) … 7º) REGISTRAR, agregar el original al

expediente, cursar las demás comunicacio-

nes correspondientes, y una vez firme la pre-

sente practicar por Secretaría el Cómputo de

Pena correspondiente, fijando la fecha de su

vencimiento (Art. 493 del C.P.P.N.) y oportu-

namente archivar.- FDO.: Dra. LUCRECIA M.

ROJAS de BADARÓ - Dr. VICTOR ANTONIO

ALONSO - Dr. FERMIN AMADO CEROLENI

- Jueces de Cámara. Ante mí: Dra. SUSANA

BEATRIZ CAMPOS – Secretaria. Tribunal

Oral en lo Criminal Federal de Corrientes”.-

Dr. Fermín Amado Ceroleni, Juez. – Dr. Sebas-

tian Avila, Secretario de Ejecución Penal.

e. 17/06/2015 Nº 110057/15 v. 23/06/2015