N° 110004/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 23
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 23
SECRETARÍA Nº 46
El Juzgado Nacional de Primera Instancia
en lo Comercial Nº 23, Secretaría Nº 46, a
cargo de la Dra. Vivian Fernandez Garello de
Dieuzeide, secretaria a cargo del Dra. Aimara
Di Nardo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840
P.B., hace saber por (5) cinco días que con
fecha 27 de mayo de 2015 se ha decretado
la quiebra de HORALUC S.R.L. (Expte. Nro.
15205/2013), y se ha designado Síndico a la
Contadora Dra. Gabriela N. Fernandez, con
domicilio en Avda. de Mayo Nro. 1324, Piso
1º Of. 22, de la Capital Federal, en el horario
de 14 a 17 hs., teléfono 4383-1717 y 011(15)
6599-0334; debiendo los acreedores solicitar
la verificación de sus créditos y presentar los
títulos justificativos de los mismos, ante el
síndico, hasta el 03 de Septiembre de 2015,
LC: 32. El plazo para formular impugnaciones
y observaciones ante el sindico vence el dia
17 de Septiembre de 2015 y podran contestar
las mismas hasta el 01 de Octubre de 2015.
Se intima a la fallida, sus administradores y
terceros para que dentro del quinto día entre-
guen ó pongan a disposición del síndico la to-
talidad de los bienes de la deudora. Se intima
a la fallida para que en el plazo de cinco días
cumpla con los requisitos del artículo 11 de
la LCQ, incisos 1 a 7 y artículo 86 y para que
dentro de las 24 horas entregue al síndico los
libros de comercio y demás documentación
relacionada con la contabilidad. Prohíbese a
los terceros hacer pagos a la fallida, los que
serán ineficaces. Se intima a la fallida y ad-
ministradores para que dentro del plazo de
48 horas constituyan domicilio en la Capital
Federal, bajo apercibimiento de notificar las
sucesivas resoluciones por el cpr: 133 (cpr:
41). Se fijan los días 16 de Octubre de 2015 y
30 de Noviembre de 2015 para que el síndico
presente los informes previstos en los arts. 35
y 39 respectivamente.
Vivian Fernández Garello de Dieuzeide, juez.
Aimara Di Nardo, secretaria.
e. 17/06/2015 Nº 110004/15 v. 23/06/2015