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N° 110264/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 2

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS viernes, 19 de junio de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 2

SECRETARÍA Nº 4

EDICTO. El Juzgado Nacional de lra. Inst. en

lo Comercial nro. 2, a cargo del Dr. Fernando

Martín Pennacca, Secretaría nro. 4, a cargo

del Dr. Héctor Luis Romero, sito en calle M.T.

de Alvear 1840, P.B. (Edif. Anexo), de la Ciu-

dad Autónoma de Bs. As., comunica que con

fecha 8.05.15 se decretó la quiebra de COO-

PERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSU-

MO CERRITO LTDA. ((C.U.I.T 30-70819623-8),

expte. Nro. 2633/2014, con domicilio en calle

Maipú 531, P.B. C.A.B.A.. Se ha designado

síndico al Ctdor. Oscar Chapiro, con domicilio

33 OFICIAL Nº 33.154

constituido en calle Virrey del Pino 1739, piso

14º “A”, tel. 4782-8696, ante quien deberán

presentar los títulos justificativos de sus cré-

ditos, en la forma indicada en el art. 32 LCQ.

Hasta el día 3 de agosto de 2015. El síndico

deberá presentar el informe previsto por el

art. 35 y el informe general previsto por el art.

39 de la LCQ. los días 29 de septiembre de

2015 y 11 de noviembre de 2015, respectiva-

mente. a) Intimase a la fallida y a los terceros

para que entreguen al síndico los bienes que

tengan en su poder, al igual que los libros de

comercio y demás documentación – que en

su caso se lleve- relacionado con su contabi-

lidad previniéndose a los terceros la prohibi-

ción de hacer pagos a la fallida, bajo aperci-

bimiento de considerarlos ineficaces. b) Intí-

mase a la fallida para que dentro de las 48 hs.

constituya domicilio procesal en el lugar de

tramitación del juicio bajo apercibimiento de

tenerlo por constituido en los estrados del

Juzgado El presente edicto deberá publicarse

en el Boletín Oficial por el plazo de cinco días,

sin previo pago (LCQ. 89).

Dado, sellado y firmado en Buenos Aires, a los

12 días del mes de junio de 2015.

Fernando Martin Pennacca, juez.

Hector Luis Romero, secretario.

e. 18/06/2015 Nº 110264/15 v. 24/06/2015