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N° 111959/15 Aviso del Boletín Oficial

I.- Que conforme surge de las constancias de POLO SOCIAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES lunes, 22 de junio de 2015

Texto del aviso

I.- Que conforme surge de las constancias de POLO SOCIAL

autos, se ha dado cumplimiento a los requisitos

Distrito Buenos Aires

que prescriben los arts. 7 bis y concordantes

de la Ley 23.298, modif. por la ley 26.571.-

“El Juzgado Federal con competencia electoral

II.- Que sin perjuicio de ello y en relación a quie- en el Distrito de la Provincia de Buenos Aires,

a cargo del Juez Federal subrogante Doctor nes resultaron electos y no registran afiliación

Laureano Alberto Durán, hace saber en cum- al partido de autos es dable recordar lo resuel-

to por la Excma. Cámara Nacional Electoral plimento de lo establecido en los artículos 63

en la causa “Frente Entrerriano Federal para de la Ley 23.298 y Art. 15 Del Decreto 937/2010,

el Trabajo, la Producción y la Justicia Social que en los autos caratulados “Partido “POLO

s/personería” (Expte nº 5452/13 CNE) en la SOCIAL. “s/pedido de reconocimiento de

personalidad jurídico político como partido de que en virtud de la misión que compete a los

distrito”, Expte. Letra “P” Nº 6 año 2001, que partidos políticos expresó que “… se requiere

que su constitución y cuerpos orgánicos sean tramitan ante sus estrados, se ha dictado la

transparente expresión de representatividad, a siguiente resolución.

la vez que una clara manifestación programá-

tica de las corrientes de opinión que fluyan en “//Plata 10 de junio de 2015.-

el seno de tales agrupaciones (Fallos 307:1774).

AUTOS y VISTOS: los autos caratulados “Par- Que asimismo cabe destacar que este Tribunal

ya ha dicho (cf. Doctrina Fallos CNE 626/88, tido “Polo Social S/pedido de reconocimiento

627/88, 3295/04 y 4040/08) que no puede sino de personalidad jurídico política como partido

reconocerse a las autoridades partidarias su de distrito”, Expte. Letra “P”, Nº 6, Año 2001 y,

calidad de miembros de la agrupación toda

RESULTANDO:

vez que, si se atiende a la relevancia del rol que

desempeñan, no resulta razonable concebir

que tales cargos puedan confiarse a quienes no Que por resolución de fecha 30 de marzo de

participen de tal condición. No debe perderse 2015 se rehabilitó al partido de autos la perso-

de vista que su accionar compromete al partido nería jurídico política provisoria como partido

de distrito, haciéndole saber en la misma, en y puede, incluso, traer aparejadas graves san-

el punto 5º), que a fin de obtener la personería ciones como consecuencia”.-

definitiva debía dar cumplimiento a lo estable-

Más adelante agregó “Que por otra parte en el cido, respectivamente, en los incisos a) y b) del

artículo 7 bis. de la ley 23.298 modif. por la ley caso no puede pasarse por alto que de la in-

26.571.

formación obrante en el Registro Nacional de

Afiliados a los Partidos Políticos se advierte que

Que, asimismo, en el punto 6º) se hizo saber, varias de las autoridades … revisten a su vez

la condición de afiliados a otras agrupaciones que debía presentar en el plazo de 10 días los

políticas del distrito. Dicha circunstancia pone libros partidarios a fin de dejar constancia en

cada uno de ellos de la rehabilitación de la per- de manifiesto que “verificar la situación en que

sonería política.-

se encuentran [las autoridades] con respecto

a su afiliación “(cf. Ac. nº 40/13, punto 7º) del

Que a fs. 1845 se presenta la señora apoderada Anexo) resulta indispensable. Ello así pues, la

calidad de afiliado a un partido político resulta acompañando nuevos libros partidarios para

-claramente- incompatible con el desempeño su rúbrica en razón de haberse extraviado los

anteriores (cf. denuncia fs. 1844) y el texto de de aquellos como autoridades partidarias de

la Carta Orgánica en CD, en cumplimiento de lo otro, en tanto no es factible que una misma per-

ordenado en los puntos 6º) y 7º) de la mencio- sona responda a dos agrupaciones diferentes,

nada resolución.-

sin que ello pueda generar conflictos de interés.

Que en tales condiciones… el partido de autos

deberá regularizar la situación de las autorida- Que el 4 de junio de 2015 a fs. 1870 se informó

por Secretaría que, según constancias obran- des respecto a su afiliación partidaria, en los

tes en el Registro de Afiliados que lleva esta términos de lo expresado en los considerandos

sede judicial, el padrón partidario registraba que anteceden”.-

4.100 afiliados.-

Por lo expuesto, normas legales citadas y de

Que en la misma fecha, a fs. 1871 se hizo saber conformidad a lo dictaminado por el Fiscal Fe-

el informe respectivo y se tuvo por cumplido en deral,

25 Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.155

RESUELVO:

3º) Intimar al partido -a través de sus apodera-

dos-, para que en el término de treinta (30) días

1º) Rehabilitar al partido “POLO SOCIAL” la per- subsane la situación de las autoridades respec-

sonería jurídico política definitiva como partido to a su afiliación partidaria, de conformidad a lo

de distrito.-

establecido en el considerando II.-

2º) Tener como integrantes de la Junta Ejecuti- 4º) Tener como integrantes del Congreso

va a los siguientes ciudadanos y en los cargos Provincial a los ciudadanos que figuran en la

que en cada caso se consignan: Presidente: nomina de fs. 1881 y vta.-

Omar David Gutierrez, DNI 26.630.100; Vice-

presidente: Eduardo Paladín DNI 12.578.298; 5º) Hacer saber al partido que le corresponde

Secretario General: Héctor Ricardo Benitez, el número 225 adjudicado en oportunidad de

DNI 16.027.085; Tesorera: Nilda Elena Gutiérrez, obtener la personería jurídico política (punto VII

DNI 6.370.539; Secretario de Organización: de la Acordada CNE nº 25/2011).-

Armando Rivero, DNI 7.961.187; Secretario

Gremial: Luis Alberto Cepeda, DNI 14.763.187; 6º) Comunicar la presente resolución a la Excma.

Secretaría de Derechos Humanos: Lila Ma- Cámara Nacional Electoral (Art. 6 inciso a) del De-

nuwal, DNI 5.308.225; Secretaría Política y creto nº 937/2010 P.E.N. modificado por el Decre-

Relaciones Institucionales: Víctor Hugo Luce- to 776/2015 reglamentario de la Ley 23.298, mo-

ro, DNI 14.782.225; Secretaría de la Juventud: dif. Ley 26.571) y a la Dirección Nacional Electoral

María Celina Urtazun, DNI 30.457.954; Secre- del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.-

taría de Género: Graciela Noemí Gómez, DNI

11.129.556; Secretaría de Relaciones con las 7º) Publicar la presente en el Boletín Oficial de

Organizaciones Sociales: Sebastián Roberto la Nación por el término de un (1) día (art. 15 del

Raspa, DNI 28.421.436; Secretaría de Prensa: decreto antes mencionado).-

Roberto David Díaz, DNI 22.217.972 y como

suplentes a los señores: Jesús Zárate, DNI Regístrese, notifíquese y líbrense las comunica-

4.634.499; Vicente Antonio Silva, DNI 4.700.573; ciones del caso.-

Cintia Ofelia Cueto, DNI 31.465.185; Osvaldo

Omar González, DNI 4.634.402; Evelyn Victoria Laureano Alberto Durán, Juez Federal Subro-

Romano, DNI 42.113.004; Sandra Gisela Maciel, gante con competencia electoral en la provincia

DNI 18.877.723; Rosa del Valle Oporto, DNI 17. de Buenos Aires.

822.614; Delia Benegas, DNI 4.743.431; Ana

Dra. María Florencia Vergara Cruz, Prosecreta-

María Montes, DNI 10.288.157; María Elysabet

ria Electoral.

Luna, DNI 46.190.468 y Jimena Yael Martinez,

DNI 41.855.337.-

e. 22/06/2015 Nº 111959/15 v. 22/06/2015