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N° 111478/15 Aviso del Boletín Oficial

PARTIDO POPULAR

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES lunes, 22 de junio de 2015

Texto del aviso

PARTIDO POPULAR

Distrito Santa Fe

En mi carácter de Juez Federal Nº 1 con com-

petencia electoral del distrito Santa Fe, hago

saber en autos caratulados PARTIDO POPU-

LAR s/RECONOCIMIENTO DE PERSONERIA

JURIDICO POLITICA EXPTE. CNE 45/2014

que se ha reconocido en forma definitiva a la

agrupación de marras, acompañando a conti-

nuación, Resolución, Carta Orgánica y nómina

de autoridades.

Reinaldo R. Rodríguez, Juez Federal Nº 1

Santa Fe.

Autoridades Partidarias: Mesa de Gobierno

Provincial para el periodo 10-05- 2015 al 09-

05-2019 son las siguientes: PRESIDENTE:

23

Lunes 22 de junio de 2015

Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.155

Mario Cipriano LUJAN, DNI 16.777.856; VICE- obrante en autos y nómina de autoridades par- Artículo 7: Son Funciones de la Asamblea Pro- Junta Directiva, actuando como Junta Electoral

PRESIDENTE 1º: Nora Marcela RONDANO, DNI tidarias, las que asimismo, serán comunicadas vincial:

y con una antelación no menor de quince (15)

14.087.144; VICEPRESIDENTE 2º: Ángel Alfredo a la Excma. Cámara Nacional Electoral.

días del acto eleccionario. Las mismas respeta-

SOLIS, DNI 21.920.568; SECRETARIO GENE-

a) Sancionar el Programa del Partido por cada rán el porcentaje mínimo por sexo establecido

RAL: Miguel Ángel ROGANI, DNI 8.507.182; 3.- Otorgar al partido en cuestión el Nº 199 período y/o sus reformas.

en la Ley N° 24.012 y sus decretos reglamen-

SECRETARIO TESORERO: Oscar Norberto (ciento noventa y nueve) para identificarse en

tarios.

ROJAS, DNI 10.727.502; SECRETARIO SUB futura elecciones que se lleven a cabo en este b) Dictar la Carta Orgánica y/o sus modifica-

TESORERO: Claudia Alejandra ALMIRON, DNI

ciones con los 2/3 de los miembros presentes. Artículo 13: Las listas deben estar avaladas por distrito, todo ello de acuerdo a lo previsto en la

18.109.657; SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN:

Designar la Mesa de Gobierno Provincial. Acordada Extraordinaria Nº 25/2011 de la Exc-

el 5% de los afiliados del padrón partidario. En

Luciano Andrés GONZALEZ, DNI 31.367.834, ma. Cámara Nacional Electoral.

el supuesto de que vencido el plazo solamente

SECRETARIO DE ACCION POLITICA: Cintia

c) Considerar los informes anuales de la Mesa se presentara una lista cumpliendo con los re-

Vanesa ROMERO, DNI 33.947.789

de Gobierno Provincial y aprobar los balances. caudos, la misma será proclamada por la Mesa 4.- Ordenar se publique por un día en el Boletín

de Gobierno Provincial actuando como Junta Oficial copia de la presente, de la Carta Orgá-

Santa Fe, 8 de junio de 2015.

d) Disponer la concurrencia o abstención a Electoral. nica partidaria y de la nómina de autoridades

partidarias (art. 63 2do párr. Ley 23298 y art. 15 elecciones.

VISTOS: los autos caratulados “PARTIDO Dcto. 937/2010), trámite éste que deberá llevar-

Artículo 14: Para la designación de candidatos

POPULAR s/ RECONOCIMIENTO DE PER-

e) Actuar como Tribunal de Alzada de las san- a cargos electivos, municipales, provinciales, se a cabo vía extranet.

SONALIDAD JURÍDICO POLÍTICA” Expte. No.

ciones que aplique la Mesa de Gobierno Pro- nacionales o parlamentarias del MERCOSUR,

45/2014 de los que

vincial, actuando como Tribunal de Disciplina. se aplicará el sistema establecido por las nor- 5.- Notifíquese al apoderado partidario con co-

mas legales vigentes. Las listas deberán ser pia de la presente y al Sr. Fiscal Federal en su

RESULTA:

f) Aprobar la integración de alianzas o confe- avaladas por un número de afiliados al partido Público Despacho. Hágase saber al Centro de

deraciones para actuar en el ámbito municipal, equivalentes al dos por ciento (2%) del padrón Cómputos a sus efectos.

Que con fecha 26 de noviembre de 2014, este

provincial o nacional, así como la integración y de afiliados partidario en el caso de la eleccio-

Juzgado con competencia electoral, resolvió

designar delegados al mismo.

nes internas, abiertas y simultáneas nacionales

6.- Firme que quede este decisorio, comuní-

otorgar a la agrupación política PARTIDO PO-

y podrán las listas contener candidatos extra-

quese el reconocimiento de la personería jurí-

PULAR, la personería política en forma provi-

Artículo 8: Constituido la Asamblea Provincial, partidarios total o parcialmente.

dico política definitiva, de la agrupación PAR-

soria (art. 7 la ley 23.298), con derecho al uso

elegirá de su seno una Mesa Directiva integra-

TIDO POPULAR a la Excma. Cámara Nacional

exclusivo del nombre y logo adoptado, de con-

da por un Presidente, Un Vicepresidente y dos Artículo 15: Para el caso de las elecciones na-

Electoral y a la Dirección Nacional Electoral con

formidad con el art. 14 de la citada ley y con los

Secretarios.

cionales o parlamentarias del MERCOSUR la

remisión de fotocopia certificada de la presen-

alcances fijados en la norma aludida en primer

Mesa de Gobierno Provincial actuando como

te, de la Carta Orgánica Partidaria, de la Decla-

término (art. 7 del mismo cuerpo legal, reforma-

Artículo 9: Durante el receso de la Asamblea Junta Electoral se integrará, asimismo, con un

ración de Principios, Bases de Acción Política y

do por la ley 26.571) (fs. 273/278).

Provincial, la dirección general del Partido en el representante de cada una de las listas oficiali-

de las Autoridades partidarias.

Distrito estará a cargo de la Mesa de Gobierno zadas en el proceso electoral establecido en la

A fojas 292 y 294 se ordena proceder a la rú-

Provincial que estará integrada por ocho (8) Ley N° 26.571.

7.- Líbrense oficios a las Secretarías Electorales brica de los libros exigidos por la normativa

miembros, y que será designada por la Asam-

de los demás Distritos, a los fines de comunicar vigente .A continuación luce agregada de la

blea Provincial y durará cuatro (4) años en sus Artículo 16: Los candidatos propuestos por el

el presente reconocimiento definitivo. Hágase publicación en el Boletín Oficial del edicto de

funciones. No se requiere antigüedad en la afi- PARTIDO POPULAR deberán declarar en forma

saber al Centro de Cómputos, a la Sección Par- ley (fs. 299/300).

liación para integrar esta Mesa.

expresa su voluntad de renunciar a la reelec-

tidos Políticos, y Publíquese en la Página Web

ción de sus cargos, en el objetivo de promover

del Poder Judicial de la Nación a sus efectos. El apoderado partidario presenta documental

Artículo 10: Forman quórum de la Mesa de el recambio generacional.

Reinaldo Rubén Rodríguez, Juez Federal. consistente en Actas donde se consigna el

Gobierno Provincial la mitad mas uno de sus

proceso de elección interna de autoridades

miembros. La Mesa de Gobierno Provincial

Título IV - Tesoro del Partido.

partidarias (fs. 318/324).

Carta Orgánica

tendrá un (1) Presidente, dos (2) Vicepresiden-

tes, un (1) Secretario General y cuatro (4) Se- Artículo 17: El Tesoro del Partido estará cons-

El Sr. Procurador Fiscal se expide a fojas 333

Título I: De los Afiliados.

cretarios, sin perjuicio de las subsecretarías y tituido por:

manifestando que al designar a aquellas no se

comisiones que ellas designen.

ha respetado el cupo femenino.

Artículo 1: Queda constituido en el ámbito del

a) Contribuciones de afiliados y simpatizantes.

Artículo 11: Son funciones de la Mesa de Go- Distrito Electoral de la Provincia de Santa Fe

La Sección Partidos Políticos informa a fojas

bierno Provincial: el PARTIDO POPULAR. Está compuesto por

b) Por el 20% de los emolumentos de los candi-

334 que se le reconocieron al partido la canti- los ciudadanos inscriptos en los Registros de

datos del Partido electos para funciones públi-

dad la cantidad de 4.401 afiliaciones, según da-

a) Gobernar el Partido en el Distrito durante el Afiliados que se llevarán al efecto y quedarán

cas y del personal y/o asesores dependientes

tos proporcionados por la Sección Cómputos.

receso de la Asamblea Provincial. abiertos salvo en los períodos en que por elec-

de su despacho y/o bloque. En el caso de ser

ciones internas u otra causa razonable, la Mesa

electos por una alianza transitoria que integre el

A continuación el apoderado partidario se

b) Aplicar la Carta Orgánica, las Bases de Ac- de Gobierno provincial resuelva la clausura de

partido, el aporte se dividirá conforme lo esta-

presenta un acta donde la agrupación política los mismos por tiempo limitado.

ción Política, el Programa Partidario y realizar blecido en el acuerdo constitutivo de la misma.

intenta subsanar lo observado por el Ministerio

todos los actos y gestiones que sean necesa-

Público Fiscal (ver fs. 336/338). Al contestar la

rias. Artículo 2: Podrán afiliarse los ciudadanos que

c) Aportes legales del Gobierno Nacional (Fon-

nueva vista corrida su titular concluye en que, figuren inscriptos en los padrones electorales

do Partidos Políticos), Provincial o municipal.

las nuevas autoridades partidarias y la confor-

c) Actuar como Tribunal de Disciplina Partidario. del Distrito; los que por error u omisión no fi-

mación de la mesa de Gobierno Provincial cum-

d) Del producto de actos, festivales, publicacio- guren en dichos padrones y los que hubieran

plen con lo establecido en el art. 3, inc. b de la

d) Controlar el Tesoro del Partido. Llevar la con- nes, bonos, y cualquier otra entrada lícita. enrolado con posterioridad a la confección de

ley 23.298 y en la normativa de la ley 24.012 y

tabilidad partidaria. los mismos.

sus decretos reglamentarios.

Artículo 18: Los fondos del Partido se deposi-

e) Aceptar afiliaciones, rechazarlas con causa o tarán en cuentas bancarias oficiales y la firma Artículo 3: No podrán afiliarse los ciudadanos

Atento al estado de las presentes actuaciones

rechazar la renuncia de los afiliados.

de los cheques estará a cargo del Secretario comprendidos por incompatibilidades o inca-

a fojas 343 se dispone pasar estos autos a re-

que cumpla las funciones de Tesorero. Los apo- pacidades legales o aquello con notoria incon-

solver.

f) Actuar como Junta Electoral Partidaria.

ducta cívica. Podrá cancelarse la afiliación de

derados partidarios indistintamente podrán so-

quienes incurran en tales causales. El Padrón

licitar y percibir subsidios, valores, reintegros,

Y CONSIDERANDO:

g) Constituir Mesa de Gobierno en los Depar- etc., de organismos públicos nacionales, pro- partidario será público solamente para los afi-

tamentos de la provincia, las que dependerán vinciales, mixtos, municipales, privados, etc., liados en las condiciones que establezca la ley.

I. Que de la documentación acompañada surge

de la misma, la que dictará un Reglamento. Las y suscribir los pertinentes recibos, así como

inequívocamente la voluntad de la agrupación

Mesas de Gobierno Departamentales constitui- solicitar préstamos. Título II -Régimen de Gobierno. en trámite de dar cumplimiento a lo preceptua-

rán unidades y/o mesas en las localidades, ciu-

do por la ley 23.298, manifestando la intención

dades, pueblos, y cualquier tipo de población, Artículo 19: Si existiesen circunstancias excep-

Artículo 4: El PARTIDO POPULAR estará gober- de llevar a cabo en su vida interna un sistema

las que serán sometidas a consideración de la cionales de orden político, institucional, gre-

democrático, con periodicidad de elecciones nado en el Distrito por el Asamblea Provincial y Mesa de Gobierno Provincial. Solo se podrán mial, económico, etc. que por su trascendencia

que permitan la renovación de sus autoridades. la Mesa de Gobierno Provincial.

constituir Mesas de Gobierno Departamentales o efectos impidiesen el libre y normal desenvol-

en aquellos Departamentos que superen los vimiento del Partido, calificadas así por resolu-

II. El partido ha cumplido con todos los recau- Artículo 5: El Asamblea Provincial estará in- 100 afiliados registrados en el Padrón Partida- ción fundada por la Junta Directiva provincial,

dos exigidos por la legislación vigente para tegrado por los Congresales electos por voto rio, en los que no se cumple este requisito se el mandato de las autoridades partidarias se

obtener el reconocimiento de la personalidad directo y secreto de los afiliados, a razón de uno designarán Referentes Promotores.

tendrá por prorrogado hasta tanto haya cesado

jurídico política de forma definitiva (art. 7 bis cada doscientos (200) afiliados que figuren en

las causas que determinaron tal resolución.

Ley 23.298).

el padrón, tomándose a tal efecto la provincia h) Aplicar las sanciones de:

como distrito único. La lista que obtenga simple

Artículo 20: El PARTIDO POPULAR solamente

III. De de conformidad con lo normado por mayoría obtendrá el sesenta (60) por ciento de 1- Apercibimiento.

se disolverá mediando causas legales. La di-

el Puntos I y II Acordada Extraordinaria No. los delegados y la primera minoría el cuarenta

solución deberá ser resuelta por la Asamblea

25/2011 de la Excma. Cámara Nacional Elec- (40) por ciento restante. Se elegirán como Con- 2- Suspensión de la afiliación por dos años. Provincial mediante el voto de los 2/3 del total

toral, corresponde adjudicar al mencionado gresales Suplentes un equivalente al 50% de

de sus miembros. En tal caso el patrimonio del

partido el número 199 (ciento noventa y nueve) los titulares. Para ser Congresal se requiere te- 3- Expulsión.

partido será al Fondo Partidario Permanente del

ner una antigüedad en la afiliación de no menos como Partido de Distrito.

Ministerio del Interior y Transporte de la Nación.

de dos años. Los Congresales duran tres años Tales sanciones serán apelables ante la Mesa

e. 22/06/2015 Nº 111478/15 v. 22/06/2015 Por todo ello,

en sus funciones, pudiendo ser reelectos.

Gobierno dentro de los diez días debiéndose

interponer recurso de notificada la sanción.