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N° 112348/15 Aviso del Boletín Oficial

PM INVERSORA S.A

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 23 de junio de 2015

Texto del aviso

PM INVERSORA S.A

Se hace saber que por asamblea general ordi-

naria y extraordinaria del 14.08.13, se resolvió

que el directorio quede integrado de la siguien-

te manera: Director titular y Presidente: Carlos

Fabián De Sousa; Directora Suplente: Liza Fa-

biana Garay; ambos con domicilio constituido

en Avenida Córdoba 657, piso 7º, Ciudad Au-

tónoma de Buenos Aires. Todos los directores

con vencimiento del mandato el 30.06.16. En la

misma asamblea se resolvió modificar el objeto

social y reformar el artículo tercero del estatuto

social, el cual queda redactado de la siguien-

te manera: “ARTICULO TERCERO: Objeto. La

Sociedad tendrá por único objeto la inversión,

consistente en tomar participaciones en otras

sociedades, mediante la compra, venta, per-

muta, canje, al contado o a plazos, de acciones,

obligaciones negociables u otra clase de títulos

o aportes de capital a sociedades constituidas

o a constituirse. El aporte de capitales, inversio-

nes, bienes y especies a particulares, empresas

constituidas o a constituirse, para negocios en

curso o a realizarse, como asimismo la compra,

venta o permuta de títulos, acciones, debentu-

res, obligaciones negociables y de toda clase

de títulos y valores, constitución y transferencia

de mutuos, con o sin hipotecas u otras ga-

rantías reales o personales, otorgamiento de

créditos y financiaciones en general. No podrá

realizar las operaciones previstas en la Ley de

Entidades Financieras, ni cualquiera otra que

requieran el concurso público y/o autorización

estatal específica. A efectos de cumplir con sus

fines, la sociedad tiene plena capacidad jurí-

dica para realizar todos los actos, contratos u

operaciones relacionadas con su objeto social.”

Autorizado según instrumento privado Acta de

Asamblea de fecha 14/08/2013.

PABLO BISOGNO

Tº: 91 Fº: 28 C.P.A.C.F.

e. 23/06/2015 Nº 112348/15 v. 23/06/2015