N° 111202/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10
SECRETARÍA N° 20
“El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo
Chomer, Secretaría Nº 20, a mi cargo, sito Callao
635 P.B., comunica por dos días en los autos:
“Lanhil S.A.I.C. c/Woolyn S.A. s/Ordinario” Expte.
Nº COM 21722/2010 que el martillero Marcelo Ja-
vier Abeal Te. 4821-4220 rematará el 6 de julio de
2015 a las 11:45 hs. en punto en la Dirección de Su-
bastas Judiciales, calle Jean Jaurès 545 Cap. Fed.
el inmueble sito en la calle Larrea 670/672, P.B.,
Unidad Funcional 1, C.A.B.A., circunscripción 11,
sección 9, parcela 25, manzana 22, matrícula 11-
1410/1; propiedad de Woolyn S.A. El inmueble es
un local comercial con ingreso independiente por
el Nº 672, se compone de 287,02 m2, con amplio
salón de ventas con vidriera a la calle, una oficina,
dos baños, ambiente cocina sin mobiliario, un pe-
queño patio y un ambiente blindado de aproxima-
damente 2,50 mts. X 2,00 mts. con puerta blindada
tipo de caudales, todo en buen estado general de
conservación y ocupado por la empresa LTT Textil
S.R.L. en carácter de inquilina. El expediente se
encuentra a disposición de los interesados para su
consulta. La venta es AD CORPUS, AL CONTADO
Y MEJOR POSTOR. BASE: $ 2.600.000, SEÑA:
30% COMISION: 3 %, ARANCEL C.S.J.N. 0,25%,
todo a cargo del comprador en dinero en efectivo
en el acto de la subasta. En caso de corresponder
el pago del I.V.A. por la presente compraventa,
deberá ser solventado por el comprador. El com-
prador deberá constituir domicilio en Cap. Fed.
bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 133
del C.P. Es condición de venta que (a): el saldo de
precio deberá ser depositado dentro del quinto
día de aprobada la subasta sin necesidad de otra
notificación ni intimación bajo apercibimiento de
lo dispuesto por el Cpr. Art. 580, (b): Que el com-
prador deberá indicar en autos dentro del tercer
día de realizado el remate el nombre del eventual
comitente con los recaudos establecidos por el
art. 571 del mismo código, (c): Por compartir los
fundamentos de la doctrina plenaria civil dictada
in re :”Servicios Eficientes S.A. c/Yabra, Roberto
J.” del 18/09/99, que en caso de que las expensas
comunes no pudieran satisfacerse con el produ-
cido de la subasta, no corresponderá excusar
al adquirente de su pago y (d) dentro de los diez
días corrientes de integrado el saldo de precio el
adquirente deberá tomar posesión, con indepen-
dencia del estado de ocupación del inmueble, en
caso de incomparecencia del adquirente quedará
fictamente entregada la posesión en la fecha
programada para la entrega. ADEUDAS: G.C.B.A.
$ 17.764,89 al 24/7/14 fs. 419/420; O.S.N. sin deu-
da al 15/7/14 fs. 434; Expensas SIN DEUDA al
25/8/14 fs. 439; Aguas Argentinas S.A.: sin deuda
al 15/07/2014 fs. 410. EXHIBICION: 2 y 3 de julio de
2015 de 10:30 a 12 hs.
Bs. As. 16 de junio de 2015.
Héctor Osvaldo Chomer, juez.
Fernanda Andrea Gómez, secretaria.
e. 26/06/2015 Nº 111202/15 v. 29/06/2015