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N° 113948/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 1

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 1 de julio de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 1

SECRETARÍA N° 1

El Juzgado de Primera Instancia en lo Comer-

cial Nº 1, Secretaría Nº 1, sito en Av. Pte. Roque

S. Peña 1211, piso 5º hace saber que allí tramita

el proceso colectivo caratulado “Consumidores

Financieros Asociación Civil para su Defensa

c/ Banco de San Juan S.A. s/Ordinario”, (Ex-

pediente Nº 56.570/08), y que por sentencia

dictada el 07/10/14 por la Sala “A” de la Excma.

Cámara de Apelaciones del Fuero, se ha con-

denado al Banco de San Juan S.A. a cesar para

el futuro en el cobro de sumas en concepto

de “comisión por sobregiro” cuando el cliente

cuentacorrentista utilice su acuerdo en des-

cubierto y se exceda de ese acuerdo pactada

con la entidad o cuando gire en descubierto

sin tener acuerdo en tal sentido, en la medida

en que esa percepción se superponga con el

cobro de intereses por ese descubierto no au-

torizado, el cual, no debe exceder como tope,

la tasa cobrada por el Banco de la Nación Ar-

gentina por descubiertos bancarios generados

por adelantos transitorios de fondos. Asimismo,

se ha condenado al Banco de San Juan S.A. a

devolver las sumas indebidamente cobradas

en concepto de “comisión por sobregiro” en

la medida en que su percepción haya sido im-

procedente, superponiéndose con el cobro de

intereses, respecto de sus cuentacorrentistas

pertenecientes a la sucursal Buenos Aires, por

la indebida percepción de esos conceptos su-

perpuestos desde el 26/11/2005 en adelante.

Ello, con más intereses calculados a la tasa ac-

tiva percibida por el Banco de la Nación Argen-

tina en sus operaciones de descuento a treinta

días, sobre las cifras que corresponda devolver

en cada caso, no capitalizable, y desde la fecha

del débito incausado hasta su efectivo pago. Se

hace saber que los clientes podrán ejercer su

reclamo ante la entidad bancaria dentro de los

120 días de efectuada esta publicación.- Los in-

teresados podrán hacer uso de su derecho de

exclusión dentro de los 30 días a través de una

carta simple dirigida al Tribunal haciendo saber

su oposición. El presente Edicto deberá publi-

carse por cinco (5) días en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 24 de Junio de 2015.

Mariano Conde, secretario.

e. 29/06/2015 Nº 113948/15 v. 03/07/2015