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N° 115419/15 Aviso del Boletín Oficial

ARBUMASA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 2 de julio de 2015

Texto del aviso

ARBUMASA S.A.

Por Asamblea Extraordinaria Unánime del

16/6/2015 se modificó el objeto social, reformán-

dose el Artículo Tercero del Estatuto, a saber:

“ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por

objeto la realización por sí, por cuenta de terceros

y/o asociada a terceros, las siguientes activida-

des: INDUSTRIALES: La extracción de produc-

tos vivos del mar, producción, transformación,

manufactura, fraccionamiento, transporte y/o

envase, investigación, desarrollo de productos,

materias primas y mercaderías, relacionadas

con la industria pesquera. COMERCIALES: La

compra, venta o permuta de las mercaderías

3. Edictos Judiciales

4. Partidos Políticos

5. Información y Cultura

industrializadas por la misma, la compra, venta

o permuta de todo tipo de productos y merca-

derías provenientes de la actividad pesquera.

Asimismo, podrá importar y/o exportar las re-

feridas mercaderías. SERVICIOS: Servicios de

apoyo para la pesca, amarre y/o desamarre de

buques de propiedad de la sociedad y/o de los

que resulte armadora; Construcción y/o repara-

ción y/o alistamiento -ya sea en puerto como en

dique- de buques de propiedad de la sociedad

y/o de los que resulte armadora. Para el desarro-

llo de las actividades Industriales, Comerciales y

Servicios, la sociedad podrá comprar y vender

barcos, locar los mismos, utilizar todo tipo de

embarcación celebrando todo tipo de contratos

para dicho uso; comprar y/o vender y/o importar

y/o exportar repuestos y/o todo tipo de bienes y/o

servicios. FINANCIERAS: Mediante préstamos,

aportes y/o inversiones de capital a particulares

o sociedades, compra y venta de títulos valores,

constitución y transferencia de derechos reales,

otorgamiento9 de créditos en general, con o sin

garantía y toda clase de operaciones financieras

permitidas por la ley, con excepción de las ope-

raciones comprendidas en la Ley de Entidades

Financieras y toda otra que requiera el concurso

público. MANDATOS: Podrá ejercer toda clase

de mandatos, consignaciones y representa-

ciones. A tales fines, la Sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, con-

traer obligaciones y realizar y/o celebrar todos

los actos jurídicos que no estén prohibidos por

las leyes o por este Estatuto” Autorizado según

instrumento privado ASAMBLEA EXTRAORDI-

NARIA de fecha 16/06/2015.

CORINA VERÓNICA LEONI

Tº: 64 Fº: 787 C.P.A.C.F.

e. 02/07/2015 Nº 115419/15 v. 02/07/2015