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N° 116007/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 3 de julio de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO FEDERAL N° 3

SECRETARÍA N° 5

El juzgado de Primera Instancia en lo Conten-

cioso Administrativo Federal número 3, a cargo

de la Dra. Claudia Rodríguez Vidal, Secreta-

ria número cinco a cargo del Dr. CARLOS M.

BARALDO TRILLO, sito en la calle Tucumán

1381, 2 do. piso de esta Ciudad, en los autos

caratulados “Fundación Sur Argentina y otros

contra Honorable Cámara de Senadores de la

Nación y otro sobre amparo ley 16986” (Expte.

nº 15.581/2015), ha ordenado la publicación de

edictos por dos días en el Boletín Oficial a fin de

comunicar la existencia del presente proceso y

la facultad de comparecer al mismo -dentro del

plazo de 10 (diez) días hábiles judiciales com-

putados a partir de la última publicación de los

edictos- de todas las personas que pudieren

considerarse afectadas, el Defensor del Pue-

blo de la Nación y las asociaciones civiles que

propendan a la protección del derecho involu-

crado. Se hace saber que la presente acción es

un proceso colectivo que involucra a la clase

conformada por las niñas, niños y adolescentes

y que se ha establecido como objeto procesal

de esta causa que: a) Se ordene al Congreso

Nacional integrar y poner en funcionamiento la

Comisión Bicameral encargada de la evaluación

de la designación del Defensor de los Derechos

de las Niñas, Niños y Adolescentes; b) Se orde-

ne al Congreso Nacional, a través de la Comi-

sión Bicameral creada a tal efecto, sustanciar el

concurso público de antecedentes y oposición

para la designación del Defensor de las Niñas,

Niños y Adolescentes; c) Se condene al Con-

greso Nacional que, sustanciado el concurso

público fijado por la Ley 26.061, se proceda a la

designación del Defensor de las Niñas, Niños y

Adolescentes de quien haya resultado ganador

o ganadora del concurso público pertinente; d)

Se declare el incumplimiento por parte del Con-

greso Nacional de su obligación de designar al

Defensor de las Niñas, Niños y Adolescentes

conforme lo establece el Capítulo III de la Ley

26.061 y se ordene una reparación colectiva en

beneficio del universo de la infancia y la adoles-

cencia acorde a la gravedad del incumplimiento

en cuestión. Los interesados pueden acceder al

texto completo de la presente resolución vía in-

ternet ingresando al Sistema de Consulta Web

del Poder Judicial de la Nación (http://scw.pjn.

gov.ar/scw/home.seam).

Buenos Aires, 30 de junio de 2015.-

Carlos M. Baraldo Trillo, secretario federal.

e. 03/07/2015 Nº 116007/15 v. 06/07/2015