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N° 116007/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES lunes, 6 de julio de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO FEDERAL N° 3

SECRETARÍA N° 5

El juzgado de Primera Instancia en lo Con-

tencioso Administrativo Federal número 3,

a cargo de la Dra. Claudia Rodríguez Vidal,

Secretaria número cinco a cargo del Dr. CAR-

LOS M. BARALDO TRILLO, sito en la calle Tu-

cumán 1381, 2 do. piso de esta Ciudad, en los

autos caratulados “Fundación Sur Argentina

y otros contra Honorable Cámara de Sena-

dores de la Nación y otro sobre amparo ley

16986” (Expte. nº 15.581/2015), ha ordenado

la publicación de edictos por dos días en el

Boletín Oficial a fin de comunicar la existencia

del presente proceso y la facultad de compa-

recer al mismo -dentro del plazo de 10 (diez)

días hábiles judiciales computados a partir de

la última publicación de los edictos- de todas

las personas que pudieren considerarse afec-

tadas, el Defensor del Pueblo de la Nación y

las asociaciones civiles que propendan a la

protección del derecho involucrado. Se hace

saber que la presente acción es un proceso

colectivo que involucra a la clase conformada

por las niñas, niños y adolescentes y que se

ha establecido como objeto procesal de esta

causa que: a) Se ordene al Congreso Nacional

integrar y poner en funcionamiento la Comi-

sión Bicameral encargada de la evaluación de

la designación del Defensor de los Derechos

de las Niñas, Niños y Adolescentes; b) Se

ordene al Congreso Nacional, a través de la

Comisión Bicameral creada a tal efecto, sus-

tanciar el concurso público de antecedentes y

oposición para la designación del Defensor de

las Niñas, Niños y Adolescentes; c) Se conde-

ne al Congreso Nacional que, sustanciado el

concurso público fijado por la Ley 26.061, se

proceda a la designación del Defensor de las

Niñas, Niños y Adolescentes de quien haya

resultado ganador o ganadora del concurso

público pertinente; d) Se declare el incum-

plimiento por parte del Congreso Nacional

de su obligación de designar al Defensor de

las Niñas, Niños y Adolescentes conforme lo

establece el Capítulo III de la Ley 26.061 y se

ordene una reparación colectiva en beneficio

del universo de la infancia y la adolescencia

acorde a la gravedad del incumplimiento en

cuestión. Los interesados pueden acceder al

texto completo de la presente resolución vía

internet ingresando al Sistema de Consulta

Web del Poder Judicial de la Nación (http://

scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam).

Buenos Aires, 30 de junio de 2015.

Carlos M. Baraldo Trillo, secretario federal.

e. 03/07/2015 Nº 116007/15 v. 06/07/2015