N° 117475/15 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL
PARANÁ - ENTRE RÍOS
EDICTO: por disposición de la Sra. Presidente,
Dra. Lilia G. Carnero; se ha ordenado comuni-
car la parte resolutiva en lo pertinente de fs.
187/190 y vta., de la causa Nº 32009937/2012
caratulada “GOUDARD, EMANUEL LEONAR-
DO Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737”,
que tramitara ante este Tribunal Oral en lo
Criminal Federal de Paraná, a los fines de la
notificación de Emanuel Leonardo GOUDARD,
DNI 33.490.916, sin apodo, argentino, nacido
el 20/12/87 en la ciudad de Concepción del
Uruguay, provincia de Entre Ríos, hijo de Ra-
món Goudard y Rosa Graciela Sánchez,; de
acuerdo al siguiente texto que se transcribe:
“////raná, 15 de abril de 2015 VISTO… CON-
SIDERANDO… RESUELVE: 1º) ESTABLECER
que las conductas que describe la requisito-
ria fiscal de elevación de la causa a juicio de
fs. 169/171 vta. están encuadradas en el art.
14, segunda parte de la Ley 23.737.- 2º) SO-
BRESEER a… Emanuel Leonardo GOUDARD,
DNI 33.490.916, sin apodo, argentino, nacido
el 20/12/87 en la ciudad de Concepción del
Uruguay, provincia de Entre Ríos, hijo de Ra-
món Goudard y Rosa Graciela Sánchez, por
la conducta que les fuera imputada, calificada
como tenencia de estupefacientes para con-
sumo personal (art. 14, segundo párrafo, de
la ley 23.737), por no encuadrar el hecho en
una figura legal (art. 336 inc. 3ª del C.P.P.N.).
3º) ACLARAR que este proceso no afecta su
buen nombre y honor (arts. 336 inc. 3º del
CPPN). 4º) IMPONER las costas de oficio (art.
531 del CPPN). 5º) DESTRUIR el remanente
de la sustancia estupefaciente recibida por el
Tribunal según constancias de fs. 186, una vez
firme la presente. REGISTRESE, publíquese,
notifíquese, líbrense los despachos del caso
y en estado, archívese. Fdo: Lilia G. Carne-
ro– Presidenta; Noemí M. Berros y Roberto
M. López Arango, Jueces de Cámara; Ante Mi
Beatriz Zuqui-Secretaria”.
Lilia G. Carnero, juez.
Beatriz Zuqui, secretaria.
e. 10/07/2015 Nº 117475/15 v. 16/07/2015