N° 117893/15 Aviso del Boletín Oficial
PARTIDO NACIONALISTA
Texto del aviso
PARTIDO NACIONALISTA
conserva su existencia legal, y por tanto su
CONSTITUCIONAL UNIR
nombre y sus bienes. Obviamente, sus autori-
dades. Y también sus afiliados, pues si el
Distrito Mendoza
partido no se ha extinguido no se han extin-
guido tampoco las afiliaciones,…”.- (el remar-
cado no es del original).- …”.- Fallo CNE El Juzgado Federal con competencia electo-
Nº 3821/2007).- Así las cosas, esta norma le- ral en el Distrito Mendoza, a cargo del Dr.
gal –artículo 53- establece en su parte perti- Walter Ricardo Bento, hace saber, en cumpli-
nente, que en caso de declararse la caduci- miento de lo establecido en el art. 63 de la
Ley 23.298 y art. 14 del Decreto 937/2010 el dad de la personería jurídico política de un
partido, podrá ser solicitada nuevamente, a contenido de la Resolución nº 47/2015, domi-
partir de la fecha de su caducidad y luego de cilio partidario y carta orgánica respectiva.
celebrada la primera elección nacional, cum- Mendoza, 03 de julio de 2015. AUTOS y VIS-
pliendo con lo dispuesto en el Título II, previa TOS: Los presentes Nº CNE 3951/2014, cara-
tulados: “PARTIDO NACIONALISTA CONSTI- intervención del procurador fiscal federal.
TUCIONAL UNIR s/ READQUISICIÓN DE LA Que al Partido Nacionalista Constitucional
“UNIR”, mediante resolución Nº 54/10 del 14 PERSONALIDAD POLÍTICA” y, CONSIDE-
de junio de 2010, se le declaró la caducidad a RANDO: I.- Que a fs. 1/21 de estos obrados
los términos del inciso c) del art. 50 de la ley se presentan los Sres. Presidente y Secreta-
23.298, esto es, por no haber alcanzado en rio General de la Junta Promotora para la
reactivación del Partido Nacionalista Consti- las elecciones de los años 2007 y 2009 el 2%
tucional “UNIR”, iniciando los trámites de re- del padrón electoral del distrito, siendo dicha
resolución confirmada por el Superior en su habilitación de personería de dicho partido en
fallo 4434/10, de fecha 18 de noviembre del este Distrito Mendoza. A tal fin acompañan
2010. Luego, en el mes de setiembre del año autorización del apoderado de orden nacio-
2014 y transcurridas las elecciones naciona- nal; actuaciones notariales de donde surge la
notificación a los fines de asistencia a la les del año 2011 y 2013, la agrupación política
Asamblea del 22 de mayo del 2014; Acta en cuestión solicita la rehabilitación de su
personería. III.- Que cumplida la primera exi- Constitutiva; Carta Orgánica y Declaración de
gencia del art. 53, es decir, realizada al me- Principios y Bases de Acción Política. A fs.
nos una elección nacional, corresponde ana- 32/33 lucen agregadas las constancias perti-
lizar si se encuentran acreditados los extre- nentes de ratificación del contenido y firma
del Acta Constitutiva y de los instrumentos mos establecidos en el Título II, artículos. 7 y
partidarios acompañados, quedando debida- ccs. de la ley 23.298. En primer lugar, entien-
do es posible estimar probado que se ha mente acreditadas con respecto a la totalidad
cumplido con lo allí dispuesto en tanto se ha de los miembros de la Junta Promotora. A fs.
presentado Acta de la Asamblea que mani- 55 se tiene presente la designación de certifi-
fiesta su voluntad de rehabilitar el partido con cadores de adhesiones y a fs. 64 luce expre-
sada la conformidad del partido de orden na- el mismo nombre (fs. 6); que se designan las
cional a la petición de rehabilitación. II.- Que autoridades promotoras (fs. 6/7); que se fija
domicilio legal y partidario (fs. 6); que se ad- en el caso de autos, se pretende la rehabilita-
junta Carta Orgánica y Declaración de Princi- ción de la personería política del “Partido
pios y Bases de Acción Política (fs. 8/20); se Nacionalista Constitucional UNIR”, de este
Distrito Mendoza, con vocación nacional, ra- designan apoderados partidarios y además
zón por la cual corresponde analizar si se se ha acreditado en debida forma la autoriza-
encuentran acreditados los extremos exigi- ción por parte del partido de orden nacional
(fs. 29/31). Cabe señalar que el texto legal dos por el art. 53 de la ley Nº 23.298. A esos
partidario como así también sus Declaracio- fines, cabe tener presente en primer lugar lo
nes y Bases, todos ratificados, no se oponen que al respecto, el Superior ha dicho: “…..4º)
Que en un afín orden de consideraciones, se a norma alguna de la ley “Orgánica de los
ha dicho en los antecedentes que se registran Partidos Políticos” en vigencia, toda vez que
en Fallos CNE 1794/94, 1815/95 y 2190/96, queda garantizado el método democrático
interno mediante el sistema de la elección de entre otros, que “[e]l reconocimiento judicial
autoridades partidarias por el voto directo y solamente importa conferir a una agrupación
secreto de los afiliados (art. 3º, inc. “b” ley política la autorización para actuar en la esfe-
ra del derecho público participando de las Nº 23.298 y sus modificatorias). En cuanto al
elecciones y para percibir del Estado el apor- requerimiento de la segunda parte del inciso
te económico que corresponda”. Se agregó a) del artículo 7 –acreditar adhesiones de un
número de electores no inferior a 4.000- a fs. que “la pérdida transitoria de esa autorización
245 surge constancia de Secretaría en la que [...] puede ser solicitada nuevamente después
de transcurrida la primera elección”, y que “el el partido registra 4.037, cumpliendo con el
partido declarado caduco [...] puede perfec- mínimo exigido. De todo lo expuesto se con-
tamente realizar todo tipo de actividades po- cluye que las exigencias del Título II en sus
líticas con la sola excepción de su participa- artículos 7 y ccs. de la ley 23.298 modificada
por ley 26.571, se encuentran cumplidas, para ción en los comicios a través de candidatos
proceder, por lo que corresponde ahora veri- propios”.- Al respecto, es propicio recordar
que el artículo 49 de la ley 23.298 distingue ficar los requisitos procedimentales de dicha
claramente entre los efectos de la caducidad normativa. IV.- En este marco se advierte que
y los de la extinción de los partidos. En el pri- se cumplió con el artículo 14, ordenándose
mer caso se produce “la cancelación de la publicar por tres días en el Boletín Oficial de
la Nación la solicitud de rehabilitar la perso- inscripción del partido en el registro y la pér-
nería política y notificar a los partidos políti- dida de la personalidad política”. La segunda
situación pone fin a “la existencia legal del cos reconocidos y en formación de este y
partido y dará lugar a su disolución” (cf. Fallos otros Distritos y a la señora Fiscal Federal con
CNE 2394/98; 2535/99; 2620/99 y 2688/99).- competencia electoral (fs. 36 y vta.).- Que,
De esto resulta que el partido sobre el que luego de la publicación edictal y acompaña-
das las adhesiones establecidas por ley, se pesa una declaración de caducidad mantiene
su existencia legal, puesto que ésta solo se fijó la audiencia prescripta por el artículo 62
pierde con la extinción. Por consiguiente sub- de la citada ley, siendo notificados los parti-
siste necesariamente como persona jurídica dos políticos reconocidos y en formación de
de derecho privado, mientras no se produzca este y otros distritos y la Sra. Fiscal Federal
la disolución de la entidad con la consecuen- con competencia electoral (fs. 248). Dicha
audiencia que se celebra con la presencia del te liquidación de sus bienes, en cuyo caso no
podría subsistir la agrupación ni como simple apoderado partidario, quien solicita que, pre-
asociación (cf. Guillermo A. Borda, “Tratado via vista fiscal se le otorgue a su representada
de Derecho Civil”, Parte General, T. I, Editorial la rehabilitación de la personería política. Que
Perrot, Buenos Aires, año 1984, pag. 652).- corrida vista de la audiencia celebrada al Mi-
…” “…El art. 53, 1er párrafo, por su parte, nisterio Fiscal, éste dictamina no tener obje-
ciones que formular a la rehabilitación solici- dispone que la “personería política” del parti-
do en estado de caducidad podrá ser solicita- tada (fs. 311). V.- Que tal como surge de lo
da nuevamente después de celebrada la pri- hasta aquí expuesto, a criterio de este Juzga-
mera elección, en tanto que el segundo párra- do, se encuentran en autos reunidos los ex-
fo, referido al partido extinguido, dice que tremos legales que autorizan la rehabilitación
éste no podrá ser “reconocido” nuevamente de la personería jurídico-política -EN FORMA
por el término de seis años. Es decir, la ley PROVISORIA- del PARTIDO NACIONALISTA
establece una diferencia entre la personali- CONSTITUCIONAL “UNIR”, no sin antes dejar
dad “jurídico- política” y la simple personali- establecido que conforme las modificaciones
dad “política”, y prevé distintas consecuen- introducidas por la ley 26.571 a la ley 23298,
cias para la pérdida de una u otra. La pérdida “Orgánica de los Partidos Políticos”, la agru-
pación tanto a los fines de la rehabilitación de de la primera se da por la “extinción”, que
pone fin a la existencia legal del partido y pro- la personería DEFINITIVA como a los fines de
duce su disolución, como ya fue dicho.- En la CONSERVACIÓN de la misma, deberán sus
caso de caducidad, en cambio, el partido autoridades partidarias cumplir acabadamen-
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Lunes 13 de julio de 2015
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.169
te con lo establecido en los nuevos artículos el orden nacional y seis (6) meses en el distri- yan incurrido en hechos de indisciplina ad que ellos puedan prestar un mejor servicio al
7bis y 7ter, de la mencionada ley.- Por estas to, exigencia que no regirá para las primeras referendum del Tribunal de Disciplina y de la bien común. Esta capacitacion será abierta a
consideraciones, normas legales citadas y de dos elecciones. Art. 9 - Los convencionales Convención. Art. 19- En cada una de las ciu- la ciudadanía en general. Se deberá crear la
conformidad con lo dictaminado por el Minis- durarán (3) años, reelegibles. Art. 10- El quo- dades de Mendoza se constituirá una Junta Escuela de capacitación y Formación Dirigen-
terio Fiscal, RESUELVO: 1º) HACER LUGAR al rum es de (8). Transcurrida una hora de la fija- local integrada por tres (3) miembros o siete te designándose a un Coordinador General
pedido efectuado y en consecuencia REHA- da para la reunion, podrá sesionar válidamen- (7), como mínimo y máximo, según la impor- para su dirección. Art. 25- El partido se extin-
BILITAR la personería jurídico-política, EN te con la presencia de seis (6) convencionales. tancia de la ciudad. Serán elegidos por lista y guirá si así lo deciden las 4/5 (cuatro quintas
FORMA PROVISORIA, como partido de este Art. 11- La Convención se reunirá ordinaria- por el voto secreto de los afiliados empadro- partes) de la Convención, pero si el 5% de los
Distrito, al denominado “PARTIDO NACIONA- mente una vez por año y extraordinariamente
afiliados decide hacerse cargo de la continui- nados en la ciudad y en su área jurisdiccional.
LISTA CONSTITUCIONAL UNIR” y dar por cuando la cite su presidente, la Junta Directi- Art. 20- El Tribunal de Disciplina estará com- dad del partido, éstos podrán asumir el go-
aprobadas Carta Orgánica, Declaración de va o lo pidan por escrito, con expresión del puesto por 3 (tres) miembros, uno como pre- bierno partidario y normalizar la actividad.
Principios y Bases de Acción Política confor- orden del día que pretenden tratar, cuatro (4) sidente, otro como secretario, y el tercero Los bienes partidarios, en caso de extinción,
me documentos que glosan a fs. 8/11 y fs. convencionales. La Convención para su reu- como vocal, elegidos por la Junta Directiva. serán destinados para una escuela de la pro-
12/20 respectivamente.- 2º) A los fines de nión ordinaria anual puede ser convocada por
vincia, que deberá determinar la Convención El Tribunal dictará su propio reglamento. Los
obtener la personería jurídico-política EN la Junta Directiva o por la propia autoridad del
en la misma resolución. Art. 26- Para la desig- integrantes serán preferentemente abogados.
FORMA DEFINITIVA, el partido deberá cum- cuerpo. Art. 12 - Son funciones de la Conven- Art. 21- La Convención dictará el Reglamento nación de candidatos a cargos electivos, mu-
plir con los siguientes requisitos, a partir de la ción: 1) Sancionar el programa partidario y Electoral y el Reglamento de funcionamiento nicipales, provinciales, nacionales o parla-
notificación de la presente: a) En el plazo de sus modificaciones y/o actualizaciones para de la Junta Directiva. En tanto no lo haga, re- mentarios del MERCOSUR, se aplicará el
150 DÍAS, acreditar la afiliación de 4.000 elec- cada eleccion y/o oportunidad. 2) Dictar la
sistema establecido por la ley 26.571. Para el girán supletoriamente el Código Electoral de
tores del Registro de este Distrito Mendoza, Carta Orgánica y sus reformas, éstas por los
caso de las elecciones nacionales o parla- la Nación y el Reglamento de la H. Cámara de
acompañando las fichas de afiliación con co- 2/3 (dos tercios) de los votos presentes. 3) Diputados de la Provincia respectivamente. mentarias del MERCOSUR la Junta Electoral
pia de los documentos cívicos de los afiliados Evaluar los informes anuales de la Junta Di- Art. 22- La presentación de listas para las se integrará, asimismo, con un representante
donde conste la identidad y el domicilio, cer- rectiva. 4) Disponer la concurrencia, absten- elecciones internas se podrá formalizar hasta de cada una de las listas oficializadas en el
tificadas por autoridad partidaria, teniendo ción o coalición para las elecciones; autorizar
proceso electoral establecido en la Ley 15 (quince) días antes de la fecha de la elec-
presente la cantidad de afiliados existentes la celebración de acuerdos de confederación;
Nº 26.571. Art. 27- Las autoridades partida- ción. Si se presentase una sola lista, la Junta
en la actualidad según el informe de fs. 317 y 5) Actuar como Tribunal de Alzada en apela-
rias deberán proveer lo necesario para que Electoral interna la proclamará electa sin ne-
b) En el plazo de 180 DÍAS, acreditar haber ción de fallos del Tribunal de Disciplina. 6) cesidad de realizar el acto comicial. La Junta los afiliados y ciudadanos independientes
realizado las elecciones internas para consti- Impartir las directivas generales para la acti- Electoral integrada por tres (3) miembros será que así lo requieran, reciban capacitación
tuir las autoridades definitivas del partido.- 4º) vidad partidaria. Art. 13- La Convención ele-
política y dirigencial, de carácter cívico y so- elegida por la Junta Directiva y durará tres
PUBLICAR la presente resolución en el Bole- girá de su seno un Presidente, dos Vicepresi-
cial, de modo que se mejoren los cuadros de años, con caducidad simultanea con el órga-
tín Oficial de la Nación por el término de un (1) dentes y un secretario. Art. 14- Durante el re-
mujeres y hombres con vocación de servicio no que la ungió. Las listas de candidatos de-
día, como así también la Carta Orgánica par- ceso de la Convención, la dirección la ejerce- berán ser auspiciadas por un número de afi- a la comunidad. Art. 28- Tanto las nóminas de
tidaria (arts. 60º y 63º in fine de la ley nº 23.298 rá la Junta Directiva Provincial con iguales liados igual al doble de los candidatos. Esos autoridades, como en las de precandidatos
y art. 14 Decreto 937/10).- 5º) COMUNICAR requisitos, duración y reelegibilidad que para
para cargos electivos, el PNC UNIR postula- avales o auspicios deberán estar certificados
con copia certificada de la presente a la Exc- la Convención. Art. 15- La componen once
rá, como mínimo, un tercio (1/3) de ciudada- por autoridad competente o por escribano.
ma. Cámara Nacional Electoral.- 6º) TÓMESE (11) miembros elegidos por la lista en distrito
nas mujeres y de jóvenes, de 18 a 35 años de Art. 23- El Tesoro del partido se compondrá
nota en el Registro correspondiente.- CÓPIE- único. De ellos uno será Presidente, dos vice-
edad, en conjunto, con arreglo a los requisi- de las donaciones y contribuciones de los
SE, NOTIFÍQUESE y OFÍCIESE.- Fecha de fir- presidentes y dos Secretarios generales, uno afiliados y no afiliados y de los aportes oficia- tos de edad que fijan la Constitución y las le-
ma: 03/07/2015 Firmado por: WALTER RI- titular y otro adjunto. El resto es decir seis (6)
yes respecto de los cargos electivos o repre- les determinados por la ley. También por el 10
CARDO BENTO, JUEZ FEDERAL. Domicilio serán vocales a cuyo cargo estarán las distin-
sentativos. En las precandidaturas a diputa- % de las remuneraciones de los afiliados
Partidario: Reconquista 1498, Godoy cruz, tas secretarías cuyo organigrama sancionará
dos nacionales regirá lo que dispone la ley electos para cargos legislativos y/o ejecuti-
Mendoza.- CARTA ORGANICA DEL PARTIDO la Junta. Uno de los vocales será Tesorero ti-
nacional en materia de cupo femenino. vos, quienes asumen automáticamente esta
NACIONALISTA CONSTITUCIONAL UNIR de tular y otro suplente, como dispone la ley obligación por ser afiliados, con carácter irre- Walter Ricardo Bento, Juez. MENDOZA: Art. 1 - EL PARTIDO NACIONA- 26.215. El voto de los afiliados será secreto. nunciable mientras dure su mandato o ges-
LISTA CONSTITUCIONAL UNIR y su sigla Art. 16- El quorum es de seis (6) incluido el
Maria Marta Palero, Prosecretaria Electoral. tión. Art. 24- La Junta Directiva deberá pro-
PNC UNIR y su lema es Unión para la Integra- presidente o alguno de los vicepresidentes o veer todo lo conducente para capacitar a los
ción y el Resurgimiento - Distrito Mendoza se secretarios. Pasada una hora de la fijada en la cuadros dirigentes y masa de afiliados para
e. 13/07/2015 Nº 117893/15 v. 13/07/2015
constituye dentro de la organización nacional convocatoria podrá adoptar decisiones váli-
del partido y se supedita a la DECLARACION das con la presencia de cinco (5) integrantes,