N° 118400/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 9
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 9
SECRETARÍA N° 17
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 9 a cargo de la Dra. PAULA MA-
RÍA HUALDE; Secretaría Nº 17, a mi cargo, con
asiento en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 4º de
Cap. Fed., comunica por cinco días en autos:
“GOAMKO S.R.L. s/QUIEBRA s/INCIDENTE
DE VENTA DE COMPLEJO ARIETA I, U.F. 96,
28, 8 y 107”, Expediente Nº 3989/2000/8, (CUIT
fallido: 30-64855963-8) que el martillero Loren-
zo Ezcurra Bustillo (CUIT Nº 20-10134077-6 y
domicilio electrónico 10101340776), rematará el
día 10 de AGOSTO de 2015, a partir de las 10:15
hs. en punto en Jean Jaures 545, Cap. Fed., LOS
SIGUIENTES INMUEBLES: EL 100% DE LAS
UNIDADES FUNCIONALES: Nros. 96, 102 y 107
sitas en la finca ubicada en calle Dr. I. ARIETA Nº
1986/88/90/92/94/96/98 esq. CNEL. RAMON L.
FALCON Nos. 2479/83/85/87/89/93 de San Justo,
Partido de La Matanza, Pcia. de Buenos Aires.
Nom. Cat: I, B, 9 – L, 1 – d – Mat. 135981, conforme
lo siguiente: 1) U.F. 96, del Piso 6º Dpto. “6”. Sup.
total 45,06 m2. Porc. 0,0085%, Part. 882492. Se
encuentra desocupada, sin objetos de terceros
y en buen estado de conservación. Posee living
comedor c/balcón, dormitorio, cocina con lavade-
ro incorporado y baño. BASE: $ 215.000.- 2) U.F.
102, en Piso 6º Dpto. 13. Sup. total 36,25 m2. Porc.
0,0074%. Part. 882498. Se encuentra desocupada
y desmantelada, posee living comedor, dormitorio,
cocina con lavadero incorporado y baño. BASE:
$ 140.000 y 3) U.F. 107, en Piso 7º Dpto. 3. Sup. to-
tal 43,95 m2. Porc. 0,0087%. Part. 882503. Se en-
cuentra desocupada y desmantelada. Posee living
comedor, dormitorio, cocina con lavadero incor-
porado y baño. BASE: $ 215.000.- CONDICIONES
DE VENTA: “ad-corpus”, al contado y mejor postor.
CON LAS BASES SEÑALADAS, Seña 30% - Co-
misión 3% más IVA 21% sobre la misma, - Arancel
0,25% Acord. 24/00. Sellado de Ley 1,2% - IVA s/
el precio de venta de corresponder, en efectivo en
el acto del remate. Queda expresamente excluida
la posibilidad de compra en comisión, intervención
de gestores de negocios, la cesión de los dere-
chos emergentes del Boleto de Compraventa y el
otorgamiento por parte del comprador, de poderes
especiales irrevocables, a favor de terceros para
la posesión, escrituración, cesión, adquisición y/o
venta del bien. Asimismo y para el caso en que
quién realice la última oferta lo haga en represen-
tación de un tercero, dispónese que deberá exhibir
el respectivo poder en ese mismo momento, bajo
apercibimiento de continuar con el acto de subasta
y –en su caso– hacerlo responsable de los even-
tuales perjuicios que pudiera haber ocasionado
su accionar. El saldo de precio deberá ingresarse
en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires –Suc.
Tribunales– y a la orden del Tribunal, en cuenta que
se abrirá al efecto, dentro del plazo de 5 días de
aprobado el remate sin necesidad de notificación
a los adquirentes, ni requerimiento previo y bajo
apercibimiento de declararlos postores remisos
(art. 584 del Cód. Proc.). La posesión se cumplirá
Segunda
Fecha Edicto
06/07/15 ELSA CLORINDA
05/12/14 MARCELO
02/07/15 LOPEZ
26/06/15 WALTER
02/07/15 CACIA DOMINGO
06/07/15 RONCHI
01/07/15 MARQUEZ
01/07/15 MARIA
24/06/15 GONZALEZ
06/07/15 HERMINIA
18/06/15 JORGELINA
01/06/15 JUANA
27/10/14 ENRIQUE
23/06/15 OSVALDO
02/07/15 ARROJO
23/06/15 LETICIA
dentro de los 10 días siguientes de acreditada la
efectivización del saldo de precio. En cuanto a la
transmisión dispónese que el eventual adquirente,
podrá proceder a efectuar la inscripción del in-
mueble a su favor, por testimonio dentro de los 30
días siguientes de acreditada la efectivización del
saldo de precio. En consecuencia, la escrituración
sólo se cumplirá de ser requerida por el adquirente
(doctr. Cód. Proc. arts. 582 y 586), por el Escribano
que el mismo proponga, en tanto venta al contado,
o por el Escribano que oportunamente determi-
nará el Tribunal para el caso que no lo designe el
adquirente, en el plazo indicado. Los gastos que la
transferencia del inmueble irrogue, cualquiera sea
la modalidad que se adopte, los mismos deberán
ser soportados exclusivamente por el adquirente.
Los bienes se enajenarán en el estado en que se
encuentran, que habiéndoselos exhibido adecua-
damente, no se admitirán reclamos de ningún tipo.
En caso de adeudarse expensas, tasas, impuestos
o contribuciones, las que correspondan al período
anterior al decreto falencial, deberán ser objeto de
petición verificatoria; los impuestos inherentes al
periodo comprendido entre la declaración de quie-
bra y las fechas de entrega de posesión, serán re-
conocidas como acreencias del concurso y serán
solventadas con la preferencia que corresponda;
y las devengadas con posterioridad a la toma de
posesión, estarán a cargo de los adquirentes. El
comprador deberá constituir domicilio en el lugar
que corresponda al asiento del Juzgado. EXHIBI-
CION: Días 3 y 4 de agosto de 2015, de 09 a 13 hs.
En Buenos Aires, a los 2 del mes de julio de
2015.
Paula Maria Hualde, juez.
Claudio Marjanovic Telebak, secretario.
e. 14/07/2015 Nº 118400/15 v. 20/07/2015