N° 121393/15 Aviso del Boletín Oficial
GRAFOS IMPRESIONES Y DISEÑOS S.A.
Texto del aviso
GRAFOS IMPRESIONES Y DISEÑOS S.A.
Inscripción I.G.J. 30/10/2001 Nº 14864
Lº 16 de S.A. Escritura Pública 47 Fº 107,
27/3/2015, Registro 1822 C.A.B.A. Transcri-
be Acta Directorio 14/4/14, Registro de Asis-
tencia y Asamblea ambos 30/4/2014, agrega
al “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene
por objeto…. E) Análisis y fiscalización de
circuitos administrativos productivos indus-
triales y transacciones, supervisión y verifi-
cación del cumplimiento de norma internas o
externas emanadas de los respectivos entes
que actúan como autoridad de aplicación
en la materia atinente a la entidad asistida.
F) Fabricación y provisión de productos
y servicios vinculados con la impresión y
producción de piezas postales, formato de
datos, limpieza y segmentación de bases
de datos, diseño y modificación a formatos
de instrumentos o piezas de correo directo,
planeamiento, organización y producción
de campañas de marketing y publicidad,
servicios de impresión en todas sus formas,
servicios de insertado manual o automático,
procesamiento de datos y comunicaciones
incluyendo su relevamiento y/o recolección,
G) Administración y capacitación de recur-
sos humanos; evaluación, estudio y emisión
de dictámenes en carácter de consultores a
solicitud de la entidad asistida en relación
a cualquiera de los temas que hagan a sus
quehaceres específicos. Estas serán realiza-
das por profesionales con título habilitante
en la materia. Para la persecución del objeto
la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para realizar todos los actos y contratos que
las leyes vigentes y este contrato autorizan.”
Modifica: “ARTICULO NOVENO: La dirección
y administración de la sociedad estará a
cargo del directorio compuesto del número
de miembros que determine la Asamblea,
entre un mínimo de uno y un máximo de
cinco, con mandato por TRES ejercicios. La
Asamblea puede elegir igual o menor núme-
ro de suplentes, por el mismo plazo a fin de
llenar las vacantes que se produjeran y se
incorporaran al directorio por el orden de
su designación. Mientras se prescinda de la
Sindicatura la elección de directores suplen-
tes será obligatoria. El directorio sesionara
con la presencia de la mayoría absoluta de
sus miembros y resuelve por mayoría de los
presentes. En garantía de sus funciones los
directores deberán dar cumplimiento a lo es-
tablecido por la Resolución IGJ 7/05 y con-
cordantes.”- Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 47 de fecha 27/03/2015 Reg.
Nº 1822 CABA.
ALICIA TELMA DOPACIO
Matrícula: 4465 C.E.C.B.A.
e. 17/07/2015 Nº 121393/15 v. 17/07/2015